La Seguridad Ciudadana como un servicio pblico que protege un derecho fundamental

 

Citizen Security as a public service that protects a fundamental right

 

A Segurana Cidad como servio pblico que protege um direito fundamental

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fausto Patricio Tapia-Rivadeneira I
fausto_tapia@yahoo.es
https://orcid.org/0000-0003-2222-6783
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: fausto_tapia@yahoo.es

 

 

 

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Revisin

 

* Recibido: 27 de marzo de 2022 *Aceptado: 17 de abril de 2022 * Publicado: 16 de mayo de 2022

 

  1. Abogado Mster en Derecho Constitucional, Mster en Gestin Estratgica y Seguridad Ciudadana, Teniente Coronel de la Polica Nacional del Ecuador, Guayas, Ecuador.

 


Resumen

La Seguridad Ciudadana representa una modalidad enmarcada en la Seguridad Humana que garantiza la proteccin de los individuos (su integridad, vida o patrimonio) contra algn tipo de amenaza (violencia o delito) que altere, en forma dolorosa, su convivencia cotidiana. La Constitucin de la Repblica del Ecuador de 2008 promulga en su artculo 163, que la Polica Nacional es una institucin estatal a cargo de atender la seguridad. La Seguridad Ciudadana se encuentra vinculada al servicio de una autoridad responsable del orden social, entre ellos estn: los Poderes Pblicos y las Fuerzas Policiales. Sin embargo, necesitan de la participacin de otros actores pblicos y privados. El Objetivo de la investigacin es analizar la Seguridad Ciudadana como Servicio Pblico. La Metodologa se apoy en un enfoque descriptivo con diseo bibliogrfico; la cual permiti puntualizar las caractersticas ms importantes del tema de estudio; a travs de la revisin documental de investigaciones previas. Resultados: La Seguridad Ciudadana se encuentra vinculada a un conjunto de acciones y operaciones ejercidas por los entes gubernamentales. Conclusiones: La seguridad Ciudadana es un derecho fundamental centrado a la proteccin de la integridad de los ciudadanos, garantizada como un servicio pblico bajo la responsabilidad del Estado y de la Polica Nacional.

Palabras claves: Autoridad; derechos sociales; orden pblico; fuerzas policiales; servicio pblico.

 

Abstract

Citizen Security represents a modality framed in Human Safety which guarantees the protection of the individuals (Their integrity, lives or patrimony) from any kind of threat (Violence or felony) which alters, in a painful way, their daily cohabitation. The Constitution of the Republic of Ecuador of 2008 promulgates in its article 163, that the National Police is an State institution in charge of attending to the security. The Citizen Security is linked to the service of a responsible authority of the social order, among them are: Public Powers and Police Forces. Nevertheless, they need the participation of other public and private actors. The aim of the investigation is to analyze the Citizen Security as a Public Service. The methodology is based on a descriptive focus with bibliographical design, which allowed to determine the most important characteristics of the subject under study, through the documentary review of previous investigations. Results: the Citizen Security is linked to a set of actions and operations performed by government entities. Conclusions: the citizen security is a fundamental right centered on the protection of the citizens, guaranteed as a Public Service under the responsibility of the State and the National Police.

Key words: Authority; social rights; public order; police forces; public service.

 

Resumo

A Segurana Cidad representa uma modalidade enquadrada na Segurana Humana que garante a proteo dos indivduos (a sua integridade, vida ou propriedade) contra algum tipo de ameaa (violncia ou crime) que altere dolorosamente a sua convivncia diria. A Constituio da Repblica do Equador de 2008 promulga em seu artigo 163, que a Polcia Nacional uma instituio estatal encarregada de atender segurana. A Segurana Cidad est vinculada ao servio de uma autoridade responsvel pela ordem social, dentre eles: os Poderes Pblicos e as Foras Policiais. No entanto, eles precisam da participao de outros atores pblicos e privados. O objetivo da pesquisa analisar a Segurana Cidad como Servio Pblico. A Metodologia baseou-se numa abordagem descritiva com desenho bibliogrfico; que permitiu apontar as caractersticas mais importantes do objeto de estudo; atravs da reviso documental de investigaes anteriores. Resultados: A Segurana Cidad est vinculada a um conjunto de aes e operaes realizadas por entidades governamentais. Concluses: A segurana cidad um direito fundamental centrado na proteo da integridade dos cidados, garantido como servio pblico da responsabilidade do Estado e da Polcia Nacional.

Palavras-chave: Autoridade; direitos sociais; ordem pblica; foras policiais; servio pblico.

 

Introduccin

Una de las preocupaciones ms relevantes de la sociedad actual, se encuentra asociada a su propia seguridad. La cual ha ido manifestando ciertas visiones evolutivas que reflejan mltiples manifestaciones de amenazas; por su puesto, dependiendo de los espacios geogrficos que incorpora, la actuacin de las instituciones, sectores y organismos comprometidos con los niveles de proteccin. En este sentido, la problemtica de violencia y delito ha alcanzado una escala alta de complejidad que afecta el bienestar de toda la ciudadana. Esto ha trado como consecuencia, algunos estudios profundos que vinculan a los acadmicos y los encargados de estructurar y efectuar las polticas pblicas.

Dentro del contexto de orden jurdico, la Seguridad Ciudadana es un derecho fundamental, regido por una serie de normas y garantas brindadas por el Estado para toda la poblacin que compone el territorio nacional. Lo que permitir a cada uno de los ciudadanos cultivar el libre ejercicio de todos sus derechos; sobre todo, disfrutar dentro de su ambiente de libertad, tranquilidad, preservacin de su integridad fsica y mental, sana convivencia y bienestar comunitario. Cabe sealar, que cuando se habla de seguridad se hace referencia a que cualquier individuo pueda tener confianza, previsin y presuncin de poder desarrollar una determinada actividad.

El significado de seguridad se ha hecho continuo, interrelacionado e incluyente de forma que pueda dar respuesta a cada realidad especfica. Este derecho fundamental y el logro de su garanta no dependen de una parte de la sociedad, sino de la inclusividad total de los ciudadanos. As como la inclusin de mecanismos, medidas y procedimientos efectivos y eficaces dentro del diseo de las polticas pblicas que permitan mejorar la calidad de vida y convivencia ciudadana. Por lo tanto, la Seguridad Ciudadana debe ser considerada como un Servicio Pblico que protege un derecho fundamental y que asume una serie de acciones garantizadas que satisfacen las carencias y necesidades de carcter general.

El motivo vinculado al accionar de la Seguridad Ciudadana subyace desde el mismo contexto social; es decir, que la Seguridad Ciudadana como Servicio Pblico es un esfuerzo en conjunto (Estado, Autoridades, Polica Nacional, Instituciones y Comunidad) que buscan dar respuestas a las problemticas de convivencia social que aqueja una comunidad. La Seguridad Ciudadana da respuesta a las situaciones donde los individuos se sientes amenazados por situaciones de violencia y delincuencia. Donde el Estado tiene la obligacin de ofrecer las garantas de proteccin en materia de los Derechos de los Ciudadanos, ya sea desde los actores estatales o no estatales. La Seguridad Ciudadana forma parte de las principales funciones del Estado, facultado para promover modelos policiales adecuados para la proteccin de los ciudadanos y la participacin social de los mismos.

Para entender a la Seguridad Ciudadana como un servicio Pblico es primordial en primer lugar responder a las siguientes interrogantes Qu es la seguridad ciudadana?, y Cul es su relacin con los derechos?

El trmino de seguridad ciudadana lo encontramos en nuestro pas por primera vez en la Constitucin de la Repblica del Ecuador del 2008 especficamente en su art. 163: La Polica Nacional es una institucin estatal [] cuya misin es atender la seguridad ciudadana y el orden pblico, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional, como se puede observar la Carta Suprema establece como funcin de la Polica Nacional, la atencin de la seguridad ciudadana. Ahora corresponde definir este trmino de suma importancia para los uniformados policiales, es as que planteamos la siguiente definicin:

La capacidad de los Estados, en asocio con el sector privado, los particulares, la academia y asociaciones comunitarias, vecinales y ciudadanas, de proveer y coproducir un marco de proteccin de la vida y el patrimonio de los individuos, que les permite a los ciudadanos convivir pacficamente, sin miedo, en aras de alcanzar una mejor calidad de vida. (Banco Interamericano de Desarrollo [BID], 2018, pg. 13).

En definitiva podemos observar que el fin primordial de la seguridad ciudadana es la proteccin de la vida de las personas, su patrimonio as como la convivencia pacfica y el orden pblico, cuya atencin corresponde a la Polica Nacional, la misma que para su consecucin no debe trabajar de forma aislada, sino que es necesario la participacin de varios actores pblicos y privados, los mismos que deben ser liderados y coordinados por la institucin uniformada, con visos de atender la seguridad ciudadana y de esta manera alcanzar una mejor calidad de vida, alejada de la delincuencia y todo lo que atente contra el orden pblico. Como se evidencia se puede colegir que la atencin de la seguridad ciudadana constituye la misin de la Polica, misma que para cumplirla debe liderar y articular con los dems entes pblicos y privados las acciones y actividades que permitan reducir los niveles de inseguridad y de esta manera generar un ambiente de paz y tranquilidad en nuestro pas.

Una vez que se ha definido que es la seguridad ciudadana, corresponde determinar si la misma es un derecho, para llegar a este anlisis compete definir lo que son los derechos: facultades o valores esenciales que tiene cada persona y que estn reconocidos por el orden jurdico nacional e internacional; el reconocimiento de un derecho significa que no hay trabas para su ejercicio, salvo las limitaciones establecidas por el ordenamiento jurdico (Salgado, 1995, pg. 16), facultades o valores que buscan una dimensin bsica que es la dignidad de las personas, la misma que se lo realiza por parte del Estado de dos formas: a) el Estado adquiere obligaciones negativas a no violentar derechos, lo que constituye la esencia misma de proteccin a las personas (Abramovich & Courtis, 2002, pg. 10); y, b) el Estado toma un rol pro-activo para que las personas puedan ejercer la mayor parte de sus derechos tanto individuales como colectivos, y en base a esto ltimo el Estado Constitucional asume acciones negativas y positivas dirigidas a la consecucin de los DERECHOS SOCIALES, (Ferrajoli, 2001, pg. 108), de las parfrasis enunciadas se puede sealar que la seguridad ciudadana es un Derecho Fundamental ya que al buscar que las personas vivan en un ambiente de seguridad con paz y tranquilidad, lo que permite a que todas las personas tengan una vida digna, lo cual como se mencion en lneas anteriores corresponde a la dimensin bsica de los derechos fundamentales.

Una vez que se ha determinado que la seguridad ciudadana es un derecho fundamental, especficamente un derecho social cuya esencia es el rol proactivo del Estado y que la Polica Nacional es la institucin que lidera y coordina su desarrollo con la participacin de actores pblicos y privados, es fundamental establecer que el ejercicio de este derecho se satisface por medio del servicio pblico de seguridad ciudadana.

 

Metodologa

El presente trabajo investigativo se encuentra desarrollado a travs de una metodologa de campo-descriptiva con diseo bibliogrfico; la cual permiti el anlisis terico sobre la Seguridad Ciudadana como un Servicio Pblico; fundamentado en el conocimiento alcanzado por otros investigadores. Facilitando; en primer lugar, definir el tema de estudio y, posteriormente, la bsqueda exhaustiva y recopilacin de la informacin pertinente. A continuacin, se realiz un anlisis sobre la Seguridad Ciudadana: su principal finalidad, su relacin con el derecho y vista como un servicio pblico.

El sistema de bsqueda se inicia desde la importancia de indagar sobre la Seguridad Ciudadana desde el propio contexto; con la finalidad de responder las preguntas del objeto a investigar. Consultndose los referentes tericos ubicados a travs de las diferentes herramientas tecnolgicas, libros, leyes, entrevista y otros documentos en lnea. Ahora bien, en la siguiente tabla se muestra, detalladamente, los procedimientos aplicados durante la metodologa desarrollada.

 

Tabla 1. Metodologa

ASPECTO

EXPLICACIN

 

Preguntas a investigar

El estudio pretende dar respuesta a las siguientes interrogantes de investigacin:

Qu es la Seguridad Ciudadana? Cul es su relacin con el derecho? Qu es el servicio pblico?

 

Estrategias de investigacin

Revisin de referencias bibliogrficas, Preservacin de datos, Preservacin digital de datos, recoleccin y registro de informacin, Informacin de repositorios.

 

Fuentes de informacin

Artculos de revista, textos, Artculos de peridico, Constitucin, Entrevista, Documentos web.

 

Motores de bsqueda

Google acadmico

 

Criterios de bsqueda

Preservacin de datos en repositorios universitarios, preservacin de los datos informativos.

 

 

Criterios de inclusin

Documentos que facilitan informacin sobre la Seguridad Ciudadana.

Documentos que facilitan informacin sobre los Servicios Pblicos.

 

 

Criterios de exclusin

Se excluyeron todos los documentos que no facilitaban informacin sobre la Seguridad Ciudadana.

Se excluyeron todos los documentos que no facilitaban informacin sobre los Servicios Pblicos.

Evaluacin del contenido de los criterios

Objetividad, vinculacin con las preguntas de la investigacin, exactitud, generalidad y cobertura.

 

Anlisis de la informacin

Se suministra un anlisis sobre la Seguridad Ciudadana como un Servicio Pblico desde las conceptualizaciones e importancia.

 

 

Resultados

Es primordial identificar a la seguridad ciudadana como un servicio pblico, para lo cual iniciaremos respondiendo a la siguiente pregunta Qu es el servicio pblico? al respecto podemos traer a colacin que no existe una definicin unvoca de Servicio Pblico (Marafuschi, 2003, pg. 263), sin embargo a fin de esclarecer el presente tema proceder a parafrasear a Lpez (2012), son las diferentes actividades realizadas y debidamente garantizadas ya sea por las instituciones, empresas pblicas que pertenecen al Estado o por los particulares siempre que a estos ltimos el Estado les haya entregado esta competencia en legal y debida forma con la finalidad de satisfacer una necesidad de carcter general, prestacin de servicio sujeta y cubierta bajo los valores, principios constitucionales y preceptos legales (pg. 64), para ampliar y mejorar el conocimiento de lo que es un servicio pblico se considera necesarios sumar a la definicin anterior el siguiente concepto: toda actividad tcnica destinada a satisfacer, de manera uniforme y continua, una necesidad de carcter general, con sujecin a un mutable rgimen jurdico exorbitante del derecho ordinario, ya por medio de la administracin pblica, bien mediante particulares facultados para ello(Fernndez, 2010, pg. 14), De los enunciados anteriores conviene distinguir los siguientes elementos esenciales del servicio pblico:

a)                Actividades tcnicas realizadas por el Estado y/o de los particulares.

b)               Satisfacer necesidades de carcter general de manera uniforme y continua.

c)                Cumplimiento del ordenamiento constitucional y legal.

Para una mejor comprensin es menester la explicacin de cada uno de los elementos mencionados anteriormente:

a)               Actividades tcnicas realizadas por el Estado y/o de los particulares.- para alcanzar un alto nivel de calidad en el servicio pblico entregado a la comunidad, obligatoriamente los servidores pblicos que prestan sus capacidades intelectuales y su fuerza de trabajo deben cumplir estndares de especializacin y capacitacin necesarios para brindar un servicio de excelencia a esto se suma que las instituciones o empresas que brindan el servicio pblico deben estar constantemente en procesos de actualizacin y mejoramiento de sus procesos a fin de garantizar el nivel requerido en la entrega de sus productos o servicios para la comunidad(Fernndez, 2010, pg. 19).

Una vez que se ha analizado del por qu debe ser una actividad tcnica el servicio pblico compete distinguir el quin otorga el servicio pblico e iniciaremos diciendo que la Carta Madre establece dos formas de prestaciones de los servicios pblicos un claro ejemplo tenemos: La educacin como servicio pblico se prestar a travs de instituciones pblicas, fiscomisionales y particulares (Constitucin de la Repblica del Ecuador [CRE], 2008, art. 345), a estas formas de prestaciones en base a doctrina las nominaremos servicios pblicos propios; (Montalvo, 2018, pg. 412), debiendo recalcar que tambin existen los servicios pblico impropios o virtuales; ahora corresponde diferenciarlos para lo cual iniciaremos manifestando que servicios pblicos propios son aquella en donde el estado se reserva la titularidad de su ejecucin ya sea por medio de delegacin o a travs de la habilitacin a particulares recurriendo a diferentes figuras jurdicas entre la ms utilizada est la concesin (Ordoez, 2012, pg. 7), empero corresponde sealar que existen servicio pblicos que por mandato Constitucional no corresponde por ningn motivo la figura de concesin y uno de estos es la proteccin interna de nuestro pas como parte esencial de la seguridad ciudadana, as lo establece la Carta Suprema: La proteccin interna y el mantenimiento del orden pblico son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Polica Nacional (CRE, 2008, art. 158), lo que significa que el Monopolio del uso de la fuerza (MF) como herramienta para la proteccin interna de nuestro pas y que constituye parte esencial de la seguridad ciudadana le corresponde a la Polica Nacional por mandato constitucional y se legitima como potestad nica del Estado, debido a las siguientes razones:

1)                    El MF es aceptado socialmente al momento de formacin del Estado [] 2) El MF es aceptado socialmente porque, en el Estado fundado, reprime otras formas de violencia [] 3) El MF es aceptado socialmente porque estimula la obediencia al Derecho y fortalece la cohesin del sistema jurdico-poltico del Estado (Rojas, 2018, pg. 62).

De lo enunciado supra se colige que existen razones de constitucionalidad y de legitimidad que abalizan y respaldas que el monopolio de la fuerza sea potestad exclusiva del estado como forma de garantizar la seguridad ciudadana.

Al tratar de los servicios pblicos impropios la doctrina nos indica que su concepcin no se refiere especialmente a quien lo presta sino en base al destinatario que lo recibe, es decir el estado no entrega el servicio sino el privado que tiene la capacidad para entregarlo siempre bajo la regulacin y el control del estado as como debe satisfacer una necesidad general o individual derivada de la vida en sociedad (Montalvo, 2018, pg. 412), un claro ejemplo tenemos el servicio del taxismo formal.

Como corolario de los dos enunciados tenemos que la seguridad ciudadana es un servicio pblico entregado de manera tcnica por parte de las y los servidores policiales formados y capacitados para entregar este servicio de calidad a la comunidad como potestad exclusiva del Estado a travs de la Polica Nacional y de esta manera satisfacer el derecho que tienen las personas a la seguridad ciudadana.

b)              Satisfacer necesidades de carcter general de manera uniforme y continua. - ahora bien es necesario determinar la importancia de que los servicios pblicos sean uniformes y continuos, para alcanzar este objetivo imaginemos por un momento al servicio pblico de seguridad ciudadana y de salud paralizado por una hora simplemente qu podra pasar en el pas? Pues bien la respuesta es ms que obvia en el caso de la seguridad ciudadana existira graves alteraciones del orden pblico, incremento de la victimizacin y por ende la percepcin de inseguridad, lo ocurrido el 30 de septiembre de 2010 en la ciudad de Guayaquil es un claro ejemplo as como lo menciona el recorte de prensa del peridico virtual El Comercio donde se expresa que en esta fecha al paralizarse el servicio de seguridad ciudadana ocasiono graves alteraciones del orden pblico que desemboco en saqueos, asaltos y robos (Rendn, 2015); en el caso de la salud las consecuencias seran que el estado de salud de los pacientes empeore o llegue a niveles crticos hasta se podra presumir que la paralizacin del servicio de salud acarreara la prdida de vidas humanas, estos ejemplos trados a colacin nos permiten evidenciar la imperiosa necesidad de la continuidad de los servicios pblicos, es menester sealar los diferentes efectos que atrae a las instituciones y a los servidores pblicos la suspensin de los servicios pblicos que para el presente anlisis ser el servicio propio, pudiendo sealar que en referencia a las instituciones conlleva una responsabilidad objetiva y extracontractual del estado, en relacin a este apartado tenemos en doctrina jurdica:

Responsabilidad Objetiva.- Es aquella que asume el Estado sobre los actos u omisiones de sus agentes que hubiesen ocasionado un dao o perjuicio ilegtimo a los particulares; y, para establecer esta clase de responsabilidad no se requiere probar el dolo o culpa del funcionario pblico, es suficiente con la demostracin de la existencia del dao y el vnculo de causalidad entre el perjuicio ocasionado y la accin del Estado; y, esto tiene su razn de ser, porque la persona afectada se encuentra en una situacin de desventaja frente al poder pblico(Palacios, 2014).

De lo que nos dice Palacios se puede colegir que al momento de haber un mal servicio pblico y con mucha ms razn al existir la suspensin del servicio de manera injustificada y esto ocasiona un dao al administrado la Institucin es responsable de dicha paralizacin y como consecuencia debe asumir y reparar los daos ocasionados ya sea a travs de indemnizaciones, reparaciones, etc. Esto como parte de su responsabilidad objetiva y extracontractual, todo esto sin menoscabo de que el Estado ejerza el derecho a la repeticin (Cdigo Orgnico Administrativo [COA], 2017 art. 333).

Con relacin a la uniformidad en la entrega del servicio no se ahondar en el presente trabajo en virtud que la Constitucin de nuestro pas establece:

Todas las personas son iguales y gozarn de los mismos derechos, deberes y oportunidades. [] Nadie podr ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de gnero, identidad []. El Estado adoptar medidas de accin afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situacin de desigualdad (CRE, 2008, art. 11).

Este artculo distingue que el otorgamiento del servicio pblico a fin de garantizar un derecho por ningn motivo debe entregarse de manera discriminatoria por razones sociales, econmicas entre otras, es decir a una parte de la poblacin con un nivel de calidad y a otra parte mayor o mejor calidad, sino que la prestacin del mismo debe ser uniforme e igualitaria a nivel formal y material para todas y todos los ciudadanos del pas.

Al tratar de la seguridad ciudadana la Institucin uniformada debe garantizar que este servicio sea continuo y uniforme, ya que su paralizacin como se vio en lneas anteriores produce consecuencias graves para la sociedad, a la vez debe ser uniforme para todos los miembros que conforman la sociedad.

c)           Cumplimiento del ordenamiento constitucional y legal.- Todas y todos los servicios pblicos propios o impropios obligatoriamente deben cumplir con los principios constitucionales y legales como: Eficacia, eficiencia, calidad, calidez, legalidad, jerarqua entre otros, para lo cual los servidores pblicos se encuentran en la obligacin de cumplir los preceptos constitucionales y legales, en este apartado en el tema que nos atae al tratarse de la seguridad ciudadana tomado como un servicio pblico todas las actividades administrativas que se realicen institucionalmente estn cobijadas por el Derecho Constitucional, Administrativo y en varios de los casos las operaciones policiales estn encuadradas en las disposiciones del Derecho Penal.

           Derecho Constitucional y Seguridad Ciudadana.- El modelo de Estado, reconocido en el Ecuador a partir del ao 2008, es el Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Al respecto es importante revelar las caractersticas ms representativas que forman parte del modelo de Estado del pas. En primer lugar, he debido sealar lo que manifiesta el Dr. Pablo Alarcn (2009), entorno al nuevo paradigma constitucional ecuatoriano: Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia. As, el Ecuador ha adoptado la frmula del paradigma del Estado Constitucional, que involucra entre otras cosas, el sometimiento de toda autoridad, funcin, ley, o acto a la Constitucin (pg. 638). Lo que expresa el doctrinario ecuatoriano es la obligacin de que todos las personas, funcionarios e instituciones deben cumplir lo que establece la Carta Madre ya que la misma es Material, orgnica y procedimental (vila, 2008, pg. 22) Parafraseando las caractersticas enunciadas por el maestro vila, la Constitucin es orgnica, por establecer la estructura y la conformacin de todo el aparataje institucional, que forma el Estado; es procedimental, por establecer los caminos sistmicos que conduce a la conformacin de las dems normas que se derivan de la Constitucin, de igual manera las autoridades, rganos e instituciones que tienen la competencia y potestad para su creacin; y, por ltimo, material, ya que la Constitucin est conformada de principios que constituyen normas que deben ser cumplidas en la mayor medida posible, para la proteccin de los derechos constitucionales como fin primordial del Estado (Tapia, 2014, pg. 17), para concluir y aterrizar con el tema que nos atae el servicio pblico de seguridad ciudadana esta cobijado por la Constitucin as lo establece su art. 163, el mismo que como ya se menciono es potestad exclusiva de la Polica Nacional la misma que adecundonos a los postulados constitucionales especficamente a su carcter material tiene como fin el ejercicio del derecho a la seguridad ciudadana a travs de la entrega de un servicio pblico eficiente, efectivo, de calidad y con calidez de seguridad ciudadana.

      Derecho Administrativo y la Seguridad Ciudadana.- Una vez que se analiz como el gran paraguas de la Constitucin dispone que proteccin interna es potestad de la Polica Nacional y que la Institucin uniformada para cumplir con su misin debe atender el carcter material de la Carta Madre que las personas ejerzan su derecho a la seguridad ciudadana que presta el estado a la ciudadana a travs del servicio pblico otorgado por la Polica Nacional, la institucin est en la obligacin de cumplir a ms de los preceptos constitucionales las disposiciones legales para lo cual al ser una institucin pblica que entrega un servicio pblico debe obligatoriamente adentrarse en el campo del Derecho Administrativo dentro de su manejo administrativo interno.

Para una mayor comprensin compete ahora identificar cual es la esencia del Derecho Administrativo: la regulacin de manera normativa que permitir la defensa de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la administracin pblica, incluyendo la proteccin activa de tales derechos por parte de ella misma, como la racionalizacin del ejercicio del poder pblico en beneficio de la colectividad(Morales, 2020), en definitiva el telos del Derecho administrativo es la proteccin del administrado frente a la administracin y de esta manera equilibrar las relaciones de poder, aterrizando a la institucin policial el Derecho Administrativo permite que las actividades de la administracin que en este caso es la Polica Nacional en relacin a los administrados que es el pblico en general o tambin los propios servidores policiales se realicen bajo los parmetros dictados por el sistema jurdico como es: Cdigo Orgnico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Pblico, Cdigo Orgnico Administrativo, Ley Orgnica del Servicio Pblico, Ley Orgnica del Servicio Nacional de Contratacin Pblica, entre otras, as como tambin las dems normas infra legales que son parte de nuestro ordenamiento legal.

Para finalizar, se puede determinar que la seguridad ciudadana al estar contenido dentro de los elementos esenciales del servicio pblico como: actividades tcnicas, uniformes, continuas y en cumplimiento del ordenamiento constitucional y legal, permite que se alcance el ejercicio del derecho de las personas a vivir en un ambiente de seguridad ciudadana, como parte de su vida digna potestad que como se menciono es propia de la Polica Nacional del Ecuador al entregar el servicio pblico de seguridad ciudadana.

Una vez establecida la informacin recopilada mediante la revisin bibliogrfica y estadstica descriptiva, se desarroll el anlisis e interpretacin de los resultados. Identificndose los siguientes aspectos sobre la importancia del estudio de la Seguridad Ciudadana como Servicio Pblico:

La Constitucin de la Repblica del Ecuador de 2008 mediante la promulgacin del Art. 163, no solo establece el derecho a la Seguridad Ciudadana, sino que asegura las acciones necesarias para atender la Seguridad Ciudadana y el orden pblico utilizando la participacin activa de la Polica Nacional como instrumento institucional del Estado. Determinando, en lneas generales, que esta se encuentra vinculada a un conjunto de operaciones ejercidas e integradas por los entes gubernamentales; que deben ir de la mano con los ciudadanos, entre otras instituciones de bien pblico. Cuyo objetivo se centra en establecer, mantener y prolongar el estilo de convivencia pacfica y segura en los contextos pblicos.

Los asuntos de Seguridad Ciudadana, se encuentran frente al reto de tener que superar las mltiples amenazas del sistema; sin embargo, el Estado ha generado esfuerzos operativos, administrativos y tcticos necesarios para contrarrestar todos los peligros que pueden afectar la Seguridad Ciudadana y la sana convivencia de los habitantes; bajo el direccionamiento de los cuerpos policiales. En este sentido, el Estado se ha visto obligado, a travs de las Polticas Pblicas, implementar y fortalecer los programas y planes de los departamentos policiales (Comisin Interamericana de Derechos Humanos, 2015). Lo que ha permitido que la actuacin de la Polica Nacional se haya visto optimizada mediante su actuacin activa frente las nuevas tendencias de control del orden ciudadano.

Cabe sealar, una vez ms, que estos esfuerzos deben estar articulados con la participacin coordinada de las autoridades locales, policiales y la comunidad. Es necesario generar una cultura de Seguridad Ciudadana, donde no solo se puedan identificar los problemas, sino dar soluciones viales que permitan minimizar las amenazas, peligros y riesgos generados por la violencia y delincuencia. A todas estas, la Polica Nacional sigue manifestando su actuacin protagnica durante el desarrollo de los programas elaborados con miras al mejoramiento de la Seguridad Ciudadana como Servicio Pblico; que a su vez genera credibilidad y confianza institucional.

La Seguridad Ciudadana como Servicio Pblico constituye un derecho fundamental para hacer frente a los ndices de violencia y delincuencia que afectan el bienestar de la comunidad. Permite restablecer el orden, la legitimidad y legalidad en las que los individuos puedan sentir un umbral mnimo de confiada convivencia social. El rol de la Polica Nacional se desenvuelve mediante el ejercicio de sus funciones con lealtad, imparcialidad y objetividad hacia los intereses y necesidades de Seguridad Ciudadana y orden general.

 

Conclusiones

1.    El concepto de Seguridad Ciudadana est dirigido a la proteccin de la vida, la convivencia pacfica de las personas en aras de alcanzar una mejor calidad de vida en la sociedad.

2.    La proteccin de las personas y la convivencia pacfica son parte de la dimensin de la dignidad de las personas, la misma que para su cumplimiento est ligada al ejercicio del derecho a la seguridad ciudadana que tiene los individuos.

3.    La seguridad ciudadana al convertirse en un derecho que permite a las personas tener una vida digna, debe ser entregada por parte del Estado a travs del servicio pblico de seguridad ciudadana.

4.    El servicio pblico de seguridad ciudadana por mandato constitucional constituye la misin de la Polica Nacional la misma que para alcanzarla debe liderar y coordinar con actores pblicos y privados as como cumplir con los elementos que constituyen un verdadero servicio pblico propio de calidad como son: a) actividades tcnicas realizadas por el Estado y/o de los particulares, b) satisfacer necesidades de carcter general de manera uniforme y continua, y c) cumplimiento del ordenamiento constitucional y legal.

5.    La prestacin del servicio pblico de seguridad ciudadana, por parte de la Polica Nacional de manera ptima permite que las personas puedan ejercer su derecho a la Seguridad ciudadana, de vivir en un ambiente de orden y tranquilidad como parte esencial de la vida digna que se merecen todas las personas del Ecuador.

6.    El rol de la Polica Nacional debe desarrollarse mediante el ejercicio de sus funciones con lealtad, imparcialidad y objetividad hacia los intereses y necesidades de Seguridad Ciudadana y orden general.

 

Referencias

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