La participacin de adolescentes infractores en delitos de delincuencia organizada de la ciudad de Guayaquil y las sanciones aplicadas conforme a la legislacin Ecuatoriana
The participation of adolescent offenders in organized crime crimes in the city of Guayaquil and the sanctions applied in accordance with Ecuadorian legislation
A participao de adolescentes infratores nos crimes do crime organizado na cidade de Guayaquil e as sanes aplicadas de acordo com a legislao equatoriana
Correspondencia: wppandio80@est.ucacue.edu.ec
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 03 de febrero de 2024 *Aceptado: 19 de marzo de 2024 * Publicado: 30 de abril de 2024
I. Universidad Catlica de Cuenca, Ecuador.
II. Universidad Catlica de Cuenca, Ecuador.
III. Universidad Catlica de Cuenca, Ecuador.
Resumen
Palabras claves: factores socio-jurdicos; adolescentes; delitos; delincuencia organizada.
Abstract
The objective of this work is to analyze the different social and legal factors that drive adolescents to commit crimes, specifically in organized crime crimes committed in the city of Guayaquil - Ecuador. Taking into consideration that the word crime comes from the act of committing a crime, of committing an act that is typified and sanctioned in the Comprehensive Organic Penal Code - hereinafter COIP - The participation of adolescents in crimes represents for the State and the administration of justice a complex challenge in terms of the prevention and rehabilitation of offenders, also considering that adolescents are considered a group of priority attention according to what is determined by the Constitution and international treaties. It is essential to mention that the Constitutional Court of Ecuador issued its ruling No. 9-17-CN/19, on July 9, 2019 and reiterates the existence of a specialized administration system of justice, which was created for the trial of adolescents who have committed infractions. Therefore, the need has finally been seen to propose a reform to article 385 of the Code of Children and Adolescents, regarding the socio-educational measures determined therein.
Keywords: socio-legal factors; teenagers; crimes; organized crime.
Resumo
O objetivo deste trabalho analisar os diferentes fatores sociais e jurdicos que levam os adolescentes a cometer crimes, especificamente nos crimes do crime organizado cometidos na cidade de Guayaquil - Equador. Levando em considerao que a palavra crime provm do ato de cometer um crime, de cometer um ato tipificado e sancionado no Cdigo Penal Orgnico Integral - doravante COIP - A participao de adolescentes em crimes representa para o Estado e para a administrao da justia um desafio complexo em termos de preveno e reabilitao de infratores, considerando tambm que os adolescentes so considerados um grupo de ateno prioritria conforme determina a Constituio e os tratados internacionais. fundamental mencionar que o Tribunal Constitucional do Equador emitiu sua deciso n 9-17-CN/19, em 9 de julho de 2019, e reitera a existncia de um sistema especializado de administrao de justia, que foi criado para o julgamento de adolescentes que cometeram infraes. Portanto, viu-se finalmente a necessidade de propor uma reforma ao artigo 385 do Cdigo da Criana e do Adolescente, no que diz respeito s medidas socioeducativas nele determinadas.
Palavras-chave: fatores scio-jurdicos; adolescentes; crimes; crime organizado.
Introduccin
Dentro del presente trabajo se han analizado diversos puntos respecto del delito de delincuencia organizada cometida por los adolescentes en la ciudad de Guayaquil. Debiendo mencionar que, actualmente el Ecuador se encuentra pasando por una crisis muy compleja de violencia y delincuencia, aspectos que han ido aumentando con el pasar del tiempo, trayendo como consecuencia una grave inseguridad a nivel de todo el pas.
En el Ecuador, se reportan diariamente el cometimiento de delitos efectuados por organizaciones criminales o asociaciones ilcitas; delito que se encuentra tipificado y sancionado por el COIP y que adems son cometidos tanto por delincuentes nacionales como extranjeros, siendo necesaria la intervencin del Estado para la erradicacin de esta problemtica muy lgida en nuestro pas. De tal forma que resulta an ms preocupante que la participacin y cometimiento de estos delitos son realizados por adolescentes o jvenes; segn el Cdigo de la Niez y Adolescencia refiere en su artculo 4 lo siguiente:
Art. 4.- Definicin de nio, nia y adolescente. - Nio o nia es la persona que no ha cumplido doce aos de edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho aos de edad.(Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 2).
En el presente trabajo investigativo se ha analizado y desarrollado varios aspectos como la delincuencia, palabra que proviene del acto de delinquir, de cometer un hecho que se encuentra tipificado y sancionado en el COIP. As como tambin, la determinacin de a quienes se les considera adolescentes infractores, siendo estas aquellas personas que no han cumplido la mayora de edad y que han cometido un acto reprochable penalmente y que por ende debe ser sancionado por la ley respectiva. Teniendo en consideracin su situacin jurdica ante la ley, ya que legalmente son considerados como inimputables. Es as que la Corte Constitucional del Ecuador (2019) en su Sentencia No. 9-17-CN/19. Caso No. 9-17-CN, del 9 de julio del ao 2019, en la cual reitera la existencia de un sistema que administra justicia especializada para el juzgamiento de adolescentes infractores.
Adems, se ha analizado las medidas socioeducativas, en la cual en muchos de los casos y conforme a lo investigado resultan ineficientes en la prctica, ya que no cumplen con su verdadera finalidad, como lo es en el caso de los adolescentes infractores el proteger su desarrollo, asegurar su educacin, unificacin familiar y su reinsercin a la sociedad, trayendo consigo numerosas consecuencias sociales; de tal forma que, al finalizar la presente investigacin se propone una posible reforma al artculo 385 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, en estricto apego a lo determinado en la Constitucin, tratados internacionales y conforme al principio del inters superior de los nios, nias y adolescentes.
Metodologa
El presente trabajo investigativo ha sido desarrollado con apego a la siguiente metodologa: el mtodo analtico, segn el autor Gutirrez Ral refiere que:
En el mtodo analtico se distingue las partes de un todo y procede a la revisin ordenada de cada uno de los elementos por separado. (Gutirrez Snchez, 1990, pg. 133).
Se ha podido aplicar el mencionado mtodo, respecto de que, el tema planteado en la presente investigacin ha sido analizado desde un todo general para poder desmembrar y analizar las distintas partes e interpretarlas, con la finalidad de obtener una comprensin ms amplia y completa.
Entre otro de los mtodos utilizados, se encuentra el sinttico. Al respecto, la autora Esther Maya refiere que:
Es el que analiza y sintetiza la informacin recopilada, lo que permite ir estructurando las ideas.(Maya, 2014, pg. 13).
Este mtodo ha permitido analizar la informacin que ha sido obtenida y recopilada de las fuentes bibliogrficas, para mantener una estructura del presente trabajo investigativo.
Otro de los mtodos utilizados se encuentra el mtodo deductivo, mismo que el autor Canaan refiere que:
El mtodo deductivo es un mtodo que parte de lo general para centrarse en lo especfico mediante el razonamiento lgico y las hiptesis que puedan sustentar conclusiones finales. Este proceso parte de los anlisis antes planteados, leyes y principios validados y comprobados para ser aplicados a casos particulares. (Canaan, 2018, pg. 4).
Adems, se ha aplicado un enfoque cualitativo puesto que este trata de analizar hechos y significados de los actos humanos, (Guamn et al., 2021, p. 165). Este enfoque ha permitido analizar la informacin obtenida de las fuentes bibliogrficas. As como tambin una investigacin documental, misma que comprende:
En un proceso basado en la bsqueda, recuperacin, anlisis, crtica e interpretacin de datos secundarios, es decir, los obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas, audiovisuales o electrnicas. (Arias, 2016, p. 27).
Desarrollo:
1. Factores socio-jurdicos que conllevan a que los adolescentes cometan delitos de delincuencia organizada en la ciudad de Guayaquil
Adolescentes infractores
Por adolescente se entiende por aquel que ha entrado en la edad de la adolescencia y comprende la edad posterior a la de la niez, empieza desde los primeros inicios de la pubertad hasta la edad adulta; experimentan cambios fsicos propios de la pubertad. La Organizacin Mundial de la Salud ha sealado que la adolescencia inicia a los 10 aos de edad y finaliza a los 19. Lo cual, dicha definicin aportada, ha sido razn de que otros autores refieran sus opiniones contrarias.
Resulta fundamental analizar el rango etario que engloba la etapa de la adolescencia, debido a que, en el presente trabajo investigativo se toma como punto de partida la etapa o edad de los adolescentes respecto de la aplicacin de sanciones en los casos que hayan cometido un acto penalmente reprochable, segn lo que determina la ley. El Cdigo de la Niez y Adolescencia en el artculo 4 determina que:
Se entiende por adolescente a la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho aos de edad.(Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 1).
Segn lo que se ha analizado en lneas anteriores, se entiende que la adolescencia, desde el punto de vista jurdico, refiere que son aquellas personas que han cumplido 12 aos de edad y que an no alcanzan los 18 aos. Aquella apreciacin antes indicada, resulta fundamental y el punto de partida para el desarrollo del presente trabajo.
El trmino delincuencia proviene del acto de delinquir, de cometer un acto que se encuentra tipificado y sancionado en el COIP. De tal forma que, los autores Anisah Zainab y Haniza Rais han sealado que:
La delincuencia es un ajuste socialmente inadecuado por parte del individuo a situaciones difciles. La delincuencia juvenil es el resultado de contextos complejos ante los cuales el adolescente decide cometer actos categorizados por la ley como delitos. (Zainab y Rais, 2023).
Teniendo presente que para ser considerado un adolescente infractor debe cumplir con lo que determina el autor Vivanco, respecto de que:
Un adolescente infractor es aquel que producido el delito tuvieran una edad que supere el menor rango de aos, pero que, a su vez, tuviere una edad que sea menor a la mayora de edad. (Vivanco, 2023, p. 3).
Se entiende por adolescentes infractores a aquellas personas que no han cumplido la mayora de edad y que han cometido un acto o delito reprochable penalmente y que por ende debe ser sancionado por la ley respectiva. Aquello tambin es mencionado por el autor Banchn, quien refiere que:
nicamente puede ser considerado como adolescente infractor, aquella persona que (cumpliendo el rango de edad determinado), siendo hombre o mujer, ha cometido una accin tpica descrita taxativamente en el Cdigo Orgnico Integral Penal (Banchn, 2022, p. 13).
En este sentido, se ha determinado claramente la importancia de la delimitacin del rango de edad de la etapa de adolescencia dentro del marco legal, debido a que, en razn de lo antes explicado se podr identificar a un individuo como un adolescente infractor o no. Es necesario mencionar que los delitos cometidos por adolescentes, pueden ser delitos cometidos tambin por cualquier adulto, siendo la diferencia respecto a la imputabilidad de la persona. Es as que el Cdigo de la Niez y Adolescencia en su artculo 305 refiere que:
Sobre la Inimputabilidad de los adolescentes. - Los adolescentes son penalmente inimputables y, por tanto, no sern juzgados por jueces penales ordinarios ni se les aplicarn las sanciones previstas en las leyes penales. (Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 78).
Esto quiere decir que, los adolescentes que cometan un acto delictivo, no sern imputados y sern denominados como adolescentes infractores. Es as que la Corte Constitucional del Ecuador (2019) en su Sentencia No. 9-17-CN/19. Caso No. 9-17-CN del 9 de julio del ao 2019, reitera sobre la existencia de un sistema que administra justicia especializada, que ha sido creada para el juzgamiento de adolescentes infractores. De tal forma que, aquellos adolescentes que cometan delitos, debern someterse a los procedimientos judiciales especializados.
Siendo importante mencionar y recalcar que aquellos considerados como adolescentes infractores debern ser considerados como sujetos de derechos, as tambin, se deber tener presente que al haber cometido un delito est sometido al cumplimiento de medidas socio educativas segn lo que determina la respectiva ley vigente en el Ecuador.
Segn el Sistema Nacional de Atencin Integral del Ecuador, se presentan las siguientes estadsticas respecto de los adolescentes infractores, en todo el Ecuador, desde el mes de enero hasta el mes de octubre del ao 2023:
Fuente: Elaboracin propia a partir de datos aportados por el Sistema Nacional de Atencin Integral. (SNAI, 2023).
Dentro del grfico que antecede y conforme a los datos aportados por este organismo tcnico SNAI, se ha informado a la ciudadana que, de lo que va el ao 2023 en todo el pas, hasta el mes de octubre se impuso a 99 adolescentes infractores medidas no privativas de libertad; en tanto que, 286 adolescentes infractores se encuentran cumpliendo distintas medidas socioeducativas privativas de libertad en los distintos centros del Ecuador, dando un total de 386 adolescentes infractores, siendo este un promedio anual del ao 2023.
De la misma forma, se analiza los siguientes datos aportados por el mismo organismo tcnico, en el cual indica que:
Fuente: Elaboracin propia a partir de datos aportados por el Sistema Nacional de Atencin Integral. (SNAI, 2023).
La presente tabla indica que en lo que va del mes de octubre del 2023, se encuentran cumpliendo una sancin privativa de libertad dentro del Centro de Adolescentes Infractores de Guayaquil: 108 personas, siendo 7 mujeres y el resto varones, por el cometimiento de distintos actos delictivos que se encuentran sancionados en el COIP.
Factores Socio-Jurdicos
Como se ha mencionado a lo largo de la presente investigacin, los actos delictivos juveniles se los puede definir como cualquier conducta ilegal cometida por los jvenes, siendo un comportamiento preocupante para la sociedad, debido a que en el futuro provocar ciertas consecuencias negativas, teniendo en consideracin que, aquellas acciones pueden poner al adolescente frente a la accin de la justicia.
Los adolescentes que mantienen una participacin activa en hechos delictivos, se encuentran involucrados en un grupo diverso de personas, con distintos antecedentes que tambin tienen una amplia participacin en otros delitos. Segn el autor Jess Morant, ha establecido un tipo de jerarqua sobre los tipos de delitos cometidos por adolescentes, encontrndose los siguientes:
Delitos contra la persona: se incluyen los asaltos, agresin y se aplica a la conducta criminal, tanto de adultos como de jvenes. Delitos contra la propiedad: todo tipo de robos, tambin se aplican tanto a adultos como a jvenes. (Morant Vidal, 2003, pgs. 7-9).
Segn los distintos estudios que se han desarrollado sobre la delincuencia cometida por adolescentes, refieren que existen varias causas y factores de riesgo que conducen a los jvenes a cometer delitos, estos pueden ser de carcter social, psicolgico, familiar; entre otros. Un factor de riesgo es considerado por la autora Patricia Herrera como:
Una variable que puede afectar negativamente al desarrollo de las personas. (Herrera Santi, 1999, pgs. 39-42).
As tambin el autor Andreas Hein, define a los factores de riesgo como:
Cuando se refiere a factores de riesgo, se habla de la existencia de situaciones contextuales o personales que, aumentan la probabilidad de desarrollar situaciones emocionales problemticas, de conducta o de salud.(Hein, 2000, pg. 4).
Estos factores hacen que el desarrollo de los jvenes no se realice con normalidad, ya que estos influyen en el correcto comportamiento de los mismos, debido a que, en nuestro pas, en los ltimos aos, ha sido evidente el aumento de la criminalidad que es provocada por adolescentes en actos delictivos considerados graves, siendo uno de estos la delincuencia organizada, convirtindose en un problema que afecta a la sociedad y al Estado.
As la autora Cristina Caldern Crdenas, refiere lo siguiente:
El crecimiento permanente y la participacin de adolescentes vienen de diversas fuentes o factores, falta de acceso a servicios bsicos como educacin pblica gratuita y de calidad; acceso a servicios de salud y en general oportunidades de desarrollo humano. (Caldern Crdenas, 2023, pg. 12).
Segn lo mencionado, se puede agregar que, las infracciones que son cometidas por este grupo de personas, adolescentes, se producen por distintos factores que se relacionan entre s, siendo distintas a las mencionadas por los autores antes citados. Destacando la condicin leve y muy garantista de las leyes y normativas que los amparan; esto en razn de que, los adolescentes infractores se encuentran enmarcados dentro de los considerados penalmente inimputables, en razn de su edad y al ser considerados por la Constitucin como un grupo de atencin prioritaria, as tambin, en apego estricto al principio de inters superior del nio y adolescente. Es decir, la normativa y sanciones establecida en el COIP, no es aplicable en los hechos delictivos cometidos por los adolescentes, sino en estos casos es aplicado la ley especial, siendo esta el Cdigo de la Niez y Adolescencia, misma que refiere y garantiza una supuesta rehabilitacin de los adolescentes infractores, mismas que son nombradas como medidas socioeducativas.
2. Delitos que con mayor frecuencia cometen los adolescentes segn el COIP - CNA y sus respectivas sanciones
Como se ha indicado en lneas anteriores, delito significa cometer un acto reprochable penalmente, es decir un acto que se encuentra tipificado y sancionado por la ley; en el presente caso, nos referimos a delitos que son cometidos con mayor frecuencia en el Ecuador por los adolescentes. Actualmente, los adolescentes son utilizados, amenazados y chantajeados por las grandes bandas criminales que operan en nuestro pas, con la finalidad de que comentan delitos. La idea principal de mandar a los adolescentes a cometer delitos se basa en que aquellos legalmente son inimputables. Dentro de esta determinacin, es necesario realizar la siguiente aclaracin y apreciacin sobre la imputabilidad y la inimputabilidad a la cual nos referimos. Segn el autor Jaime Gaviria Trespalacios refiere que la imputabilidad es:
En la teora jurdica general, la imputabilidad es la sntesis de las condiciones psquicas mnimas y necesarias, dada la causalidad -el encadenamiento entre el agente y su acto- que hacen que el delito tenga un autor punible. Imputar (de imputare) es atribuir a otro una culpa, delito o accin. (Gaviria Trespalacios, 2005, pg. 8).
El autor Bernardo Gaitn refiere sobre la inimputabilidad que:
El inimputable acta sin culpabilidad. La inimputabilidad no es incapacidad de accin o incapacidad del injusto, o incapacidad de pena, sino incapacidad de culpabilidad. (Gaitn Mahecha, 1982, pg. 518).
As tambin, es necesario mencionar a la doctrina, por lo que el autor Mezger refiere sobre la imputabilidad y la inimputabilidad lo siguiente:
Es imputable el que posee al tiempo de la accin las propiedades personales exigibles para la imputacin a ttulo de imputabilidad. El inimputable acta sin culpabilidad. La inimputabilidad no es incapacidad de accin o incapacidad del injusto o incapacidad de pena, sino incapacidad de culpabilidad.(Mezger, 1958, pgs. 37-40).
En base a lo indicado en lneas anteriores, se ha obtenido datos de la fuente informativa virtual Primicias, donde que se dice:
La participacin creciente en el ao 2023 de menores de edad en delitos como sicariato, robo, secuestro y extorsin enciende las alarmas de las autoridades de Ecuador. Estos nmeros hablan sobre el reclutamiento de nios, nias y adolescentes por parte de bandas y grupos del crimen organizado. (Primicias, 2023).
Aquello informa a la ciudadana que, en el ao 2023 la delincuencia cometida por adolescentes ha incrementado y que por lo general los delitos que mayormente son cometidos por este grupo de personas, son el sicariato, el robo y el secuestro, actos penalmente reprochables. As tambin la INTERPOL refiere en su pgina web lo siguiente:
Por regla general, las redes delictivas organizadas estn implicadas en muchos tipos de actividades delictivas extendidas en varios pases. Estas actividades pueden incluir trata de personas, trfico de drogas, mercancas ilcitas y armas, robo a mano armada, falsificaciones y blanqueo de capitales.(Interpol, 2023).
Es decir, que los delitos que han sido mencionados en lneas anteriores tales como el sicariato, robo, trfico de drogas entre otros, mismos que se incluyen dentro de la delincuencia organizada, entendiendo a esta ltima como un grupo de ms de dos personas, que mantienen una estructura y que se organizan para la comisin de hechos delictivos, son los delitos que con mayor frecuencia son cometidos por los adolescentes.
Anlisis del delito de delincuencia organizada segn el COIP
La delincuencia organizada se la puede definir en trminos generales como actos delictivos ocasionados por un grupo de personas que causan graves daos a la sociedad, formndose una estructura delictiva que incita a sus miembros a cometer hechos o actos delictivos.
Como un antecedente necesario de mencionar, la ONU en el ao 2000 aprob la llamada (Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000), mismo que tiene como finalidad el promover la colaboracin conjunta para advertir y combatir las organizaciones delictivas a nivel internacional; dentro del artculo 2 establece la definicin de grupos delictivos.
a) Por "grupo delictivo organizado" se entender un grupo estructurado de tres o ms personas que exista durante cierto tiempo y que acte concertadamente con el propsito de cometer uno o ms delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convencin con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio econmico u otro beneficio de orden material. (Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000).
Conviene indicar que el artculo 369 del COIP, ofrece una definicin legal de delincuencia organizada en el cual refiere lo siguiente:
La persona que mediante acuerdo o concertacin forme un grupo estructurado de dos o ms personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o direccin o planifiquen las actividades de una organizacin delictiva, con el propsito de cometer uno o ms delitos sancionados con pena privativa de libertad de ms de cinco aos, que tenga como objetivo final la obtencin de beneficios econmicos u otros de orden material, ser sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez aos. Los dems colaboradores sern sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete aos.(Cdigo Orgnico Integral Penal, 2014, pg. 117).
De aquella definicin proporcionada por la normativa antes citada, se pueden desprender ciertos aspectos fundamentales y elementos bsicos que integran a esta figura delictiva; siendo los siguientes: 1. El acto de formar parte o conformar una organizacin criminal. 2. El nmero de actores, siendo de dos o ms. 3. Su finalidad es cometer un hecho delictivo.
Segn el autor Jorge Buompadre, refiere sobre la asociacin ilcita lo siguiente:
La materialidad del delito consiste en tomar parte (ser miembro o constituir) una asociacin destinada a cometer delitos. (Buompadre, 2020, pg. 507).
Resulta necesario analizar tanto los elementos objetivos como subjetivos del tipo penal antes detallado, siendo los elementos objetivos los siguientes: Sujeto activo: persona que comete un acto penalmente punible, quien es responsable y su conducta reprochable. Sujeto pasivo: la persona a quien su bien jurdico ha sido perjudicado o lesionado. Nexo causal: Es decir que, la accin de financiar, ejercer el mando, planificar actos dentro de la organizacin delictiva tengan el propsito de cometer un hecho delictivo.
Como elementos subjetivos del tipo penal se encuentra: el dolo, siendo esta la intencin de causar dao. La autora Merly Morn Giler refiere sobre el dolo que:
Es la comisin intencionada de un delito con conocimiento de las posibles consecuencias. En la normativa penal lo describe (La persona que mediante acuerdo o concertacin forme un grupo estructurado. (Morn Giler, 2023, pg. 5).
Se considera oportuno mencionar cuales son los delitos que se encuentran dentro de la categora de delitos de delincuencia organizada estos son los siguientes: trfico ilcito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, trata de personas, extorsin, secuestro, robo agravado.
Ineficiencia de las medidas socioeducativas en adolescentes infractores
Las medidas socioeducativas mantienen ciertos antecedentes histricos en nuestro pas, mismos que resultan fundamental analizar a continuacin; en el ao 2003 el Congreso aprob la promulgacin del Cdigo de la Niez y Adolescencia, en el cual se establecieron algunas medidas socioeducativas, las cuales se encontraban establecidas en el Cdigo Penal de aquella poca; es as que, tras varias exigencias y la lucha constante por el respeto de los derechos de los nios, nias y adolescentes en distintos tratados internacionales, estas medidas se encontraran establecidas en las leyes de cada pas bajo la suscripcin de la Declaracin de los Derechos del Nio y del cual el Ecuador forma parte y ha sido acogida por la Constitucin.
Segn el Cdigo de la Niez y Adolescencia, las medidas socioeducativas tienen una finalidad, mismas que se encuentran establecidas en el artculo 371, en el cual refiere que:
Art. 371.- Finalidad de las medidas socioeducativas. - Las medidas socioeducativas tienen como finalidad la proteccin y el desarrollo de los adolescentes infractores, garantizar su educacin, integracin familiar e inclusin constructiva a la sociedad, as como promover el ejercicio de los dems derechos de la persona de conformidad con la Constitucin, instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador y este Libro.(Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 99).
Como bien se menciona y establece la normativa legal, las medidas socioeducativas deben cumplir con una finalidad, misma que va en procura de garantizar la proteccin de los derechos de los adolescentes infractores.
Dentro del COIP y el Cdigo de la Niez y Adolescencia existieron reformas legales, que indican y establecen las medidas socioeducativas para los adolescentes infractores, mismos que estn sujetos a una legislacin y administracin especializada, sin embargo, sus derechos debern ser respetados.
Segn el Cdigo de la Niez y Adolescencia, en el artculo 372 establece que existen dos tipos o clases de medidas socioeducativas, mismas que se diferencian en: medidas no privativas de libertad y privativas de libertad. Son 5 las medidas socioeducativas no privativas de libertad y estas son:
Art. 378.- Medidas socioeducativas no privativas de libertad son: 1. Amonestacin. 2. Reglas de conducta. 3. Orientacin y apoyo psico socio familiar. 4. Servicio comunitario. 5. Libertad asistida. (Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 100).
En tanto que en el artculo 379 se encuentran establecidas las medidas privativas de libertad para los adolescentes infractores, siendo las siguientes:
Art: 379. - 1. Internamiento domiciliario. 2. Internamiento de fin de semana. 3. Internamiento con rgimen semiabierto. 4. Internamiento Institucional.(Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pgs. 100-101).
Estas medidas socioeducativas, tanto las privativas de libertad como las no privativas de libertad, se encuentran sujetas a una forma y aplicacin de las mismas, esto conforme a lo que determinan los artculos 384 y 385 del mismo cdigo en mencin; la aplicacin de las medidas va a depender de la gravedad del delito cometido y de las penas impuestas en el COIP para cada uno de sus delitos respectivamente.
En otras circunstancias y conforme pasa el tiempo, en nuestro pas en general, se ha podido observar la ineficiencia de las medidas socioeducativas impuestas para los adolescentes infractores, esto como consecuencia de su caracterstica y condicin leve y muy garantista de las leyes vigentes en nuestro pas, lo cual ha provocado el aumento en la reincidencia de este grupo de personas, por lo que no se cumple con la reeducacin, rehabilitacin y recuperacin de los adolescentes infractores, siendo estos los fines que el Estado quiere conseguir a travs de la ley.
As tambin, en una noticia emitida por el medio informativo virtual Expreso, en fecha 16 de febrero de 2023, informa sobre la detencin de dos menores de edad involucrados en un asesinato de un sargento de polica suscitado en el ao 2022, mismos que por la gravedad del delito y por su edad, se les aplicara hasta ocho aos de internamiento en su hogar. Es decir, en el supuesto de los casos que, las personas involucradas en dicho asesinato sean menores de 12 aos, no se les podr aplicar ninguna de las medidas socioeducativas impuestas en la respectiva ley; debido a que, la ley les ampara y as tambin, se encuentran presentes pactos internacionales que deben ser acogidos y respetados por la ley ecuatoriana; sin embargo, aquello genera una preocupacin social ante la no posibilidad de imponer alguna medida a aquellos menores.
3. Sugerencia de reforma del Artculo 385 del Cdigo de la Niez y Adolescencia
En los ltimos aos, Ecuador afronta un considerable aumento de delincuencia, hechos delictivos de distinta ndole como la delincuencia organizada, cometidos diariamente tanto por jvenes y adolescentes, siendo Guayaquil una de las ciudades actualmente catalogada como la ms violenta del pas segn las estadsticas proporcionadas por el organismo tcnico SNAI; Guayaquil mantiene el ms alto ndice de adolescentes infractores a comparacin de las otras ciudades y provincias. Por lo que, la delincuencia organizada es considerada uno de los actos delictivos ms lgidos de nuestra sociedad.
Segn como lo determina el Cdigo de la Niez y la Constitucin, los adolescentes infractores reciben como sancin por el cometimiento de hechos delictivos las llamadas medidas socioeducativas, diferencindose las privativas de libertad de las no privativas de libertad; sin embargo, resulta importante mencionar que segn las estadsticas del SNAI, Guayaquil es la ciudad que ocupa un ndice muy alto de jvenes delincuentes en todo el pas, aquello demuestra y evidencia que existen distintos factores que promueven e incitan a los jvenes o adolescentes a cometer y formar parte de organizaciones delictivas, factores que han sido analizados en lneas anteriores; se ha evidenciado adems que, as como en el sistema penitenciario no existe una verdadera rehabilitacin de las personas privadas de libertad, en el caso de los adolescentes infractores tampoco existe dicha rehabilitacin y peor an la reinsercin a la sociedad, por lo que aquello permite que los jvenes y adolescentes sigan cometiendo hechos delictivos.
Razn por la cual en el presente trabajo investigativo se sugiere reformar el artculo 385 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, numeral 2 y 3, respecto del cometimiento del delito de delincuencia organizada, segn lo que sanciona el COIP. Sugiriendo que debera quedar de la siguiente manera:
Art. 385.- Aplicacin de las medidas socioeducativas en delitos sancionados en el Cdigo Orgnico Integral Penal. - Las medidas socioeducativas aplicables a los delitos sancionados en el Cdigo Orgnico Integral Penal son:
1. Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad de ms de un mes hasta cinco aos, se aplicar la medida de amonestacin y una o ms de las siguientes medidas:
a) Imposicin de reglas de conducta de uno a seis meses.
b) Orientacin y apoyo psico socio familiar de tres a seis meses.
c) Servicios a la comunidad de uno a seis meses.
d) Libertad asistida de tres meses a un ao.
e) Internamiento domiciliario de tres meses a un ao.
f) Internamiento de fin de semana de uno a seis meses.
g) Internamiento con rgimen semiabierto de tres meses a un ao.
2. Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a cinco aos y hasta diez aos, se aplicar la medida de amonestacin y una de las siguientes medidas:
a) Internamiento domiciliario de un ao, a un ao seis meses.
b) Internamiento de fin de semana de un ao, a un ao seis meses.
c) Internamiento con rgimen semiabierto de un ao a tres aos.
d) Internamiento institucional de uno a seis aos.
3. Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a diez aos, se aplicar la medida de amonestacin e internamiento institucional de seis aos a nueve aos.
Adicionalmente y seis meses antes de concluir esta medida socioeducativa se realizar una evaluacin integral que determinar la necesidad de seguimiento y control de hasta dos aos posteriores al cumplimiento de la medida.
Para los casos de delitos contra la integridad sexual y reproductiva, el juzgador especializado en adolescentes infractores impondr adems la obligacin de que el adolescente asista a programas de educacin sexual, dentro del tratamiento de las medidas socioeducativas.
La finalidad de esta reforma es lograr el fin de las medidas socioeducativas basadas en un sistema legal eficiente, en conjunto con la aplicacin de estrategias formativas en los centros de adolescentes infractores para cumplir con la finalidad de las medidas socioeducativas como lo determina el artculo 371 de la norma en mencin, en el cual establece que:
Art. 371.- Finalidad de las medidas socioeducativas.- Las medidas socioeducativas tienen como finalidad la proteccin y el desarrollo de los adolescentes infractores, garantizar su educacin, integracin familiar e inclusin constructiva a la sociedad, as como promover el ejercicio de los dems derechos de la persona de conformidad con la Constitucin, instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador y este Libro.(Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2003, pg. 99).
Para cumplir con aquellas finalidades que establece la norma se considera necesario y fundamental adoptar medidas de prevencin de la delincuencia cometida por adolescentes para evitar el cometimiento de delitos en toda la sociedad, promover actividades socialmente productivas para los adolescentes infractores, esto les permitir cambiar sus criterios ante los hechos delictivos, procurar un eficaz desarrollo de los adolescentes para prevenir el cometimiento de actos reprochables, garantizar un verdadero desempeo del adolescente a travs de su participacin activa en la sociedad, la planificacin y creacin de programas de prevencin en procura del bienestar de los adolescentes desde su etapa de infancia, implementar polticas progresivas que permitan prevenir la delincuencia organizada en el pas que contengan medidas socioeducativas eficientes en apego estricto del principio del inters superior de la niez y adolescencia.
Conclusiones
Dentro del presente trabajo se han analizado distintos aspectos relacionados con el delito de delincuencia organizada cometido por adolescentes, delito que se encuentra determinado en el artculo 369 del COIP. En el cual se ha desarrollado en primera instancia lo referente a los adolescentes infractores, teniendo en consideracin que, conforme lo que indica el Cdigo de la Niez y Adolescencia, adolescente es aquella persona que tiene la edad entre los doce y dieciocho aos. En tanto que, por adolescente infractor se entiende que es aquella persona, que mantiene el rango de edad antes indicado, pero que ha cometido un acto penalmente reprochable. Sin embargo, por su situacin jurdica ante la ley, estos son considerados como inimputables, esto quiere decir segn la norma en mencin que, de acuerdo al tipo penal cometido ser sometido a una aplicacin normativa especial cuya sancin se vera analizada y sometida dentro del Cdigo de la Niez y Adolescencia.
Dentro de las estadsticas proporcionadas por el organismo tcnico SNAI en lo que va del ao 2023, Guayaquil es la ciudad con mayor ndice de crmenes cometidos, delitos que van desde un robo hasta un homicidio, sin embargo, aquellas estadsticas tambin demuestran que aquellos delitos son perpetrados por adolescentes, convirtindose Guayaquil en la ciudad con ms casos de adolescentes infractores en todo el pas.
Los actos delictivos juveniles se los puede definir como cualquier conducta ilegal cometida por los jvenes; siendo un comportamiento preocupante para la sociedad, debido a que esto puede en el futuro provocar ciertas consecuencias negativas y poner al adolescente frente a la accin de la justicia. Segn los distintos estudios que se han desarrollado sobre la delincuencia cometida por adolescentes, refieren que existen varias causas y factores de riesgo que conducen a los jvenes a cometer delitos, estos pueden ser de carcter social, psicolgico, familiar; entre otros. Estos factores hacen que el desarrollo de los jvenes no se realice con normalidad e influyen en el correcto comportamiento de los mismos, debido a que, en nuestro pas, en los ltimos aos, se ha evidenciado el aumento de la criminalidad que es cometido por adolescentes, siendo uno de estos la delincuencia organizada, convirtindose en un problema que afecta a la sociedad y al Estado.
Es as que, en el ao 2003 se promulg el Cdigo de la Niez y Adolescencia, cdigo que mantiene una finalidad segn lo que determina el artculo 1 y establece que, adems al estar regulado por una norma especial que brinda proteccin por parte del Estado cuyo fin es garantizar a todos los nios, nias y adolescentes para lograr un desarrollo ntegro para su goce pleno de derechos contando con un objetivo de dignidad y equidad.
Dentro de la misma normativa se encuentran establecidas las responsabilidades que deben cumplir los adolescentes infractores, por lo que en el artculo 371 de la misma norma en mencin se establecen las finalidades de las medidas socioeducativas; que estas son el garantizar la proteccin de los derechos de los adolescentes infractores, as como tambin su educacin, el restablecimiento a la sociedad y la integracin con su familia. Sin embargo, se ha analizado en el respectivo captulo sobre la ineficiencia de estas medidas, esto como consecuencia de su condicin leve y muy garantista de las leyes y normativa vigente en nuestro pas, lo cual ha provocado el aumento en la reincidencia de este grupo de personas en el cometimiento de hechos delictivos, por lo que no se cumple con la reeducacin, rehabilitacin y recuperacin de los adolescentes infractores, siendo estos los fines que el Estado quiere conseguir a travs de la ley.
Se finaliza con la propuesta de reforma del artculo 385 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, sin embargo, como es motivo de nuestro anlisis, se ha podido expresar la opinin personal de los autores del presente trabajo investigativo, en el cual la propuesta a la reforma va encaminada no a la imposicin de una sancin ms grave; sino ms bien a la procura de la eficacia y eficiencia de las llamadas medidas socioeducativas, respecto de su utilizacin e implementacin de mejores formas y medidas socioeducativas, en conjunto con la aplicacin de estrategias formativas en los centros de adolescentes infractores para cumplir con su finalidad.
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2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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