Reforma al Plan Anual de Contratacin y la seguridad jurdica en la contratacin pblica ecuatoriana
Reform of the Annual Procurement Plan and legal security in Ecuadorian public procurement
Reforma do Plano Anual de Contratao e segurana jurdica nas compras pblicas equatorianas
Correspondencia: mariacristinaproanio1988@hotmail.com
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 18 de agosto de 2024 *Aceptado: 14 de septiembre de 2024 * Publicado: 29 de octubre de 2024
I. Universidad Catlica de Cuenca, Cuenca, Ecuador.
Resumen
Las entidades pblicas y con participacin estatal, estn obligadas a contratar obras, bienes, servicios y consultoras, conforme las normas de contratacin pblica que rigen al Ecuador, para este efecto, las mismas deben planificar estas compras, mediante la elaboracin del Plan Anual de Contratacin Pblica, en adelante PAC, el cual debe ser publicado hasta el 15 de enero de cada ao, determinando en su contenido circunstancias como, objeto, modalidad de contratacin, monto, plazo y la ejecucin cuatrimestral. La norma seala que, nicamente de forma excepcional, las mximas autoridades pueden modificar este PAC, pero no establece el nmero de reformas o el procedimiento a seguir en el caso de que se opte por esta opcin; generndose una suerte de discrecin en los titulares de las entidades pblicas, que pueden cambiar todo cuanto se ha planificado conforme sus intereses. La metodologa empleada vers sobre una investigacin histrico jurdico, y analtico - sinttico, con tcnicas como la encuesta. Con estos elementos, he logrado determinar que los oferentes interesados en participar en los procesos de contratacin con el Estado, se ven afectados en la seguridad jurdica que se gener en el momento de la publicacin del proceso en el PAC, en relacin con el Plan Anual reformado, pues no todos cuentan con las orientaciones del nuevo proceso de contratacin, y; en consecuencia, se afectan los principios de concurrencia, participacin nacional e igualdad, que rigen la contratacin pblica del pas. (Obtenido del Tesauro de la UNESCO).
Palabras clave: Principio Jurdico; Seguridad; Contratacin; Ecuador.
Abstract
Public entities and those with state participation are required to contract works, goods, services and consultancies, in accordance with the public procurement regulations that govern Ecuador. To this end, they must plan these purchases by preparing the Annual Public Procurement Plan, hereinafter PAC, which must be published by January 15 of each year, determining in its content circumstances such as object, contracting modality, amount, term and quarterly execution. The regulation indicates that, only in exceptional cases, the highest authorities can modify this PAC, but it does not establish the number of reforms or the procedure to follow in the event that this option is chosen; generating a kind of discretion in the heads of public entities, who can change everything that has been planned according to their interests. The methodology used was based on a historical-legal and analytical-synthetic investigation, with techniques such as the survey. With these elements, I have been able to determine that the bidders interested in participating in the contracting processes with the State are affected in the legal security that was generated at the time of the publication of the process in the PAC, in relation to the reformed Annual Plan, since not all of them have the guidelines of the new contracting process, and; consequently, the principles of competition, national participation and equality, which govern public contracting in the country, are affected. (Obtained from the UNESCO Thesaurus).
Keywords: Legal Principle; Security; Contracting; Ecuador.
Resumo
As entidades pblicas com participao estatal so obrigadas a contratar obras, bens, servios e consultoria, de acordo com as regras de contratao pblica que regem o Equador, devem planear estas compras, atravs da elaborao do Plano Anual de Contratao Pblica, doravante. que dever ser publicado at 15 de janeiro de cada ano, determinando no seu contedo circunstncias como o objeto, a modalidade de contratao, o montante, o prazo e a execuo trimestral. A norma estabelece que, apenas excecionalmente, as autoridades mximas podem modificar este PAC, mas no estabelece o nmero de reformas nem o procedimento a seguir caso esta opo seja escolhida; gerando uma espcie de discricionariedade nos dirigentes das entidades pblicas, que podem alterar tudo o que foi planeado de acordo com os seus interesses. A metodologia utilizada tratou de uma investigao histrico-jurdica, e analtica-sinttica, com tcnicas como o levantamento. Com estes elementos consegui apurar que os concorrentes interessados em participar nos processos de contratao com o Estado esto afetados pela segurana jurdica que foi gerada no momento da publicao do processo no PAC, em relao ao Plano Anual reformado, uma vez que nem todos possuem as linhas orientadoras para o novo processo de contratao, e; Consequentemente, os princpios da concorrncia, da participao nacional e da igualdade, que regem as compras pblicas no pas, so afectados. (Obtido no Thesaurus da UNESCO).
Palavras-chave: Princpio Jurdico; Segurana; Contratando; Equador.
Introduccin
La presente investigacin hace referencia al estudio del PAC y sus reformas reiterativas, efectuadas por las entidades contratantes, a travs de sus mximas autoridades, en donde se buscan formas para direccionar los procedimientos de contratacin y coartar la participacin de oferentes, ya que se establecen requisitos que exigen mayores condiciones de ejecucin, vulnerando de esta forma, los principios de concurrencia, participacin nacional y transparencia.
La caracterstica principal, se encuentra en la falta de control y la ausencia de un articulado que determine un organismo que revise, si en efecto, las reformas al PAC, son necesarias, y no contravienen la seguridad jurdica de los oferentes que una vez publicado este instrumento, a enero de cada ao calendario, generan expectativas de su participacin en estos procedimientos de contratacin pblica.
En el caso de la investigacin planteada, se ha trabajado con metodologa que parte de un enfoque mixto, cualitativo, por la revisin de ley, doctrina y jurisprudencia, y; cuantitativo, por el anlisis estadstico efectuado. Se han utilizado como mtodos de investigacin, el histrico jurdico y el analtico sinttico, complementndose el proceso con la tcnica de la encuesta.
El objetivo general planteado es el siguiente: Determinar el contexto en el que la reforma al PAC afecta la seguridad jurdica de los oferentes, en los procesos de contratacin pblica en el Ecuador. Para cumplir con el mismo, se presenta la siguiente pregunta de investigacin: Cul sera el mecanismo que impida que la reforma al PAC, sea tomada como una herramienta para abusar de malas prcticas respecto de los procesos de contratacin pblica?
En la primera parte se determina el estudio de todo lo que concierne al PAC, su estructura, mbito legal y el contexto de la reforma. En la segunda parte se va a analizar el estudio de los procedimientos de obras, sus modalidades de contratacin, el empaquetamiento de obras y la correlacin del nmero de oferentes que participan en una y otra, a fin de establecer el direccionamiento del proceso de contratacin pblica. En la tercera parte se va a analizar la afectacin a la seguridad jurdica desde el enfoque de la vulneracin del derecho al trabajo y la libre contratacin de los oferentes, situacin que ser resuelta con la reforma al artculo 22 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, respecto del establecimiento de un filtro de control por alguna de las entidades del estado destinadas para este efecto.
La Reforma al Plan Anual de Contratacin y su afectacin a la seguridad jurdica dentro de la contratacin pblica ecuatoriana
El PAC, es una herramienta sistematizada e implementada por el Servicio Nacional de Contratacin Pblica SERCOP, que determina el nmero de contrataciones que las entidades estatales y con participacin estatal, efectuarn durante el ao calendario, respecto de la adquisicin de obras, bienes, servicios y consultoras. En este afn, el artculo 22 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, en adelante LOSNCP, contempla que estas planificaciones debern subirse al SOCE hasta el 15 de enero de cada ao.
Bajo este contexto, la herramienta del PAC, contiene los siguientes elementos: cdigo CPC, tipo de compra, detalle del producto, cantidad anual, unidad, presupuesto, y; cuatrimestre; pudiendo existir variaciones entre una y otra entidad; y debiendo ser adecuadas a los lineamientos del sistema USHAY, creado en el ao 2014, por el SERCOP, cuyo objetivo busca dinamizar las contrataciones de las entidades y de su publicacin en aras de la observancia de los principios de transparencia y publicidad contemplados en el artculo 4 de la LOSNCP.
El plan anual de contrataciones (pac) debe ser aprobado por el titular de la entidad. En l deben consignarse todos los bienes, servicios y obras que se requerirn en funcin a sus metas durante el ao fiscal, as como los montos estimados y los tipos de procesos de seleccin previstos, con independencia del rgimen que las regule, adems de su fuente de financiamiento. El plan anual de contrataciones (pac) debe ser publicado en el sistema electrnico de contrataciones del estado(Rubios, 2018, pg. 12).
Ante el panorama de un sistema informtico y de que el PAC lo realizan funcionarios de las carteras de Estado, la falibilidad y el error son una posibilidad latente, que ha sido prevista mediante la norma que rige la contratacin pblica en el Ecuador, en el sentido de que, se faculta a las contratantes a reformar el PAC, a travs de una resolucin administrativa debidamente motivada, siempre y cuando tales reformas obedezcan a una justificacin tcnica y econmica, o por causas de caso fortuito o fuerza mayor debidamente sustentadas (Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, 2008, art. 43).
Si bien es cierto, el espritu de la norma busca salvaguardar esta posible situacin, con el fin de que de forma espordica se la use, en la materialidad, realmente se ve un abuso de sta figura legal, por parte de las entidades del Estado, para cambiar las contrataciones ya planificadas por procesos en los que se dan prcticas poco ticas, como la elusin de procedimientos comunes, el empaquetamiento de varios objetos de contratacin o el direccionamiento de los procesos a ciertos proveedores, con fines que no justifican los escenarios contemplados en la norma.
Adicionalmente, la reforma al PAC, en ninguna de las normas legales competentes a la contratacin pblica, tiene un sealamiento expreso, respecto del nmero de veces en las que se puede implementar, lo cual deja una brecha abierta respecto de la posibilidad de cambios, a discrecin de las mximas autoridades de las entidades estatales, que por las competencias que envisten su cargo, resuelven, modificar la planificacin anual, sin justificativos tcnicos o econmicos de fondo, debidamente motivados.
A ello se suma la imposibilidad que tiene el legislador para predeterminar todas las conductas posibles de la Administracin (y por cierto tambin de los jueces), dejando un ancho cauce para que la discrecionalidad se manifieste tanto frente a la presencia de normas incompletas o vacos normativos, corno de las denominadas delegaciones (Hernndez, 2007, pg. 84).
Es comprensible, la reforma, cuando por temas de carcter financiero, como la falta de asignacin presupuestaria, los arrastres presupuestarios, el traspaso de partidas, o el choque de estos eventos comunes en la prctica de la contratacin pblica, con las fechas de cumplimiento de cuatrimestre, se genera una resolucin bien motivada, atendiendo las circunstancias debidamente comprobables y la consecucin de la norma respecto del nexo causal entre ambos elementos.
Los temas tcnicos en la contratacin tambin resultan importantes por cuanto las circunstancias climticas, la ausencia de materiales a nivel nacional, la implementacin de obras en sitios que no guardan solvencia para su ejecucin o cuestiones sujetas a fuerza mayor o caso fortuito, lgicamente, resultan en eventos que salen de las manos de cualquier planificacin, y sus cambios, en efecto, son necesarios y susceptibles de justificacin, a fin de salvaguardar las actuaciones administrativas.
El requerimiento puede sufrir modificaciones por temas legales, condiciones de mercado o por hechos fortuitos o de fuerza mayor, las cuales debern ser coordinada, justificada, motivada y consensuadas entre el rea usuaria, la OEC y de existir una variacin mayor en la prestacin, corresponder a la Oficina de Planeamiento o Presupuesto, o quien haga sus veces, emitir la certificacin presupuestal por la diferencia (Haro, 2020, pg. 4).
Las reformas al PAC, en su gran mayora, no guardan esta justificacin de fondo, y mucho menos la determinacin de los eventos que la han causado, la motivacin se resume en considerandos que versan sobre normativa legal, antecedentes documentados de las instituciones pblicas previos a reformar el PAC y la decisin de la mxima autoridad, en la cual se cambian los procesos de contratacin en sus diferentes componentes, que normalmente se resumen al cambio de modalidad de contratacin, objeto, monto y presupuesto.
De la mano con este hecho, se encuentra el tema de la publicacin de varias reformas al PAC, realizadas por la misma institucin en diferentes momentos del ao. Cuestin que no se encuentra regulada, pues, a la presente fecha no existen normas constitucionales, orgnicas, ordinarias, reglamentos u ordenanzas que determinen un nmero o un porcentaje de veces en las que un PAC deba ser cambiado durante el ao calendario para el cual fue realizado, por una u otra entidad contratante.
Partiendo del hecho de que el PAC debe ser debidamente planificado, levantando necesidades que al ser consideradas como tales, stas no van a cambiar hasta que sean satisfechas, y, que se las crea en base a un presupuesto determinado con el que las entidades cuentan precisamente para satisfacer requerimientos ciudadanos e institucionales, los errores o los cambios salvo los ya descritos con anterioridad, deberan ser bastante mnimos y realmente concretos, ms an con la particularidad de su justificacin y motivacin.
Para cumplir con la ejecucin total de las adquisiciones programadas en el Plan Anual de Contrataciones, es indispensable que se cuente con un Cuadro de Necesidades bien estructurado, que incluya el total de las necesidades de las reas usuarias y que permita brindar la informacin ptima y oportuna y poder cumplir con la ejecucin de las contrataciones programadas en el documento de gestin, motivo por el cual, la finalidad de este trabajo de investigacin es brindar mejoras, alcances y recomendaciones que permitan lograr la realizacin del Plan Anual de Contrataciones al 100%, sin tener que recurrir a continuas modificaciones (Villanueva, 2018, pg. 9).
El objetivo de la elaboracin del PAC, es sin duda la programacin de contrataciones a lo largo del ao calendario, sean de obras, bienes, servicios o consultoras, bajo la presentacin de necesidades primordiales, con el fin de satisfacerlas tanto a nivel institucional como ciudadano, siempre que la misin de la institucin sea esa. Su publicacin genera una suerte de seguridad del manejo de dineros ciudadanos, transparencia de las obligaciones que se piensan atender e inters en los proveedores del estado que deseen participar en las contrataciones.
La evidencia de reformas constantes, determina que la planificacin se realiz mal y que la institucin no se encuentra debidamente organizada en este sentido. Los cambios ya descritos son una clara muestra de que existe un abuso completo respecto de la norma, ya que, al ser abierta al pretender contemplar posibles errores, es manipulada y afecta la seguridad jurdica, al crear expectativas en la poblacin, tanto en quienes desean observar y de cierto modo corroborar el gasto pblico, como tambin de aquellos, quienes buscan ser prestadores del estado.
En el contexto del PAC, es importante sealar que las obras, bienes, servicios y consultoras, deben planificarse bajo cualquiera de las formas de contratacin contempladas en la LOSNCP, ms sin embargo, de la inclusin en la planificacin anual, se exceptan los procesos bajo la modalidad de emergencia e nfima cuanta; esto por la naturaleza de dichas contrataciones, que los convierte en figuras legales bastante particulares desde la creacin de su necesidad como del procedimiento que deben cumplir.
Una vez identificadas las necesidades se debe proceder con inmediatez, pues no existe el tiempo que se tiene para los procedimientos convencionales: elaborar estudios previos, ni presupuestos referenciales ajustados a mercado. Sin embargo, eso no significa que no deba existir el anlisis mnimo, la motivacin necesaria y adecuada para atender inmediatamente con bienes, obras y servicios que permitan superar la emergencia en el menor tiempo posible; de esta forma se cumple con lo dispuesto en el artculo 23 de la LOSNCP, que establece que antes de iniciar un procedimiento precontractual la entidad deber contar con los estudios (Daz J. , 2018, pg. 107).
Para comprender de mejor forma, las circunstancias sealadas este trabajo tiene como base el estudio de la contratacin de obras en una dependencia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en donde las reformas al PAC, no corresponden a justificaciones de ningn tipo y se las hace al antojo de las autoridades de turno, con fines de minimizar el nmero de procedimientos planificados inicialmente y de mermar la participacin de un sector de los oferentes favoreciendo a un pequeo nmero de posibles contratista y de esta forma se busca redirigir el proceso de contratacin como una prctica elusiva de los procesos de contratacin planificados a enero de 2015.
Como parte de los objetivos clave del PAC, est la organizacin y priorizacin de las necesidades que las instituciones pblicas tienen, que para el caso del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y sus dependencias adjuntas, incluye tambin las obras de presupuestos participativos que son requeridas por la ciudadana a travs de las asambleas parroquiales. Las necesidades institucionales, tales como seguridad, limpieza, mantenimiento vehicular, servicio de impresin y outsourcing, entre otros forman parte de la ejecucin institucional.
Atribuciones.- Las asambleas parroquiales urbanas y rurales tendrn las siguientes atribuciones: 6. Deliberar y aprobar el uso de los recursos municipales asignados para los presupuestos participativos, priorizando requerimientos, acciones y obras que se ejecutarn conforme a los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y en el marco de las competencias exclusivas municipales; 7. Analizar y discutir la priorizacin de obras y la ejecucin de los presupuestos participativos asignados por la municipalidad, en coordinacin con las administraciones zonales (Cdigo Municipal, 2023, art. 412).
El contexto de la asignacin presupuestaria en las Administraciones Zonales, se determina por el nmero de parroquias y la cantidad de trmites que stas despachan dentro de su gestin administrativa. En este sentido se debe organizar el destino de los recursos, contemplado los pedidos que las asambleas han elegido en el mbito de sus competencias y los recursos restantes, debern repartirse en las necesidades institucionales y los posibles imprevistos que se su presenten a lo largo del ao calendario.
El monto de los presupuestos, priorizados por la ciudadana, no podr ser inferior al 60% del presupuesto de inversin de cada Administracin Zonal del Distrito Metropolitano de Quito, que se destinar a la ejecucin de obra pblica, servicios pblicos, programas y proyectos sociales; procurando que este porcentaje pueda incrementarse en base a las necesidades de la parroquia, en al menos el 2% cada ao, hasta alcanzar el porcentaje mximo del 76% del referido presupuesto (Cdigo Municipal, 2023, art. 478).
De la experiencia que dejan las asambleas parroquiales, las obras que se priorizan por los dirigentes barriales, que han sido previamente consultadas a los moradores de los diferentes sectores del Distrito Metropolitano de Quito, se resumen en obras que van desde la construccin de parques, coliseos, vas, adoquinados, parques, juegos infantiles o el mantenimiento de obras ya ejecutadas, como la repavimentacin, arreglo de fachadas, readecuaciones entre otros, de conformidad con lo dispuesto con el artculo 474 del Cdigo Municipal.
Presupuestariamente, las administraciones zonales, as como el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, se encuentran categorizados como un Gobierno Autnomo Descentralizado, que recibe asignaciones presupuestarias desde el gobierno central, cuestin que en teora, constituye un incentivo para los titulares de los municipios, y se convierte en un ingreso fijo con el cual, sus objetivos se pueden ir desarrollando de la mejor manera. Sin embargo, a la presente fecha la deuda del Estado con estas dependencias es de un perodo de 5 aos, esto es un total de $ 360.000.000, que, si bien se han empezado a trasferir en mnimas cantidades, su porcentaje para el caso de Quito resulta insuficiente, considerando la extensin y competencias del cabildo.
A partir del Presupuesto General del Estado del ao 2009, el monto de transferencias del Estado central a los gobiernos autnomos descentralizados no ser, en ningn caso, inferior al monto asignado en el PRESUPUESTO del ejercicio fiscal del ao 2008 (Constitucin de la Repblica del Ecuador, 2008, Disposicin Transitoria 14).
Adicionalmente, cuentan con sus propios ingresos, derivados del cobro de impuestos y tasas municipales, as como de multas y dineros del cobro de ttulos de crdito por uso de espacio pblico, arrendamientos de bienes inmuebles, dineros que resultan del cobro de intereses, ;mora y coactivas, patentes y certificaciones, incremento de pisos, licencias de toda ndole, servicios pblicos, como el agua potable, peajes, multas de trnsito, entre otras; lo que le faculta ejecutar las necesidades de la poblacin y las que demanda el ejercicio de su actividad.
El siguiente objetivo del PAC, deriva del primero, pues se levantan las necesidades, con el fin de satisfacerlas, tanto a nivel institucional, como ciudadano, precautelando de esta forma, los planes de gobierno, la ejecucin de obras, tanto emblemticas como el Metro de Quito, como las de repavimentacin de vas secundarias y las que se concentran en resguardar los bienes de las instituciones propias y adscritas, as como el mantenimiento de las mismas para cumplir con la prestacin de su servicio.
En la gestin municipal debe existir mucha relacin entre autoridades, funcionarios y poblacin permitindoles participar y como resultado tendrn ingresos presupuestales por parte del estado y eso se va reflejar en los proyectos pblicos, que a travs de procedimientos administrativos en contrataciones pblicas como son los actos preparatorios, procedimiento de seleccin y ejecucin contractual se puedan lograr los proyectos (Onofre, 2017, pg. 5).
En el PAC contemplado para el ao 2023, la Administracin Zonal, determin sus contrataciones de la siguiente forma:
Tabla 1: Nmero de Procesos, planificados a 2023 en el PAC inicialmente publicado
Proceso de Contratacin |
Cantidad de Procesos Planificados |
Menor Cuanta de Obras Cotizacin de Obras Ferias Inclusivas Subasta Inversa Total |
38 7 10 4 59 |
Nota: Esta tabla muestra cuantos procesos de contratacin de planificaron de forma inicial en el PAC, con el resumen de cantidad de procedimientos que se pensaban realizar en el ao 2023.
Como podemos apreciar, existe un total de 38 contrataciones a efectuarse bajo la modalidad de menor cuanta de obras, y un total de 7 obras a ejecutarse bajo cotizaciones. Para las contrataciones de obras, las formas de contratacin se reducen a: a) Menor Cuanta, b) Cotizacin, c) Licitacin, y; d) Contratacin Integral por Precio Fijo. Las administraciones zonales no tienen autorizacin y presupuesto para ejecutar obras bajo Licitacin y la Contratacin Integral por Precio Fijo por su estructura no es una opcin para las obras planificadas por esta entidad, por lo que las contrataciones se reducen a las dos primeras.
Los montos para contratar obras al 2023, se resumen en:
Tabla 2: Montos por Procesos de Contratacin, contemplados para el ao 2023
Proceso |
Monto |
Menor Cuanta Cotizacin Licitacin Contratacin integral por precio fijo |
Inferior a USD 220.520,06 Entre USD 220.520,06 y 945.085,97 Mayor a USD 945.085,97 Mayor a USD 220.520,06 |
Nota: Esta tabla muestra el lmite de los montos que han sido contemplados entre uno y otro para los procesos de obras en el ao 2023.
Al mes de noviembre de 2023, la Administracin Zonal en donde se realiza el estudio, ha efectuado un total de 7 proceso de cotizacin y 8 menores cuantas. A simple vista podemos evidenciar la disminucin de las contrataciones a efectuarse bajo menor cuanta y el incremento de procesos de cotizacin. Las razones para este evidente hecho se resumen en el empaquetamiento de obras, esto es, el agrupamiento de obras que se encontraban planificadas en forma individual, para unirlas y efectuarlas en un solo objeto, incrementando su monto, con el fin de pasar del lmite del valor contemplado para la menor cuanta y acceder a la cotizacin.
El segundo tipo, el empaquetamiento mixto, se da cuando los bienes o servicios adems de venderse en paquete tambin estn disponibles de manera individual, con el empaquetamiento mixto los proveedores de bienes o servicios debern ofrecer a los usuarios o consumidores cualidades que hagan que los segundos prefirieran los bienes o servicios empaquetados frente a los bienes o servicios individuales, bajo este tipo de empaquetamiento la eleccin del consumidor se maximiza, toda vez que los usuarios o consumidores pueden elegir entre bienes o servicios individuales o empaquetados (vila, 2019, pg. 25).
De la prctica de un proceso de contratacin de obras bajo menor cuanta, el promedio de ingreso de ofertas oscila entre los 70 y 100 oferentes. Este comportamiento obedece a que la menor cuanta est diseada como una figura legal en la que las entidades contratantes remiten cartas de invitacin a los oferentes del cantn donde se va a ejecutar la obra, para que respondan la misma y participen. Adicionalmente, el presupuesto referencial est determinado por la contratante y los participantes nicamente se adhieren a la oferta, una vez cumplidos los requisitos determinados en las especificaciones tcnicas pasan a la etapa de sorteo y el SERCOP, a travs de su herramienta decide el ganador.
La menor cuanta de obras, determina, la siguiente particularidad:
Aquellos proveedores que a la fecha de la publicacin del procedimiento mantuvieran vigentes contratos de ejecucin de obra, adjudicados a travs del procedimiento de menor cuanta, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 de este artculo, no podrn participar en procedimiento de menor cuanta de obras alguno hasta que hayan suscrito formalmente la recepcin provisional de el o los contratos vigentes (Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, 2008, art. 51).
De lo expuesto, se puede apreciar que esta modalidad de contratacin resulta transparente, por cuanto evita que oferentes que ya se encuentran ejecutando determinadas obras, sean los ganadores, cuando existen varios posibles contratistas, que pueden participar si tener pendientes con el estado y sumir el cumplimiento de la obligacin de manera ptima. Lo dicho, permite que no se concentre la mano de obra, evita el direccionamiento de procesos a un monopolio de personas, garantiza la libre contratacin y acrecienta las fuentes de trabajo que el Estado, est obligado a proveer a los profesionales en el Ecuador.
Concurrencia. - en los procesos de contratacin pblica debe existir variedad de postores, a fin de poder comparar los bienes o servicios ofertados y escoger el mejor producto, bien u obra, contratando un producto de calidad. Para Roberto Dromi la concurrencia afianza la posibilidad de oposicin entre los interesados en la futura contratacin; y, dicha oposicin hace que las contrataciones sean ms trasparentes, e inclusive ayuda que las condiciones de los pliegos no sean restrictivas (Solrzano, 2017).
El hecho de que el sistema sea aleatorio y otorgue la titularidad de una u otra obra, en teora tambin es un punto a favor, ya que todos los proveedores del cantn estn en igualdad de condiciones para participar y de la misma forma de resultar ganadores. La parte prctica es la que no aplica del todo, por cuanto, hay varios proveedores que extraamente son consecutivamente adjudicados el sistema, mientras que otros tantos participan de forma reiterada y simplemente nunca resultan contratistas en las entidades contratantes que publican procesos de obras.
La razn no pide fuerza, los sistemas informticos son creaciones humanas que, como tales, son manipulables, y al formar parte de un sistema pblico, las responsabilidades sobre claves, funcionamiento y mantenimientos, se reducen a los propios funcionarios y titulares del Servicio Nacional de Contratacin Pblica. Los ganadores de los procedimientos de contratacin pblica en menores cuantas, pueden como no, ser personas dirigidas, pero sin duda, el someterse a un control como este, genera una suerte de transparencia que en otros procesos no cabe.
Los resultados obtenidos mediante el estudio probabilstico de la adjudicacin de los procesos de menor cuanta dentro de los GAD muestran que hay un sesgo que beneficia a ciertos contratistas en la adjudicacin de contratos. En consecuencia, el sistema no estara contribuyendo a mejorar la competitividad entre contratistas ni a transparentar los procesos de contratacin de obras. La contratacin de obras es un proceso que necesita mejoras para alcanzar los objetivos para los que fue creado el SERCOP (Rodrguez E. , 2018, pg. 91).
Una parte fundamental en el proceso de contratacin, se constituye la calificacin de ofertas, que pasan por el filtro de la comisin tcnica, que, para el caso de la administracin zonal de estudio, se vuelve un requisito sine qua non, el contar con los profesionales delegados, a fin de realizar el filtro de los requisitos establecidos en las especificaciones tcnicas. Sobre este particular la LOSNCP, en concordancia con su reglamento, no considera un tema obligatorio el contar con la comisin en procesos de menor cuanta.
La mxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, conformar una comisin tcnica para todos los procedimientos de rgimen comn, subasta inversa, rgimen especial, y procedimientos especiales establecidos en la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica y en el presente Reglamento, cuyo presupuesto referencial sea igual o superior a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio fiscal, que se integrar de la siguiente manera: 1. Un profesional que la mxima autoridad o su delegado designe, quien la presidir. 2. El titular del rea requirente o su delegado; y, 3. Un profesional afn al objeto de la contratacin designado por la mxima autoridad o su delegado (Reglamento a la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, 2008, art. 58).
Bajo el contexto de que un sistema es manipulable, mucho ms los seres humanos, es importante sealar que los actos de corrupcin para quienes forman parte de las comisiones tcnicas, son una constante dentro de la contratacin pblica, pues, se originan eventos como: la entrega de documentos que inicialmente no estaban, y que no coinciden con el folio; la convalidacin de documentos que no caben como convalidables; la recepcin de ofertas fuera del horario establecido; el rechazo de ofertas por errores que si son convalidables y aun as, no se les solicita hacerlo; la presencia de ofertas perfectamente coincidentes con lo que la entidad busca, desde los APUS hasta el presupuesto referencial, -en proceso ajenos a las menores cuantas-, entre otros.
A partir de la promulgacin del Reglamento a la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, el 20 de junio de 2022, las ofertas nicamente se presentan de forma electrnica, a travs de las herramientas implementadas por el Servicio Nacional de Contratacin Pblica, y el nico proceso que contempla su presentacin mediante medios fsicos, se reduce a la Feria Inclusiva. Con este cambio ciertas prcticas sealadas en el prrafo anterior ya no se dan, en razn de la inalterabilidad de la oferta en el SOCE.
Respecto a la calificacin en las menores cuantas, sta se reduce al mtodo de cumple / no cumple, en donde se determina a manera de un check list, los requisitos establecidos en las especificaciones tcnicas, y los pliegos emitidos por la entidad contratante. En el caso de existir errores, se envan a convalidar, los oferentes acogen o no stas ltimas observaciones y reenvan las ofertas para que sean aprobadas y pasen a la lista de proveedores habilitados por el SERCOP, a fin de que sean sorteados.
Una vez que se ha analizado los principios rectores de la contratacin pblica, se puede definir la importancia de que estos se cumplan y apliquen de forma taxativa en los procedimientos precontractuales en todas sus etapas, siendo una de estas la convalidacin de errores de forma presentados en las ofertas y de esta manera evitar la discrecionalidad de la administracin pblica al momento de descalificar una oferta, ya que este acto si no est enmarcado dentro de los citados principios afectara la competencia de los oferentes, ms an cuando esta facultad se enmarca en la discrecionalidad reglada la cual se ejerce en cumplimiento al procedimiento y con la debida motivacin del caso (Mora, 2015, pg. 45).
Ahora bien, es preciso hacer un contraste del proceso de cotizacin de obras, el cual, consiste a breves rasgos, en la publicacin de la obra, con los anexos y los requerimientos establecidos en los trminos de referencia, la presentacin de ofertas por parte de los futuros contratistas, la calificacin de las mismas por los miembros de la comisin tcnica, por la modalidad de puntaje, la determinacin de la oferta ganadora, la sugerencia para la mxima autoridad del oferente mejor calificado, la adjudicacin y la suscripcin del contrato.
De lo analizado es evidente que el mayor nmero de reclamaciones se da por la evaluacin de ofertas o calificacin de ofertas y en segundo lugar estn relacionadas con la declaracin del Valor Agregado Ecuatoriano VAE, este ltimo a travs del SERCOP que es el comisionado de verificar que lo declarado produccin nacional sea lo correcto, ya que por ley se privilegiar y elegir lo nacional frente a lo extranjero, independiente del valor ofertado en los procesos dinmicos (Miranda, 2022, pg. 289).
Como se puede apreciar en el proceso de cotizacin los momentos de direccionar el ganador de un proceso son mucho ms abiertos, ya que en primera instancia, el presupuesto referencial, puede ser mayor o menor al sealado por la entidad contratante, circunstancia en la cual, se puede contemplar alguna forma de sobreprecio en los rubros contemplados en la ejecucin de obras, lo cual, de la mano con el manejo del criterio de que en la contratacin de obras, no es el mejor costo el que manda, el oferente ganador puede establecer un monto que beneficie en cierto porcentaje al funcionario a cargo del proceso.
Otro evento que se presenta en esta modalidad de contratacin, es que, al incrementarse el precio del objeto de contratacin para lograr estar como cotizacin, es que, el nmero de oferentes se reduce considerablemente, en un nmero que oscila entre los 7 a 10 proveedores del proceso de contratacin. Esto debido al incremento en las exigencias respecto de los requisitos que deben cumplir para poder presentar sus ofertas, desde el personal que debe intervenir y sus estudios hasta la maquinaria que deber emplearse como mnimo en la ejecucin de la obra.
Los requisitos y condiciones de participacin que se exija a los oferentes y, en consecuencia, los criterios con los que se evaluar las ofertas y se adjudicar la licitacin, sern aquellos que sean esenciales para asegurarse de que el proveedor cuenta con la solvencia financiera y la capacidad jurdica, comercial y tcnica para hacerse cargo de la contratacin en ciernes. Bajo esta premisa, las condiciones de participacin no deberan incluir criterios tales como participacin nacional o local, o aquellos referentes a la condicin o al tamao de los proveedores (Tamayo, 2016, pg. 21).
Al existir un mnimo de oferentes entre una y otra forma de contratar obras, sin duda se coarta la concurrencia, como principio clave de la contratacin pblica, pues se reduce significativamente la cantidad de posibilidades y propuestas de las cuales el Estado, a travs de sus entidades contratantes pueden elegir, as como se le limita en su capacidad de comparacin y decisin sobre la mejor posibilidad, que cumpla con los fines establecidos en el momento del levantamiento de la necesidad y en consecuencia atienda el requerimiento que gener la ciudadana.
El anlisis que se ha venido realizando, decanta en que los oferentes de obras se ven coartados en su derecho a la seguridad jurdica, pues al encontrarse involucrados en la prctica de la contratacin pblica, estos, estn debidamente informados respecto de la publicacin de los procesos de contratacin a efectuarse durante el ao calendario en las diferentes entidades del estado a travs de sus planes anuales de contratacin. Para el caso de la administracin zonal en estudio, su participacin en caso de obras, se reducir a procesos bajo la modalidad de menor cuanta y cotizacin.
El derecho a la seguridad jurdica, en su dimensin pasiva, implica que el individuo debe contar con un ordenamiento jurdico previsible, claro, determinado, estable y coherente que le permita tener una nocin razonable de las reglas del juego que le sern aplicadas. Este derecho, genera una obligacin sustancial para los poderes pblicos, pues ellos estn obligados a brindar certeza a los individuos que una situacin jurdica se crea o modifica ms que por procedimientos regulares establecidos previamente y por autoridad competente, a efectos de evitar la arbitrariedad (Corte Constitucional del Ecuador, 2014, No. 223-21-EP/21).
Al existir norma previa, esto es, el artculo 22 de la LOSNCP y el artculo 43 de su Reglamento, el PAC, prev la cantidad de procesos de contratacin que se efectuarn en un ao calendario, con su modalidad de contratacin, presupuesto referencial, cuatrimestre y el objeto sobre el cual va a versar dicha obra, razn por la cual, la preexistencia de una norma que determine cul es la forma en la que se va a proceder sobre las contrataciones, se encuentra ya sentada.
Si bien sus cambios se encuentran contemplados por el artculo motivo de reforma en este trabajo, lo que se vulnera es la falta de motivacin, desde la perspectiva de la relacin de los antecedentes y la normativa, determinados en las resoluciones que la proponen. La no justificacin y el abuso de los servidores pblicos para amparar los fines de las autoridades o de los funcionarios a cargo de los procesos, es lo que se busca frenar y alertar con esta investigacin.
Sobre la seguridad jurdica, la Corte Constitucional, establece:
El control constitucional sobre el derecho a la seguridad jurdica, la Corte Constitucional est llamada a verificar afectaciones que tengan una trascendencia constitucional consistente, es decir, que, en el caso de verificarse un incumplimiento al orden jurdico, se produzca una afectacin a uno o varios derechos constitucionales del accionante. As, la mera constatacin de que una norma infraconstitucional ha sido infringida, no supone per se una violacin a la seguridad jurdica, al mismo tiempo que, tampoco le corresponde a esta Corte pronunciarse respecto de la correcta o incorrecta aplicacin e interpretacin de las normas infra constitucionales (Corte Constitucional del Ecuador, 2014, No. 223-21-EP/21).
Dentro de los derechos vulnerados por las constantes reformas al PAC, se encuentran entre otros, el derecho a la libertad de contratacin, que, al estar dentro de los derechos de libertad contenidos en la Constitucin de la Repblica del Ecuador, consagra, la posicin de las partes que van a contratar, respecto de su anuencia. En este sentido la contratacin estatal, evidencia esta voluntad en el momento en el que el contratista y la contratante, deciden proyectar una oportunidad de trabajo a travs de un proceso de contratacin contrato, y finiquitarlo con un instrumento legal, que es el contrato.
Libertad de contratacin: Por otro lado, pero en el mismo mbito garantista constitucional, se reconoce el derecho a la libertad de contratacin, instituido como "derecho de libertad de las personas" por el artculo 66 numeral 16 de la Constitucin, situacin que implica que el inmenso mbito que poseen estas para decidir celebrar contratos y determinar su contenido, as como las condiciones, limitaciones, modalidades, formalidades, plazos y dems particularidades estarn regidas por la autonoma de la voluntad de los contratantes, dentro del marco constitucional y legal vigente en el Ecuador (Corte Constitucional del Ecuador, 2014, No. 171-14-SEP-CC).
Otro de los derechos afectados es el derecho al trabajo de los oferentes, consagrado en el artculo 66, numeral 2 de la Carta Constitucional, en concordancia con lo dicho en el artculo 33 del mismo cuerpo legal, en razn de que, el estado en su obligacin de generar fuentes de empleo, emplea la contratacin del estado con personas naturales y jurdicas, con el objeto de descentralizar las actividades que como ente no puede realizar, y de sta forma, logra optimizar la ejecucin de en este caso, las obras en pro de la satisfaccin ciudadana.
Al ser una entidad pblica la que realiza estos cambios, a nombre del Estado, tambin lo desacredita, y cambia como bien seala la Corte, las reglas del juego para los oferentes, pues el proceso de cotizacin reduce considerablemente las posibilidades de participacin, versus el proceso de menor cuanta de obras, ya que las posibilidades en caso de esta Administracin Zonal bajan de 38 en un primer momento a 8, es decir, en un 78%. En consecuencia, el derecho al trabajo se ve afectado para quienes tienen expectativas de participacin, ya que al ser sorteados sobre la lgica de que todos los oferentes en cualquier momento sern adjudicados, estos tienen mejores posibilidades de ser adjudicados cuando existen mayores procesos lanzados al pblico.
Se entender que el trabajo constituye una aspiracin esencial dentro de la vida de las personas, siendo un medio por el cual se podr obtener una manutencin, puede mejorar la calidad de vida incluso de los familiares. Por otra parte, produce bienestar en las personas el hecho de tener un trabajo estable, una vida confortable y la seguridad de poder suplir las necesidades propias y su entorno familiar; es por ello, que la sociedad busca del Estado, la proteccin y garanta al acceso de las personas a un trabajo digno libremente escogido y remunerado (Castillo C. , 2020).
Por lo expuesto, es importante realizar limitaciones, respecto de la Reforma al Plan Anual de Contratacin, en las entidades pblicas, as como el establecimiento de filtros de control por parte de entidades como la Contralora general del Estado, o el mismo SERCOP, a fin de que las proyecciones de procesos de contratacin, en efecto sean necesarias y justificadas, sin que esto afecte la seguridad jurdica de los oferentes o los principios de concurrencia, participacin nacional y publicidad ya revisados.
Metodologa
En el caso de la investigacin planteada, se ha trabajado con metodologa que parte de un enfoque mixto; cualitativo, por la revisin de ley, doctrina y jurisprudencia, y; cuantitativo, por el anlisis estadstico efectuado. Se han utilizado como mtodos de investigacin, el histrico jurdico; por el anlisis del texto normativo, sus falencias y la consecuente reforma al PAC as como por el anlisis jurisprudencial de la seguridad jurdica, desde la visin de la Corte Constitucional del Ecuador, como parte de los objetivos planteados; y; el analtico sinttico, por la argumentacin realizada en pro de evidenciar el problema que representa el realizar constantes reformas al PAC, respecto de la certeza generada en los posibles oferentes. Se ha complementado el proceso con la tcnica de encuesta, respecto de una poblacin de 50 personas, a fin de respaldar el argumento de la necesidad de realizar la reforma al PAC, limitando el abuso de esta figura legal.
Resultados
Encuesta: La encuesta, se realiz con la poblacin de 50 personas, en razn de buscar un nmero amplio de oferentes, que puedan evidenciar su experiencia y la postura de diversos criterios sobre las preguntas a realizarse. Los participantes son proveedores de obras recurrentes en la Administracin Zonal de estudio, tanto en las modalidades de menor cuanta, como cotizacin con un total de 8 preguntas, que develarn si el tema propuesto es conocido por los mismos y si los argumentos planteados en este trabajo, son verificables con sus respuestas.
Figura No. 1: Conoce usted que es el Plan Anual de Contratacin?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
De la totalidad de oferentes consultados, se puede observar que el Plan Anual de Contratacin es conocido por los encuestados en un 88%, lo que significa que, la herramienta publicada por las entidades contratantes es entendida en su contexto, por los posibles contratistas a participar en el proceso de contratacin que se publique.
Figura No. 2: Ha participado como oferente en los procedimientos de contratacin pblica de las Administraciones Zonales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
De los resultados obtenidos ante esta interrogante, se puede colegir, que la muestra encuestada, es una constante respecto de la participacin en los procesos de contratacin de obras en la Administracin Zonal de estudio, por lo que conoce sobre el tema de estudio de este artculo cientfico.
Figura No. 3: Entre los procesos de menor cuanta y cotizacin de obras, en cuales prefiere participar?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
La modalidad de menor cuanta de obras, si duda es el proceso mejor acogido por los oferentes de obras, respecto de los enmarcados dentro de la cotizacin, apenas un 6% prefiere participar en ste ltimo.
Figura No. 4: Seale las razones del porque prefiere el proceso elegido:
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
De las opciones dadas a los oferentes, respecto de las razones del porque eligen uno y otro proceso de contratacin, la que sobresale es la de confianza en la etapa de calificacin de ofertas, lo que expone el criterio de que la menor cuanta de obras, al ser calificada y sorteada por el sistema, es la mejor opcin para la poblacin encuestada. La calificacin de la cotizacin se reduce a los miembros de la comisin tcnica y el criterio del puntaje que ellos determinen.
Figura No. 5: Considera que la Reforma constante del PAC por parte de las entidades pblicas, afecta su decisin de participacin en los procesos de contratacin de obras?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
La mayora de los encuestados, ha manifestado su posicin de que la reforma al Plan Anual de Contratacin Pblica, afecta su decisin de participar en los procesos que han sido lanzados en la contratacin de obras.
Figura No. 5: La publicacin del PAC a inicios del ao calendario, le genera expectativas sobre su participacin en la contratacin de obras?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
El 96% de la poblacin encuestada, determina que la publicacin del Plan Anual de Contratacin a enero de cada ao calendario, en efecto, genera expectativas sobre la participacin en los procesos de obras, pues se puede planificar su participacin, considerando el objeto, el monto, cuatrimestre y equipo requerido.
Figura No. 6: Los cambios de procesos inicialmente lanzados como menores cuantas de obras y cambiados con reforma al PAC, reducen su capacidad de participacin en los procesos de obras?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
De la muestra encuestada, se puede colegir que al unificarse procedimientos inicialmente planificados como menor cuanta de obras y convertidos en cotizacin, se reduce la participacin de los oferentes de obras en un 90%, ya sea por el incremento de requisitos o en su defecto por la capacidad tcnica y operativa exigida.
Figura No. 7: Conoce sobre oferentes de obras que ganen de forma constante en las Administraciones Zonales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito?
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
De los oferentes de obras en la Administracin Zonal de estudio, se puede determinar que el 84% de los mismos, conocen sobre contratistas ganadores, reiterativos en la contratacin de obras en las dependencias adscritas al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Figura No. 8: Conociendo sobre el particular anterior, sus expectativas de participacin en los procesos de obras que lanzan las Administraciones Zonales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito son:
Nota: Elaboracin propia. Fuente: Cuestionario aplicado
Un 74% de los oferentes encuestados, considera que puede seguir participando en los procesos de menor cuanta con probabilidad media, y un 6% en posibilidades altas, lo cual, determina que su necesidad de contratar con el estado es una constante en los procesos lanzados por las Administraciones Zonales.
Discusin
De los resultados se puede evidenciar que la poblacin de oferentes consultados, evidencian un amplio conocimiento sobre el Plan Anual de Contrataciones, as como de los procesos de contratacin de obras bajo las modalidades de menor cuanta y cotizacin, as como su preferencia sobre el proceso al cual aplicar y las razones del porqu. De la misma forma, se determina el direccionamiento de procesos de contratacin y la reiterativa adjudicacin a ciertos oferentes en la Administracin Zonal de Estudio, como una realidad.
De la teora planteada, aunada con los resultados de la encuesta, se ha podido establecer que la reforma al PAC, ha sido mal empleada por parte de las entidades contratantes, ya que, es el camino idneo para unificar procesos, direccionarlos a discrecionalidad de la mxima autoridad o su funcionario delegado, o en su defecto beneficiarse de los fondos estatales, pactando con los ganadores por beneficios y/o ddivas.
En el Ecuador, no existen trabajos investigativos de relevancia en contratacin pblica, respecto del Plan Anual de Contrataciones, su uso, su estructura y sus ventajas o problemas respecto de su aplicacin, sin embargo, la prctica de la contratacin de obras, evidencia las inconsistencias que su abuso ha generado y las malas prcticas que se ocultan detrs.
En las limitaciones encontradas, estn la falta de investigaciones previas, de doctrina nacional, pues la legislacin comparada, no guarda las realidades que el Ecuador tiene en materia de contratacin pblica, as como el acceso a la informacin catalogada como pblica, sobe las reformas realizadas por las entidades contratantes respecto del Plan Anual de Contratacin -PAC.
Conclusiones
La publicacin del Plan Anual de Contrataciones (PAC) hasta el 15 de enero de cada ao, genera seguridad jurdica en aquellos proveedores del Estado que pueden acogerse a los distintos procesos precontractuales que las entidades pblicas van a generar.
La figura legal de la Reforma al Plan Anual de Contrataciones (PAC), es muy ambigua, no determina lmites en las veces en las que una entidad contratante puede acogerse a esta facultad, as como tampoco establece lineamientos claros sobre qu elementos del PAC pueden reformarse.
La discrecionalidad sobre la cual las autoridades deciden reformar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) a su criterio, oculta prcticas de contratacin como el empaquetamiento de obras, el direccionamiento del proceso de contratacin a oferentes determinados, y la limitacin de la participacin de los posibles contratistas en la restriccin de las especificaciones tcnicas.
El agrupar obras que se encontraban planificadas inicialmente bajo la modalidad de contratacin de menor cuanta de obras, para luego convocarlas a travs de cotizacin, afecta los principios de concurrencia, trato justo y participacin nacional determinados en el artculo 4 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica.
El control de entidades como la Contralora General del Estado, o el SERCOP, sera un camino para frenar las malas prcticas y limitar el nmero de reformas al Plan Anual de Contratacin en el artculo 22 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, frenara el abuso de la norma, generando reformas debidamente motivas y justificadas en las razones de su cambio.
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