Factores del desplazamiento arbitrario y asistencia humanitaria a los extranjeros en movilidad humana en Ecuador

 

Factors of arbitrary displacement and humanitarian assistance to foreigners in human mobility in Ecuador

 

Fatores de deslocao arbitrrios e assistncia humanitria a estrangeiros na mobilidade humana no Equador

 

 

Landibar Jovanny Ramrez-Caldern I
jovannyramirez@uce.edu.ec 
https://orcid.org/0009-0004-2516-8720
Segundo Walter Parra-Molina II
segundoparra@funcionjudicial.ec  
https://orcid.org/0009-0003-2854-1220
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: jovannyramirez@uce.edu.ec

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 03 de junio de 2024 *Aceptado: 03 de julio de 2024 * Publicado: 15 de agosto de 2024

 

        I.            Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.

      II.            Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.


Resumen

En el manuscrito se realiza un estudio sobre la migracin forzada hacia el Ecuador, la cual segn los resultados de la investigacin se da bsicamente por conflictos internos, crisis humanitarias, violacin masiva de derechos o bsqueda de mejores condiciones de vida. Los principales orgenes de los desplazados hacia el Ecuador son Colombia y Venezuela, siendo los primeros los que ms se han beneficiado de esa institucin por tener una frontera comn y la existencia de conflictos armados internos en las zonas fronterizas. La unidad de anlisis se ubica en la Repblica del Ecuador, los investigadores asumen un enfoque mixto; se aplican los mtodos, inductivo, analtico jurdico y descriptivo jurdico, por los objetivos y la complejidad del estudio es una investigacin de tipo pura, dogmtica, documental, jurdica descriptiva; de diseo no experimental; la poblacin involucrada est constituida por funcionarios del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR Ecuador y del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH. Se concluye sealando que, en el Ecuador los extranjeros en movilidad humana constitucional y legalmente tienen garantizados sus derechos bsicos, sin embargo, las polticas y programas para garantizar la asistencia humanitaria y su inclusin, no son significativamente efectivas, por lo que se debe trabajar en diferentes aspectos que se mencionan en la discusin de los resultados.

Palabras clave: Migracin; Desplazados; Refugio; Asistencia humanitaria; Movilidad humana.

 

Abstract

The manuscript studies forced migration to Ecuador, which according to the results of the research is basically due to internal conflicts, humanitarian crises, massive violation of rights or search for better living conditions. The main origins of the displaced to Ecuador are Colombia and Venezuela, the former being those who have benefited the most from this institution due to having a common border and the existence of internal armed conflicts in the border areas. The analysis unit is located in the Republic of Ecuador, the researchers assume a mixed approach; the methods applied are inductive, legal analytical and legal descriptive, due to the objectives and complexity of the study, it is a pure, dogmatic, documentary, legal descriptive type of research; of non-experimental design; the population involved is made up of officials from the United Nations High Commissioner for Refugees ACNUR - Ecuador and the Ministry of Foreign Affairs and Human Mobility MREMH. It is concluded by pointing out that, in Ecuador, foreigners in human mobility have their basic rights constitutionally and legally guaranteed; however, the policies and programs to guarantee humanitarian assistance and their inclusion are not significantly effective, so work must be done on different aspects that are mentioned in the discussion of the results.

Keywords: Migration; Displaced persons; Refuge; Humanitarian assistance; Human mobility.

 

Resumo

No manuscrito realizado um estudo sobre a migrao forada para o Equador, que segundo os resultados da investigao se deve basicamente a conflitos internos, crises humanitrias, violao massiva de direitos ou procura de melhores condies de vida. As principais origens dos deslocados para o Equador so a Colmbia e a Venezuela, sendo as primeiras as que mais tm beneficiado desta instituio por terem uma fronteira comum e pela existncia de conflitos armados internos nas zonas fronteirias. A unidade de anlise est localizada na Repblica do Equador, os investigadores assumem uma abordagem mista; Aplicam-se os mtodos indutivo, jurdico analtico e jurdico descritivo, devido aos objetivos e complexidade do estudo trata-se de uma pesquisa do tipo jurdico puro, dogmtico, documental, descritivo; desenho no experimental; A populao envolvida constituda por funcionrios do Alto Comissariado das Naes Unidas para os Refugiados, ACNUR Equador e do Ministrio dos Negcios Estrangeiros e Mobilidade Humana MREMH. Conclui salientando que, no Equador, os estrangeiros em mobilidade humana tm constitucional e legalmente garantidos os seus direitos bsicos, no entanto, as polticas e programas para garantir a assistncia humanitria e a sua incluso no so significativamente eficazes, pelo que necessrio trabalhar em diferentes aspetos que so mencionados na discusso dos resultados.

Palavras-chave: Migrao; Deslocado; Abrigo; Assistncia humanitria; Mobilidade humana.

 

Introduccin

En su artculo 416, la Constitucin Ecuatoriana de 2008, reconoce como principios la ciudadana universal y la libre movilidad humana. Estos derechos son aplicables a todas las personas independientemente de su nacionalidad, buscando as, eliminar de manera progresiva la condicin de extranjero en el Ecuador. Aunque no se trata de principios recogidos en el captulo referido a la movilidad humana, sino a la relacin entre Estados; al respecto Rodrguez y Navarro (2013) sealan que evidentemente esos principios tienen un impacto en lo referente a las polticas migratorias, especialmente, en materia de proteccin a las personas desplazadas por conflictos armados, crisis econmicas o humanitarias, violaciones masivas de derechos humanos, entre otras.

La situacin poltica de nuestros pases vecinos, tales como el conflicto histrico de Colombia y, ms recientemente, la crisis migratoria venezolana, tienen como resultado una dispora de proporciones considerables, donde un nmero significativo de personas que huyen de estas problemticas, buscan en nuestro pas proteccin internacional y asistencia humanitaria, bien para establecerse o para continuar hacia otros pases. Indistintamente de las causas, la mayora de migrantes buscan obtener la condicin de refugiados en nuestro pas, condicin que ha beneficiado en mayor proporcin a colombianos que a venezolanos. De aqu la necesidad que estas disposiciones constitucionales sean entendidas y aplicadas.

En el marco de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos y la legislacin vigente en el Ecuador, el Estado tiene la obligacin de dar proteccin internacional y asistencia humanitaria a los desplazados, estableciendo los mecanismos legales e institucionales para garantizar el goce efectivo de sus derechos. De aqu la importancia de la Ley Orgnica de Movilidad Humana como herramienta para regularizar la condicin migratoria en los casos que lo amerite, cumpliendo con los compromisos internacionales para evitar el retorno a su pas de origen cuando la vida o la integridad de los solicitantes corra peligro.

 

Migracin forzada hacia Ecuador

El conflicto interno que sufre desde hace dcadas nuestro hermano pas del norte, ha forzado a miles de colombianos a desplazarse a nuestro territorio en busca de mejores oportunidades. Armijos et al.,(2022) seala que en los ltimos aos, esta migracin forzada tiene como protagonistas tambin a personas provenientes de pases como Cuba, Hait y fundamentalmente Venezuela. Si bien se pueden contar por miles las personas que buscan asilo, hay otros tantos que utilizan al Ecuador como pas de trnsito hacia Estados Unidos, Chile o Uruguay, con la idea firme de mejorar su calidad de vida. Aunque la principal causa que mueve a los migrantes es la situacin econmica, existen casos en los que huyen de la trata de personas, persecucin poltica o conflictos armados.

Para este tipo de personas que huyen de sus pases por causas no econmicas o de manera involuntaria, existen las figuras de asilo y refugio, ambas previstas en la Constitucin ecuatoriana de 2008, en su artculo 41. Aqu se establecen los principios que rigen ambas instituciones, como son: la proteccin especial que garantice el ejercicio efectivo de sus derechos, el principio de no devolucin; asistencia humanitaria y jurdica de emergencia. Esas personas, que evidentemente ingresan al pas de manera irregular, no sern objeto de sancin administrativa o penal como efecto del ingreso o permanencia irregular en el pas.

Segn la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR, 2023), en el mbito de la proteccin internacional, una de las caractersticas que distinguen al Ecuador es precisamente ser uno de los pases con mayor cantidad de refugiados; (es el tercer pas en recepcin de refugiados segn datos del ACNUR). El conflicto armado colombiano desplaza hacia sus zonas fronterizas gran cantidad de personas que buscan en el pas proteccin o sencillamente se asientan sin una condicin migratoria regular; para el ao 2023 exista un total de 74.872 extranjeros con la condicin de refugiados en Ecuador, de ellos el 95% de origen colombiano.

Ante ese hecho la legislacin vigente establece un procedimiento especfico para solicitar y obtener la condicin de refugiado, el cual es explicado ms adelante; es preciso determinar algunas peculiaridades de la migracin forzada y sus causas, que son bsicamente los conflictos armados, las crisis humanitarias, la violacin masiva de derechos humanos o la bsqueda de mejores condiciones de vida por temor fundado a permanecer en el pas de origen. En el caso de la migracin venezolana de los ltimos aos se mencionan como causas el hambre y desnutricin; crisis y ceguera poltica; violencia; y prdida del valor del dinero y de los ingresos(Aliaga, 2021, p. 68).

Desde un punto de vista general, en Amrica del Sur, son dos las causas especficas para la migracin: la bsqueda de mejores condiciones de vida (lo que configura bsicamente la migracin econmica voluntaria) y la huida de las crisis peridicas que tienen lugar en los pases de la regin (lo que configura la migracin involuntaria o forzada). Esta migracin involuntaria, si bien tiene como finalidad mejorar las condiciones de vida, su causa determinante es la crisis poltica, econmica o humanitaria de la que huyen, pues de otra manera esas personas se habran quedado en su lugar de origen, dada la complejidad de desplazarse de un lugar a otro desconocido y comenzar desde cero.

En el caso de la migracin forzada de ciudadanos colombianos hacia Ecuador hay que tener en cuenta tres factores importantes segn Puerta (2022): en primer lugar la frontera comn con poblaciones significativas en ambos lados; en segundo lugar, la existencia de asentamientos humanos a lo largo de la lnea de frontera, en alternancia con amplias zonas despobladas que son utilizadas por grupos delincuenciales y guerrilleros para sus actividades irregulares, que cuando actan cerca de las zonas pobladas causan el desplazamiento hacia el otro lado de la frontera; y en tercer lugar, la situacin de mayor estabilidad poltica y econmica de Ecuador respecto a las zonas fronterizas de Colombia.

Segn Rivera (2007), las circunstancias descritas han impuesto una dinmica peculiar a los movimientos de colombianos hacia Ecuador, lo que ha dado lugar a diferentes tipos de migracin. La migracin que se origina en los intercambios culturales y comerciales entre los distintos grupos indgenas que habitan la amazonia de ambos pases, as como tambin, los grupos afrodescendientes del departamento de Nario y la provincia de Esmeraldas. La migracin en la zona interandina-mestizo, particularmente poblacin del departamento de Nario que tiene viejas relaciones comerciales y de parentesco con ecuatorianos de las provincias del Carchi e Imbabura. A esa migracin se le suma las estadas temporales de colombianos en la zona andina ecuatoriana, intensificadas despus de la dolarizacin a finales de la dcada de los 90. Otro de los patrones de migracin son los colombianos que residen en Ecuador y quienes cumplen los requisitos legales para permanecer en el territorio.

Segn Carrin (2013), este ltimo tipo de migracin se hizo mayor cuando las solicitudes de refugio aumentaron en el ao 2000 al 2001 de 475 a 3.017. Para esta fecha la poblacin colombiana que ingresaba al pas se concentraba en la zona norte, principalmente en las provincias del Carchi, Sucumbos y Esmeraldas. Por otra parte, cabe sealar que desde el ao 2000 el fenmeno del refugio se hace importante en Ecuador, pues coincide con el recrudecimiento del conflicto armado a partir de las tensiones y posterior levantamiento del proceso de paz adelantado por el entonces gobierno del presidente Andrs Pastrana y la guerrilla de las FARC-EP, lo cual impuls la ejecucin del Plan Colombia.

Segn Puerta (2022), esa dinmica de desplazamientos forzados de colombianos hacia Ecuador ha sido recurrente, y aumenta cuando se producen hechos puntuales que afectan o ponen en riesgo la vida o la seguridad de las poblaciones de frontera, como sucedi con el bombardeo de 2008 a un campamento guerrillero ubicado en la zona fronteriza de la provincia de Sucumbos, durante el periodo presidencial de lvaro Uribe en Colombia. Este acto impuls al gobierno ecuatoriano a reconocer y regularizar la condicin de refugio de aproximadamente 30.000 colombianos en el Ecuador a partir del Registro Ampliado como una medida para visibilizar el conflicto armado colombiano internacionalmente, teniendo en cuenta que, para entonces, el gobierno colombiano no reconoca oficialmente la existencia del conflicto interno.

De acuerdo con Larretegui (2011), los momentos ms complejos de entrada de refugiados colombianos se han presentado durante el periodo del 2005, 2006 y 2007, ingresos masivos de poblacin originaria de aquel pas que permaneca en las provincias de la zona norte de Ecuador. En el caso de los venezolanos, a partir del ao 2017, se dio un crecimiento exponencial de ingreso de migrantes. Esto no se tradujo en proteccin internacional, ms bien se busc desalentar la migracin con la exigencia de visa o las devoluciones masivas.

Tanto en el caso de los colombianos, y en menor medida los venezolanos, configuran un tipo de migracin forzada o no voluntaria. Los desplazados se definen como las personas o grupos que se han visto obligados a abandonar su lugar de residencia como efecto de los conflictos armados, desastres naturales, crisis econmica, humanitaria o violacin masiva de los derechos fundamentales, o para evitar los efectos de esos acontecimientos provocados por el hombre u originados por la naturaleza(OIM, 2019, p. 60).

Si bien las normas internacionales establecen los requisitos y condiciones para que una persona califique como refugiado, en la prctica corresponde al pas de recepcin determinar esa condicin de acuerdo con su legislacin interna, as como las obligaciones que asume el Estado, la intervencin de las organizaciones internacionales y las polticas pblicas en materia de migracin y proteccin internacional. Para tener una dimensin prctica del funcionamiento de la proteccin internacional a travs del refugio, se aplic una encuesta a diez expertos en el tema. Sus respuestas se tabulan y analizan a continuacin.

Por lo que se refiere a la asistencia humanitaria a los desplazados, solicitantes de refugio y personas con la condicin de refugiadas, hay que tener en cuenta que es una responsabilidad compartida del Estado, la sociedad civil y comunidades de acogida, y las organizaciones internacionales. En Ecuador estas ltimas tienen un papel central ante las limitaciones del Estado para satisfacer las necesidades bsicas de los desplazados en lo que se refiere a alimentacin, apoyo econmico, habitacin y acogida temporal o definitiva. Segn la OIM (2024), dichas organizaciones por lo general se dedican a recaudar fondos, gestionar asistencia tcnica y dotar de condiciones materiales mnimas a los solicitantes de proteccin internacional por un tiempo determinado y bajo ciertos requisitos y condiciones.

 

Procedimiento y requisitos para obtener la condicin de refugiado en Ecuador

La ley especial que regula la migracin y la proteccin internacional de las personas desplazadas es la Ley Orgnica de Movilidad Humana. En sus artculos del 98 al 113, la ley regula las cuestiones esenciales sobre el refugio, como la definicin de la persona refugiada, el procedimiento para el otorgamiento de esa condicin, los efectos jurdicos, las causas de denegacin y de revocatoria, as como lo referente a la salida del Ecuador. El artculo 98 de la ley seala que la naturaleza de la condicin de refugiado es declarativa, civil, humanitaria, apoltica y confiere un estatuto de proteccin internacional a la persona. Para que pueda ser reconocida como tal, una persona debe encontrarse en inmersa en dos situaciones que se detallan a continuacin: Temores fundados de ser perseguida por motivos de raza, religin, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones polticas y haber huido o no pueda retornar a su pas porque su vida, seguridad o libertad ha sido amenazada por la violencia generalizada, agresin extranjera, los conflictos internos, la violacin masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden pblico y no pueda acogerse a la proteccin de su pas de nacionalidad o residencia habitual.

Una persona que opta por la condicin de refugiado en nuestro pas, supone que su ingreso se realiz de manera irregular por pasos fronterizos no habilitados. Bajo las circunstancias mencionadas, esto no implica sancin alguna, ni la posible expulsin hasta que no se haya resuelto su solicitud de refugio.

Una vez realizada la solicitud, el peticionario se encontrar temporalmente bajo la proteccin internacional del Estado. Por su parte el Reglamento en su artculo 76 dispone que no se impondrn sanciones penales o administrativas al solicitante de la condicin de refugiado, por causa de ingreso o permanencia irregular en el territorio nacional, hasta la resolucin definitiva de su solicitud por parte de la administracin. La situacin migratoria irregular de una persona que solicit refugio no obstaculizar su acceso al procedimiento.

El propio artculo 89 dispone las garantas que deben observarse en la determinacin de la condicin de refugiado del solicitante. Estas son: la individualidad de los procedimientos, la realizacin de una entrevista personal al solicitante de refugio, la asistencia jurdica sobre el procedimiento a seguir, los elementos de prueba que se deben tener en cuenta y que deben aportar tanto el solicitante como el funcionario de movilidad humana; concluido el proceso, se notificar por escrito al solicitante de todas las decisiones tomadas, y en su caso podr recurrirlas ante la autoridad competente si no est de acuerdo, con la asistencia de su abogado particular o un defensor pblico.

La ley establece normas y principios especficos aplicables a los nios, nias y adolescentes no acompaados o separados de sus representantes legales, a los que obligatoriamente deber nombrarse un tutor o representante legal; en todos los casos, el trmite de solicitud de refugio es gratuito, y la prdida de documentos de identidad, su deterioro o inexistencia, no ser impedimento para solicitar, y en su caso, recibir la condicin de refugiado. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 100, el procedimiento se inicia con la solicitud que debe ser presentada de manera verbal o escrita por el solicitante ante la autoridad competente, y no podr ser descalificada por la autoridad actuante. El plazo para hacerlo es de 90 das contados desde el ingreso al pas. Si la persona necesitada de proteccin internacional no acude ante la autoridad competente, cualquier servidor pblico que tenga conocimiento de su ingreso al Ecuador debe referirla a la autoridad de movilidad humana para que presente su solicitud.

El mero hecho de presentar la solicitud le otorga a la persona el derecho a recibir de la autoridad competente de movilidad humana, una visa humanitaria que acredite su condicin de solicitante de refugio, lo cual le permite permanecer en el pas de manera regular hasta que se emita la resolucin que conceda o niegue la solicitud de refugio. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas, la persona necesitada de proteccin internacional podr presentar la solicitud en un plazo posterior a los 90 das previstos en la ley.

En circunstancias normales el plazo para resolver la solicitud de refugio es de tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 101 de la ley, aunque por lo general se resuelve en mucho menos tiempo segn la experiencia y los documentos a los que tuvo acceso este investigador. En realidad, no se trata de una visa en el sentido tradicional, sino un documento que acredita que la persona se encuentra en trmite de calificacin de su solicitud, y el nico derecho que le reconoce es a no ser expulsado del territorio nacional mientras dura el trmite. Sin embargo, si lo que ha solicitado la persona es una peticin de reapertura para el proceso de determinacin de la condicin de refugiado en el Ecuador, de acuerdo al testimonio de otras personas que han solicitado ese trmite en tiempos recientes, no se le expide documento alguno que acredite la sustanciacin de la solicitud.

Una vez presentada la solicitud el siguiente trmite es la realizacin de una entrevista por la autoridad competente de movilidad humana, con el propsito de recabar los elementos de juicio necesarios para pronunciarse acerca de la solicitud. La ficha de la cita debe fijarse al momento de que la autoridad recibe la solicitud de proteccin internacional, y el solicitante puede ser convocado a una segunda entrevista dentro de los 90 das, si la autoridad actuante lo considera necesario. Si el solicitante no acude la entrevista y no justifica debidamente su ausencia, se entender que desisti de la solicitud y se archivarn las actuaciones. Terminado ese trmite la autoridad de movilidad humana debe elaborar un informe tcnico que determinar la elegibilidad de la solicitud, el cual deber contener el registro de la solicitud, los criterios tcnicos de calificacin de la misma y cualquier otro elemento de juicio; todo lo expuesto por el solicitante en la entrevista debe ser corroborado por la autoridad de movilidad humana (art. 102).

El trmite de la entrevista es crucial para admitir o no la solicitud de proteccin internacional solicitada, pues a partir de ella la autoridad de movilidad humana decidir si se trata de una solicitud manifiestamente infundada o fraudulenta de conformidad con los instrumentos internacionales, tal como lo dispone el art. 103 de la ley. Si la solicitud es rechazada la persona puede impugnarla por la va administrativa. Una vez que haya causado estado la persona debe abandonar el pas en un plazo mximo de quince das. En la prctica se trata ms bien de una invitacin a abandonar el pas, no una obligacin en sentido estricto, porque si no lo abandona el Estado ecuatoriano no dispone de mecanismos de deportacin de esas personas, por lo cual en muchos casos se quedan en el pas en una situacin migratoria irregular. En la resolucin de la autoridad de movilidad humana que se notifica el rechazo de la solicitud de refugio se expresa esa obligacin, pero no se dirige a ninguna autoridad que deba cumplirla.

Segn el artculo 103 de la ley, las solicitudes manifiestamente infundadas son aquellas que no guardan relacin con los criterios establecidos para la concesin de la condicin de refugiado. Las solicitudes fraudulentas son aquellas que conlleven engao o la intencin de inducir a error por parte del solicitante. El Reglamento ampla esta norma en el artculo 85 que define las solicitudes fraudulentas. Se considerarn como solicitudes fraudulentas: a) Las que presentan elementos que conllevan a engaos o la intencin de inducir a error por parte del solicitante, comprobando la existencia en sus declaraciones de circunstancias o antecedentes falsos que resulten evidentes, que contradigan la informacin del pas de origen; b) Cuando la solicitud involucra engao a la administracin con intencin de cometer fraude, con relacin a la identidad, nacionalidad o documentacin que se incorpore durante el procedimiento; c) Cuando la persona sin necesidad de proteccin internacional invoca la institucin del refugio para evadir la accin de la justicia ordinaria o cumplimiento de leyes en su pas de origen, o en el pas de su ltima residencia.

Adems de la calificacin de la solicitud, se exige al solicitante que cumpla con otros requisitos adicionales, como no haber retornado a su pas de origen desde que se present la solicitud, haber sido identificado por la autoridad de movilidad humana, no encontrarse en trmite una solicitud con identidad objetiva y subjetiva en otro pas y no ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad interna segn la informacin que dispone el Estado ecuatoriano (art. 104). Si la solicitud es aceptada su efecto es que la persona tiene derecho a recibir una visa de residencia temporal, la cual despus de trascurridos los dos primeros aos podr solicitar la renovacin de su visa de residencia temporal o solicitar la residencia permanente. Asimismo, la persona recibir de parte de la autoridad de movilidad humana un documento de viaje, y de la autoridad de identificacin y cedulacin un documento de identidad (art. 105).

La condicin de refugiado no provee a la persona protegida de un estatuto de inmunidad, puesto que adems estar obligada a cumplir la Constitucin y las leyes vigentes, puede ser excluida de esa proteccin por las causas previstas en el artculo 106 de la ley, que son: haber cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad de los definidos en los instrumentos internacionales suscritos por el Estado ecuatoriano y haber cometido un grave delito comn fuera del Estado ecuatoriano, antes de ser admitida como persona refugiada (se entender como delito grave cuando el ordenamiento jurdico ecuatoriano prevea una sancin superior a cinco aos de privacin de la libertad).

De conformidad con lo previsto en el art. 107 el refugio termina cuando la persona refugiada haya recibido voluntariamente la proteccin de su pas de origen, haya recuperado su nacionalidad en caso de la que hubiere perdido previamente, haya adquirido una nueva nacionalidad o se haya establecido voluntariamente en el pas del que sali por temor a ser perseguido. De igual manera termina la condicin de refugiado por desaparecer las causas que le dieron sustento, y otras causas taxativamente previstas en la ley, como el hecho de verificarse por parte de la autoridad competente que no corresponda otorgar la condicin de refugiado

El ltimo de los aspectos regulados sobre el refugio en la ley se refiere a la ausencia del pas de la persona refugiada, la cual, para salir hacia su pas de origen, de residencia o cualquier otro requiere autorizacin expresa de la autoridad de movilidad humana, quien asimismo determinar el pazo mximo de la ausencia autorizada. La autorizacin solo procede bajo circunstancias imperiosas, excepcionales y comprobadas, justificadas por el solicitante y que en ningn caso podr exceder de los noventa das dentro del periodo de dos aos. La violacin de la norma da lugar a la revisin de la condicin de refugiado por la autoridad competente.

La persona a quien se le reconoce la condicin de refugiado se le otorga una visa de residencia temporal que tiene el mismo valor que cualquiera de las otras de esa categora, por tanto, la persona refugiada tiene los mismos derechos comunes a todos los extranjeros en el Ecuador, as como los derechos inherentes a todo ser humano. Esos derechos se corresponden, en general, con los derechos que tienen los ciudadanos ecuatorianos, tal como lo expresa el artculo 9 de la Constitucin, excepto en lo que se refiere a los derechos de participacin poltica que solo pueden ser ejercidos por los ciudadanos, sean por nacimiento o por naturalizacin en el caso de los extranjeros, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 8.

 

Metodologa

La unidad de anlisis se ubica en la Repblica del Ecuador, especficamente en la capital Quito donde se estudi a los factores del desplazamiento arbitrario y a la asistencia humanitaria que se les brinda a los extranjeros en movilidad humana; los investigadores asumen un enfoque mixto cualicuantitativo; se aplican los mtodos, inductivo, analtico jurdico y descriptivo jurdico, por los objetivos y la complejidad del estudio es una investigacin de tipo pura, dogmtica, documental, jurdica descriptiva; de diseo no experimental porque en el proceso investigativo se observa al problema tal como se da en el contexto, sin que exista una manipulacin intencional de variables.

Para el desarrollo de la investigacin se han utilizado materiales acadmicos y empricos. Entre los primeros figuran libros y artculos cientficos relevantes sobre el tema, obtenidos tanto de la biblioteca persona de los autores como de bases de datos de acceso abierto donde se analizan los aspectos esenciales de la migracin, los desplazamientos forzados y los mecanismos de proteccin internacional a los desplazados y en general a las personas que huyen de sus pases de origen por causas como la crisis econmica o humanitaria, el conflicto armado o la violacin masiva de derechos humanos. De igual manera se utilizaron varios informes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados que presta asistencia tcnica a los Estados a y asistencia humanitaria a los desplazados.

La poblacin involucrada est constituida por 12 funcionarios del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR Ecuador y 9 servidores pblicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH, a quienes se les aplico un cuestionario de 6 preguntas modelo likert. El tratamiento de la informacin cumple 4 fases. La tabulacin de resultados que es la cualificacin de la informacin recopilada en el cuestionario; el procesamiento de la informacin para cual se aplic tcnicas informticas para disear las tablas estadistas; la interpretacin de resultados, que es una actividad investigativa que permite conocer las opiniones y argumentos de los entrevistados en fusin a cada tem; y, la discusin de los resultados que es la confrontacin de las opiniones dadas por la poblacin de control.

 

Resultados y discusin

Pregunta 1: Cules de las siguientes causas son las que con mayor frecuencia provocan el desplazamiento arbitrario de personas?

 

Tabla 1: Causas del desplazamiento arbitrario

Causas del desplazamiento arbitrario

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Conflictos armados

5

42%

4

44%

Violencia y delincuencia

4

33%

4

44%

Catstrofes naturales

0

0%

0

0%

Falta de oportunidades econmicas

3

25%

0

0%

Persecucin poltica

0

0%

1

12%

Otras

0

0%

0

0%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados muestran las causas que con mayor frecuencia provocan el desplazamiento arbitrario de personas.

 

Discusin de resultados: El desplazamiento arbitrario de personas es un tema complejo con graves consecuencias para los individuos, las familias y los Estados, en trminos simples, se refiere a la obligacin forzosa de abandonar sus hogares sin proteccin legal o justificacin adecuada, las consecuencias del desplazamiento arbitrario son devastadoras y duraderas. El desplazamiento arbitrario es un problema global que requiere soluciones urgentes y concretas, es fundamental que todos los actores relevantes trabajen juntos para prevenir el desplazamiento arbitrario, proteger a las personas desplazadas y encontrar soluciones duraderas para su situacin.

Segn la Agencia de la ONU para los Refugiados (2023), el ao pasado se emitieron 43 declaraciones de emergencia en 29 pases, desplegando alrededor de 7,4 millones de artculos de ayuda humanitaria para asistir a 16,7 millones de personas en todo el mundo, esta cifra refleja un nmero excepcionalmente alto de crisis humanitarias nuevas o crisis agravadas, estableciendo as la tasa ms elevada de emergencias en la ltima dcada. Segn Noboa (2024), en Ecuador, aquellos que buscan el estatus o condicin de refugiado se enfrentan a varios desafos, como la falta de efectividad y cumplimiento de los tratados internacionales, la obtencin de un proceso rpido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y la falta de atencin de las organizaciones internacionales en el territorio ecuatoriano para brindar asistencia en un proceso legal.

Bajo estos antecedentes segn el criterio de los funcionarios del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR Ecuador y Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH, las causas que con mayor frecuencia provocan el desplazamiento arbitrario de personas en orden jerrquico son: conflictos armados, violencia y delincuencia, falta de oportunidades econmicas y persecucin poltica. Noboa (2024), dice, por violar los derechos humanos y las obligaciones establecidas en los tratados internacionales de refugiados, Ecuador podra enfrentar demandas legales tanto a nivel nacional como internacional. De igual forma, la violacin de los acuerdos internacionales podra empeorar la situacin humanitaria al negar asistencia y proteccin a aquellos que buscan asilo en el pas debido a persecuciones polticas, conflictos armados u otras formas de violencia.

Pregunta 2: Las Polticas migratorias garantizan los derechos humanos de las personas en condicin de desplazamiento arbitrario en el Ecuador?

 

Tabla 2: Polticas migratorias

Polticas migratorias

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Totalmente de acuerdo

2

18%

0

0%

De acuerdo

4

33%

3

33%

Neutro

1

8%

1

11%

En desacuerdo

4

33%

5

56%

Totalmente en desacuerdo

1

8%

0

0%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados permiten conocer si las Polticas migratorias garantizan los derechos humanos de las personas en condicin de desplazamiento arbitrario en el Ecuador

 

Discusin de resultados: Los gobiernos toman un conjunto de medidas y acciones llamadas polticas migratorias para controlar la entrada, salida, permanencia y trnsito de personas en un pas, estas polticas abarcan una amplia gama de aspectos, desde el control de fronteras y la emisin de visas hasta la integracin social y econmica de los inmigrantes. La migracin forzada, ya sea por conflictos armados, persecucin o desastres naturales, tiene un impacto profundo en los derechos humanos de las personas desplazadas, en este sentido, las polticas migratorias juegan un papel crucial en la proteccin de los derechos humanos de las personas en condicin de desplazamiento arbitrario, pueden facilitar o dificultar el acceso de las personas desplazadas a la proteccin internacional, como el estatus de refugiado o la solicitud de asilo, de igual forma, pueden facilitar o dificultar la integracin social y econmica.

Segn el criterio de la mayora de funcionarios de ACNUR Ecuador y del MREMH, las Polticas migratorias NO garantizan los derechos humanos de las personas en condicin de desplazamiento arbitrario en el Ecuador. En efecto, las polticas migratorias en muchos pases suelen ser restrictivas y discriminatorias, lo que dificulta el acceso de las personas desplazadas a sus derechos fundamentales, como la seguridad, la vivienda, la salud, la educacin y el trabajo, todo esto va en contra de lo que seala la Declaracin Universal de Derechos Humanos (1948), que tiene como objeto establecer los principios y normas para proteger los derechos humanos de todas las personas, reconoce la dignidad inherente de cada individuo y busca que todos sean tratados por igual.

Pregunta 3: Las Polticas migratorias garantizan una asistencia humanitaria efectiva y digna a los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador?

 

Tabla 3: Polticas migratorias

Polticas migratorias

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Totalmente de acuerdo

3

25%

0

0%

De acuerdo

1

8%

2

22%

Neutro

1

8%

0

0%

En desacuerdo

5

42%

6

67%

Totalmente en desacuerdo

2

17%

1

11%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados permiten conocer si las Polticas migratorias garantizan una asistencia humanitaria efectiva y digna a los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador

 

Discusin de resultados: La movilidad humana es un fenmeno global que ha aumentado significativamente en los ltimos aos en el mundo y en el Ecuador, este flujo migratorio no solo comprende la salida de ecuatorianos hacia otros pases de especialmente de Amrica del Norte y Europa, sino, de la llegada de extranjeros especialmente venezolanos y colombianos al Ecuador. Los extranjeros en movilidad humana se enfrentan a una serie de desafos, incluyendo la discriminacin, la violencia, la explotacin y la falta de acceso a servicios bsicos, estos desafos pueden exacerbarse por su condicin de vulnerabilidad y su falta de conocimiento de los derechos y recursos disponibles.

Bajo este contexto, la asistencia humanitaria efectiva y digna es esencial para garantizar que los extranjeros en movilidad humana tengan acceso a las necesidades bsicas y puedan vivir una vida segura y digna, esta asistencia debe ser proporcionada de manera respetuosa, culturalmente sensible y no discriminatoria. Sin embargo, segn los resultados de la investigacin, el 59% de funcionarios de ACNUR Ecuador y el 78% de encuestados del MREMH, sealan que, las Polticas migratorias NO garantizan una asistencia humanitaria efectiva y digna a los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador. Segn el Art. 54 literal j, y 84 literal j del Cdigo Orgnico de Ordenamiento Territorial Autonoma y Descentralizacin (COTAD, 2010), seala que es responsabilidad de los gobiernos municipales, provinciales y gobiernos de distritos metropolitanos, fortalecer el sistema integral de proteccin para la exigibilidad y proteccin de los derechos de las personas de los grupos de atencin prioritaria.

Si bien es cierto que, constitucionalmente las personas en movilidad humana no son consideradas como grupos de atencin prioritaria en el Ecuador, sin embargo, dentro de este colectivo se ubican adultas mayores, nias, nios y adolescentes, mujeres embarazadas, personas en situacin de riesgo, vctimas de violencia, maltrato infantil, desastres naturales, que conforme al Art. 35 de la Constitucin de la Repblica (2008), deberan recibir atencin prioritaria y especializada. La Corte Constitucional del Ecuador en septiembre del 2021 emite la Sentencia No. 2120-19-JP/21, Caso No. 2120-19-JP, en la cual observa condiciones de vulnerabilidad que afecta a nios, nias y adolescentes migrantes, hechos que va en contra de la Convencin de Ginebra, y su Protocolo de 1967 y de la Opinin Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de octubre de 2014.

Pregunta 4: Existe discriminacin y xenofobia contra de los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador?

 

Tabla 4: Discriminacin y xenofobia

Discriminacin y xenofobia

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Totalmente de acuerdo

8

67%

4

44%

De acuerdo

1

17%

3

33%

Neutro

0

0%

0

0%

En desacuerdo

1

8%

2

23%

Totalmente en desacuerdo

1

8%

0

0%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados permiten conocer si existe discriminacin y xenofobia contra de los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador

 

Discusin de resultados: La discriminacin y xenofobia contra los extranjeros en movilidad humana en Ecuador es un tema preocupante que ha estado presente en la sociedad ecuatoriana. A lo largo de los aos, se ha evidenciado cmo los extranjeros que llegan al pas en busca de nuevas oportunidades son vctimas de prejuicios y tratos discriminatorios por parte de la poblacin local. Segn el informe de Oxfam (2019), en los pases de Colombia, Ecuador y Per ha crecido considerablemente la xenofobia, machismo y estereotipos hacia las personas que llegan desde Venezuela, en este sentido se puede decir que se evidencia una discriminacin significativa que alimenta la fractura social de los pases de acogida; adems, incrementa notablemente los riesgos y vulnerabilidades que enfrentan las personas migrantes, en especial, las mujeres y las nias.

La discriminacin y xenofobia son fenmenos consustanciales a la migracin en mayor o menor medida, de ah que el 84% de los funcionarios de ACNUR Ecuador y el 77% de encuestados del MREMH afirman que SI existe discriminacin y xenofobia contra de los extranjeros en movilidad humana en el Ecuador. Al respecto, Ortega et al., (2024), dicen, la experiencia de los inmigrantes venezolanos en el Ecuador est marcada por la discriminacin y la desigualdad, la falta de oportunidades laborales adecuadas y la discriminacin percibida en diversos aspectos de la vida cotidiana son factores que contribuyen a la vulnerabilidad social de este grupo de poblacin. La situacin actual genera preocupaciones sobre la integracin efectiva de los inmigrantes y resalta la necesidad de abordar estos desafos desde una perspectiva ms amplia, que incluya tanto polticas de inclusin laboral como medidas para combatir la discriminacin y promover la igualdad de derechos.

Pregunta 5: Los programas para promover la inclusin social de los extranjeros en movilidad humana en Ecuador son efectivos?

 

Tabla 5: Programas para promover la inclusin social

Programas para promover la inclusin social

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Totalmente de acuerdo

1

8%

0

0%

De acuerdo

1

8%

0

0%

Neutro

3

25%

0

0%

En desacuerdo

3

25%

8

89%

Totalmente en desacuerdo

4

34%

1

11%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados permiten conocer si los programas para promover la inclusin social de los extranjeros en movilidad humana en Ecuador son efectivos

 

Discusin de resultados: Los programas para promover la inclusin social de los extranjeros en movilidad humana en Ecuador, incluyen una serie de iniciativas y acciones destinadas a facilitar la integracin y participacin de los extranjeros en la sociedad ecuatoriana. En efecto el gobierno ecuatoriano, en conjunto con organizaciones internacionales y de la sociedad civil, ha implementado una serie de programas para promover la inclusin social de los extranjeros en movilidad humana en el pas, estos programas se enfocan en diferentes reas, como el acceso a servicios bsicos, educacin, empleo, vivienda, salud y cultura.

La Constitucin de la Repblica de 2008, en su Art. 40 seala No se identificar ni se considerar a ningn ser humano como ilegal por su condicin migratoria, es decir, cualquier extranjero que se radique en el Ecuador, ser considerado legal as su estatuto sea de ilegal e irregular y gozarn de proteccin especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos. El Art. 42 del texto constitucional precitado indica, las personas que hayan sido desplazadas tendrn derecho a recibir proteccin y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios mdicos y sanitarios. Sin embargo y conforme al criterio emitido por el 59% de funcionarios de ACNUR Ecuador y del 100% del MREMH consultados, los programas para promover la inclusin social de los extranjeros en movilidad humana en Ecuador NO son efectivos, razn por la cual, los extranjeros en movilidad humana en Ecuador,

Segn el estudio realizado por ACNUR (2021), el 82% de las familias encuestadas (venezolanos y colombianos), se encuentran en situacin de vulnerabilidad, estas familias tienen las siguientes caractersticas, son sobreviviente de violencia o abuso (18%), tienen una condicin mdica crnica (18%), son madre o padre soltero (12%) y tienen alguna discapacidad (11%). El 73% de las personas venezolanas encuestadas dijeron encontrarse en situacin irregular, frente a un 42% de las personas colombianas. Estos datos, son indicadores para concluir sealando que el Estado y el Gobierno ecuatoriano, no estn cumpliendo el mandato constitucional e internacional en relacin a los derechos de las personas en movilidad humana, inclusive, las nias, nios, adolescentes, mujeres embarazadas, madres con hijas o hijos menores, personas adultas mayores y personas con discapacidad no estn recibiendo asistencia humanitaria preferente y especializada. De igual forma, los programas, planes que han sido imprentados no estn cumpliendo su objetivo de garantizar los derechos de las personas en movilidad humana y promover su integracin en la sociedad ecuatoriana.

Pregunta 6: Existe cooperacin internacional de los pases de la regin para mejorar la condicin de las personas en desplazamiento arbitrario en el Ecuador?

 

Tabla 6: Cooperacin internacional

Cooperacin internacional

ACNUR

MREMH

 

f

%

f

%

Totalmente de acuerdo

0

0%

0

0%

De acuerdo

4

34%

5

56%

Neutro

7

58%

0

0%

En desacuerdo

0

0%

4

44%

Totalmente en desacuerdo

1

8%

0

0%

TOTAL

12

100%

9

100%

NOTA: Estos resultados permiten evidenciar si existe cooperacin internacional de los pases de la regin para mejorar la condicin de las personas en desplazamiento arbitrario en el Ecuador

 

Discusin de resultados: La migracin en sentido general y la crisis migratoria en Venezuela ha generado un flujo sin precedentes de personas hacia Ecuador, lo que ha puesto a prueba la capacidad del pas para atender a las necesidades de esta poblacin vulnerable. En este contexto, la cooperacin internacional se ha vuelto fundamental para mejorar la condicin de las personas en desplazamiento arbitrario en Ecuador.

La cooperacin internacional en materia de migracin se refiere a los esfuerzos conjuntos de los pases para abordar los desafos migratorios de manera integral y coordinada. En el caso de las personas en desplazamiento arbitrario, la cooperacin internacional se enfoca en la prevencin del desplazamiento arbitrario, en la proteccin de los derechos de las personas en desplazamiento arbitrario y en la bsqueda de soluciones duraderas.

A nivel internacional, las Naciones Unidas y sus agencias, como el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) y la OIM (Organizacin Internacional para las Migraciones), estn jugando un papel fundamental en la coordinacin de la respuesta internacional a la crisis migratoria en Ecuador, papel que conforme a los datos del flujo migratorio han sido insuficientes para detener el desplazamiento arbitrario de personas especialmente de venezolanos y colombianos, segn https://es.statista.com/, en 2022, la mayora de los extranjeros residentes en Ecuador eran de nacionalidad venezolana, concretamente, casi 390.000, le seguan a cierta distancia en el ranking los colombianos, con ms de 200.000 personas.

La mayor parte de los funcionarios de ACNUR Ecuador y del MREMH, coinciden en sealar que, si existe cooperacin internacional de los pases de la regin para mejorar la condicin de las personas en desplazamiento arbitrario en el Ecuador, sin embargo, por los datos sealados anteriormente, se observa que su trabajo y actividades desplegadas, son insuficientes para garantizar los derechos y la vida digna del colectivo mencionado. Al respecto, Noboa (2024), recomienda, sera garantizar un trato justo y humano a aquellos que buscan proteccin como asilados y refugiados, fortalecer el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de movilidad humana, para evitar que muchos derechos no sean vulnerados, generar un equilibrio en el cumplimiento de los tratados internacionales en materia de refugio y apoyo nacional.

 

Conclusiones

Ecuador es bsicamente un pas receptor de migrantes, tanto de aquellos que buscan asentarse en el pas como de quienes lo usan como territorio de trnsito; una categora especial de migrantes son los desplazados provenientes de pases como Colombia y Venezuela, quienes huyen del conflicto armado, crisis poltica y la crisis econmica, respectivamente. Dar asistencia humanitaria es una de las obligaciones de los Estados receptores de migrantes involuntarios o forzados, quienes huyen de su pas de origen por causas como las crisis humanitarias, los conflictos internos o la violacin masiva de derechos humanos.

En Ecuador los migrantes forzados son protegidos mediante la figura del refugio, a la que pueden acceder luego de completar un trmite bastante complicado a juzgar por el anlisis de la ley y la opinin de los expertos; ese trmite debe realizarse ante las autoridades de movilidad humana, que es gratuito y garantiza la no devolucin del solicitante, la no aplicacin de sanciones administrativas o penales por el ingreso irregular al pas, y la asistencia humanitaria y jurdica durante proceso, todo ello en aplicacin de los compromisos internacionales y los principios constitucionales y legales que rigen en el pas.

Quienes reciben la condicin de refugiados tienen los mismos derechos constitucionales y legales que los extranjeros que hayan migrado de manera voluntaria, pero en muchos casos reciben asistencia humanitaria de las organizaciones internacionales y la sociedad civil en temas de reubicacin, acogida, asistencia jurdica y apoyo para satisfacer sus necesidades bsicas, pues los refugiados deben enfrentar las mismas vicisitudes que el resto de los extranjeros en materia de acceso al empleo, asistencia mdica, xenofobia y casos de posible discriminacin por motivo de nacionalidad.

El cuestionario aplicado a servidores pblicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y a servidores del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, permiti tener una opinin experta sobre los temas ms complejos de la migracin forzada hacia el Ecuador, donde se pudo constatar que en general los programas de asistencia humanitaria no son todo lo efectivos que se necesita, que las polticas de inclusin estn distantes de lo que se espera, y que se requiere mayor cooperacin de los pases vecinos para afrontar la migracin forzada y garantizar la asistencia humanitaria y los derechos de los desplazados.

 

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2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

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