Evaluacin de la efectividad de las rdenes de proteccin contra agresores en Ecuador
Evaluating the effectiveness of protection orders against abusers in Ecuador
Avaliao da eficcia das ordens de proteo contra agressores no Equador
Correspondencia: bfrancog@untumbes.edu.pe
Ciencias Jurdicas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 26 de agosto de 2024 *Aceptado: 24 de septiembre de 2024 * Publicado: 28 de octubre de 2024
I. Universidad Nacional de Tumbes, Per.
Resumen
El femicidio es un delito en crecimiento en Ecuador, lo que resalta la urgencia de evaluar la efectividad de las medidas de proteccin implementadas por los tribunales para defender a las mujeres de sus agresores. A da de hoy, estas medidas no han logrado salvaguardar de manera adecuada a las mujeres. Segn el Instituto Nacional de Investigaciones, Estadsticas y Censos, se calcula que 6 de cada 10 mujeres en Ecuador han sido vctimas de algn tipo de violencia de gnero. Para enfrentar esta situacin, se utiliz una metodologa de enfoque mixto con alcance descriptivo-explicativo y un diseo no experimental transversal, lo que permiti un anlisis detallado del fenmeno social, sus causas y condiciones. Como resultado, se propuso establecer una oficina tcnica en cada unidad judicial del pas, operando durante todo el ao, para combatir la violencia contra la mujer y prevenir el femicidio.
En resumen, no es suficiente con tener leyes que protejan los derechos y libertades de las vctimas de violencia de gnero. Es esencial aplicar el principio de garantismo penal y que el Estado fortalezca los equipos especializados para asegurar la proteccin y el anlisis de los derechos de las vctimas, garantizando as una proteccin efectiva de sus derechos como mujeres.
Palabras Clave: Femicidio; medidas cautelares; violencia de gnero; proteccin.
Abstract
Femicide is a growing crime in Ecuador, which highlights the urgency of evaluating the effectiveness of the protection measures implemented by the courts to defend women from their aggressors. To date, these measures have failed to adequately safeguard women. According to the National Institute of Research, Statistics and Census, it is estimated that 6 out of 10 women in Ecuador have been victims of some type of gender violence. To address this situation, a mixed-approach methodology with a descriptive-explanatory scope and a cross-sectional non-experimental design was used, which allowed for a detailed analysis of the social phenomenon, its causes and conditions. As a result, it was proposed to establish a technical office in each judicial unit of the country, operating throughout the year, to combat violence against women and prevent femicide.
In short, it is not enough to have laws that protect the rights and freedoms of victims of gender violence. It is essential to apply the principle of criminal guarantees and for the State to strengthen specialized teams to ensure the protection and analysis of the rights of victims, thus guaranteeing effective protection of their rights as women.
Keywords: Femicide; precautionary measures; gender violence; protection.
Resumo
O femicdio um crime crescente no Equador, o que reala a urgncia de avaliar a eficcia das medidas de proteo implementadas pelos tribunais para defender as mulheres dos seus agressores. At data, estas medidas no conseguiram proteger adequadamente as mulheres. Segundo o Instituto Nacional de Investigao, Estatstica e Censos, estima-se que 6 em cada 10 mulheres no Equador tenham sido vtimas de algum tipo de violncia de gnero. Para fazer face a esta situao, recorreu-se a uma metodologia de abordagem mista com mbito descritivo-explicativo e desenho transversal no experimental, que permitiu uma anlise detalhada do fenmeno social, das suas causas e condies. Como resultado, props-se a criao de um gabinete tcnico em cada unidade judiciria do pas, a funcionar durante todo o ano, para combater a violncia contra as mulheres e prevenir o femicdio.
Em suma, no basta ter leis que protejam os direitos e liberdades das vtimas de violncia de gnero. fundamental a aplicao do princpio das garantias penais e que o Estado reforce equipas especializadas para garantir a proteco e anlise dos direitos das vtimas, garantindo assim a proteco efectiva dos seus direitos como mulheres.
Palavras-chave: Feminicdio; medidas cautelares; violncia de gnero; proteo.
Introduccin
La promulgacin de la Ley 103 en 1995 marc un cambio importante en la proteccin de las vctimas de violencia en Ecuador. Esta normativa, que introdujo medidas de proteccin para resguardar a las vctimas de sus agresores, estableci los cimientos para una respuesta legal y estructural ms robusta ante este problema. Con la aprobacin del Cdigo Orgnico Integral Penal en 2014, el marco jurdico para la defensa de los derechos de las mujeres y las familias se fortaleci an ms, reafirmando el compromiso del Estado en la lucha contra la violencia de gnero. Sin embargo, fue en 2018 cuando se dio un avance considerable con la implementacin de una ley especfica destinada a erradicar la violencia contra las mujeres, cuyo principal objetivo es la puesta en marcha de polticas pblicas y programas efectivos de prevencin.
Es evidente que la violencia contra la mujer no es solo un problema que afecta a las vctimas, sino un reto para la sociedad que exige una respuesta conjunta. En este contexto, la comunidad internacional ha reconocido que la violencia contra las mujeres constituye una grave violacin de los derechos humanos. Este reconocimiento refleja una mayor comprensin de la naturaleza estructural y sistmica de esta violencia, as como de su impacto en la vida y dignidad de las mujeres a nivel global.
El anlisis del feminicidio enfrenta dificultades relacionadas con la recoleccin de datos. Entre estos problemas se incluyen la falta de informacin precisa sobre el nmero exacto de mujeres asesinadas, las razones detrs de estos crmenes y la poca confiabilidad de las estadsticas. Esto se debe a que las cifras oficiales no registran aspectos clave como el motivo del crimen, la relacin entre la vctima y el perpetrador, ni los distintos tipos de violencia que la mujer sufri antes de ser asesinada, o la ubicacin del cuerpo. En este contexto, es crucial explorar alternativas que permitan entender el feminicidio de manera ms precisa.
En Ecuador, en 1994, se comenz a abordar la problemtica de la violencia de gnero y a implementar medidas para proteger a las vctimas. Castillo (2021) seala que, por primera vez, se crearon las comisaras de la mujer con el propsito de recibir denuncias y ofrecer apoyo psicolgico y social a las vctimas. Sin embargo, estas comisaras tenan limitaciones debido a la falta de un marco legal que respaldara el trabajo de la justicia en casos de violencia intrafamiliar. Por esta razn, en 1995 se promulg una ley que tipificaba la violencia contra la mujer y la familia, reconociendo por primera vez que la violencia intrafamiliar es un problema social que el Estado debe abordar con responsabilidad y medidas de prevencin estrictas (Tamayo, Ley, 1998).
Es importante sealar que la violencia sexual y la violencia intrafamiliar no son lo mismo. Mientras que la violencia sexual afecta a la mujer como individuo, la violencia intrafamiliar afecta a la familia en su conjunto. No obstante, esta distincin no excluye el reconocimiento de que el entorno familiar puede ser un espacio donde se perpetan dinmicas de poder vinculadas a la violencia de gnero (Maqueda, 2008).
La Declaracin sobre el Femicidio fue aprobada por el Comit de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencin de Belm do Par (MESECVI) (OEA, Segundo Informe Hemisfrico Sobre la Implementacin de la Convencin de Belm do Par, 2012, pg. 29) y defini el femicidio de manera precisa.
Para Bourdeiu (2000, pg. 8), la sociedad mantiene un orden sexual cuyo significado social est determinado por representaciones que colocan a las mujeres en una posicin subordinada frente a los hombres. Esto construye una realidad sexual donde el cuerpo se convierte en un smbolo de divisin y dominio, estructurando la interaccin social y reproduciendo dinmicas de poder.
Lamas (2003, pg. 2) seala que estos puntos buscan eliminar obstculos y crear una cultura de resistencia y prevencin. Como menciona, "el xito de la perspectiva de gnero radica en reconocer que el comportamiento masculino y femenino no es algo innato, sino que es una construccin social".
Diane Russell y Jill Radford argumentan que usar el trmino "femicidio" para referirse a mujeres asesinadas por su gnero elimina la ambigedad de expresiones como "homicidio" o "asesinato". El concepto de femicidio es fundamental porque subraya la naturaleza sistemtica de la violencia de gnero y nos aleja de explicaciones individualistas o patologizantes que tienden a culpar a las vctimas y a considerar a los perpetradores como personas "desequilibradas" o "fuera de control".
La abogada Marcela Estrella Bucheli (2017) sostiene que la discriminacin y violencia contra las mujeres no puede resolverse solo con medidas penales. Abordar el feminicidio como un delito penal genera una falsa sensacin de seguridad, ya que las mujeres seguirn muriendo pese a su tipificacin en el cdigo penal. El feminicidio debe ser visto como un problema de polticas pblicas, y no solo como una cuestin legal, que requiere accin estatal contra el sexismo y la impunidad. Bucheli tambin menciona que sin estudios estadsticos fiables sobre las muertes de mujeres, el discurso feminista ha logrado sensibilizar al parlamento y a la sociedad sobre la necesidad de prestar atencin especial a los delitos de gnero.
Finalmente, Mariela Rosero, editora de El Comercio (2019), recuerda que el femicidio de Diana Carolina en Imbabura fue observado por muchos ecuatorianos a travs de redes sociales. Este caso, como muchos otros, ha sido visibilizado por organizaciones que registran y mapean la violencia, con 88 femicidios registrados en 2018. Gioconda Herrera, especialista en estudios de gnero, seala que estos casos no deben limitarse al mbito privado.
Metodologa
Para que una normativa sea efectiva, es esencial realizar un seguimiento adecuado que garantice su cumplimiento. En Ecuador, la proteccin para las mujeres vctimas de violencia es deficiente. Las medidas de proteccin establecidas en el artculo 558 del Cdigo Orgnico Integral Penal resultan ineficaces si no hay una supervisin exhaustiva por parte de las oficinas tcnicas de los juzgados. La falta de una entidad tcnica que realice un monitoreo constante para asegurar la aplicacin de estas medidas contribuye a una respuesta ineficiente en la proteccin de las mujeres.
El enfoque metodolgico podra ser mixto, combinando tanto mtodos cualitativos como cuantitativos. Los mtodos cualitativos serviran para explorar las vivencias de las vctimas y evaluar cmo perciben la efectividad de las medidas de proteccin. Por otro lado, los mtodos cuantitativos permitiran analizar datos objetivos, como las tasas de reincidencia y el impacto de las medidas en la prevencin del femicidio.
La investigacin es de tipo analtica, ya que permite examinar en profundidad la relacin entre la implementacin de medidas de proteccin especficas y la prevencin de femicidios, identificando los factores clave que influyen en su efectividad o ineficacia. Adems, se trata de un estudio no experimental, porque no se pretende manipular variables, sino observar y medir los fenmenos en su contexto natural para su posterior anlisis.
Una poblacin se refiere a un grupo de personas que comparten caractersticas comunes y de quienes se busca recolectar informacin sobre las variables en estudio. En este caso, la poblacin investigada estuvo formada por abogados miembros del Ilustre Colegio de Abogados del Guayas, que ejercen el derecho en Ecuador. El total de la poblacin para esta investigacin incluy a 10 profesionales entrevistados y encuestados.
Dado que el Colegio de Abogados del Guayas cuenta con aproximadamente 16,303 miembros, se seleccion una muestra del 0.24%, que lleg al 100%, aplicando a estos abogados el cuestionario correspondiente.
El mtodo de investigacin empleado fue el hipottico-deductivo, utilizado tambin por la Universidad Nacional de Tumbes en sus tesis, y que se conoce como mtodo analtico-sinttico (Arias, 1999). Este mtodo parte de la formulacin de hiptesis, que luego se someten a contrastes estadsticos inferenciales para ser validadas, de acuerdo con las pruebas seleccionadas para cada objetivo (Ander Egg, 2004). El mtodo jurdico complementario permiti revisar los fundamentos normativos y legales del objeto de estudio (Giraldo, 2007).
En este estudio se utiliz la entrevista como tcnica de investigacin. Segn aupas et al. (2018), la entrevista consiste en hacer preguntas para obtener respuestas y datos que luego son usados para validar las hiptesis. La confiabilidad de los instrumentos de medicin se garantiz mediante preguntas coherentes, lo que facilit la elaboracin de la gua de entrevistas y del cuestionario, en lnea con los objetivos de la investigacin. Este enfoque fue aplicado a una muestra de 10 abogados.
Resultados y discusin
A continuacin se presentan los datos correspondientes a la dimensin sobre la doctrina de las medidas de proteccin.
Tabla 1.
Doctrina de medidas de proteccin.
TEM |
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
3 |
7.5 |
8 |
20 |
14 |
35 |
15 |
37.5 |
Los resultados revelaron que el 37.5% de los encuestados tena un conocimiento completo sobre el tema de las medidas de proteccin. Un porcentaje similar, el 35%, manifest tener un conocimiento moderado al respecto. Adems, el 20% indic que conoca poco sobre el tema, mientras que un 7.5% afirm no tener ningn conocimiento (ver tabla 1).
Tabla 2.
Medidas de proteccin
TEMS
|
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
3 |
7.5 |
8 |
20.0 |
16 |
40.0 |
13 |
32.5 |
|
2 |
5.0 |
9 |
22.5 |
11 |
27.5 |
18 |
45.0 |
|
3 |
7.5 |
8 |
20.0 |
11 |
27.5 |
18 |
45.0 |
En la segunda tabla de resultados se observ que el 40% de los encuestados tena un conocimiento moderado sobre el significado de femicidio, mientras que el 32.5% manifest un conocimiento completo del tema. Sin embargo, el 20% seal tener poco conocimiento sobre lo que implica el femicidio, y un 7.5% lo desconoca por completo. Al ser consultados sobre si comprendan el propsito del modelo, el 45% respondi afirmativamente, mientras que el 27.5% afirm tener un conocimiento parcial. Un 22.5% indic que saba poco sobre el modelo, y el 5% admiti desconocerlo por completo.
De manera similar, los resultados sobre el conocimiento de las medidas de proteccin mostraron que el 45% de los encuestados las conoca plenamente, el 27.5% las conoca moderadamente, el 20% tena poco conocimiento y el 7.5% no tena ningn conocimiento al respecto (ver tabla 2).
Tabla 3.
Femicidio
TEMS |
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
1 |
2.5 |
4 |
10.0 |
11 |
27.5 |
24 |
60.0 |
En este contexto, se abord el femicidio como un problema social, y se observ que el 60% de los encuestados afirm tener un conocimiento completo sobre el tema. Por otro lado, el 27.5% indic que conoca el femicidio de manera moderada, el 10% manifest tener poco conocimiento, y solo un 2.5% admiti desconocerlo por completo (ver tabla 3). Estos porcentajes resultan especialmente interesantes dado el carcter militar de la institucin.
Tabla 4.
Unidades judiciales y el otorgamiento de medidas de proteccin.
TEMS
|
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
2 |
5.0 |
9 |
22.5 |
12 |
30.0 |
17 |
42.5 |
En lo que respecta a las unidades judiciales y el otorgamiento de medidas de proteccin, el 42.5% de los encuestados afirm tener un conocimiento completo sobre el tema, mientras que el 30% manifest conocerlo de manera moderada. Adems, el 22.5% indic tener poco conocimiento y un 5% admiti desconocerlo por completo (ver tabla 4). Esta brecha en el conocimiento puede dar lugar a acciones inadecuadas al no estar informados sobre aspectos relevantes del tema.
Tabla 5.
Requisito de control efectivo.
TEMS
|
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
2 |
5.0 |
9 |
22.5 |
9 |
22.5 |
20 |
50.0 |
En relacin con el tema de los agresores de femicidios, el 50% de los encuestados expres tener un conocimiento completo sobre el asunto. Por otro lado, el 22.5% indic que conoca el tema de manera moderada, mientras que otro 22.5% afirm tener muy poco conocimiento. Solo el 5% admiti desconocer este tema tan relevante en el mbito militar (ver tabla 5).
Tabla 6.
Victimas
TEMS |
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
3 |
7.5 |
8 |
20.0 |
24 |
60.0 |
5 |
12.5 |
En cuanto a la posicin de las vctimas de femicidio, los resultados revelaron que solo el 12.5% de los consultados tena un conocimiento completo sobre el tema. Es importante sealar que el 60% indic tener un conocimiento moderado, el 20% tena poco conocimiento, y el 7.5% desconoca el tema por completo (ver tabla 6). La posicin de garante es fundamental al establecer responsabilidades, por lo que es crucial que se maneje de manera adecuada.
Responsabilidad penal del femicida
TEMS
|
Desconoce totalmente del tema |
Conoce poco del tema |
Conoce medianamente del tema |
Conoce todo sobre el tema |
||||
0 |
1 |
2 |
3 |
|||||
F |
% |
F |
% |
F |
% |
F |
% |
|
|
0 |
0 |
4 |
10.0 |
7 |
17.5 |
29 |
72.5 |
|
0 |
0 |
3 |
7.5 |
11 |
27.5 |
26 |
65.0 |
|
0 |
0 |
3 |
7.5 |
10 |
25.0 |
27 |
67.5 |
En relacin con el femicida, los encuestados indicaron que el 72.5% tena un conocimiento completo sobre el tema, mientras que el 27.5% manifest conocerlo de manera moderada. Respecto a la responsabilidad del jefe militar en el estndar de hubiere debido saber, el 65% afirm tener un conocimiento total sobre este aspecto, y el 27.5% lo conoca medianamente. Por otro lado, en lo que se refiere al jefe militar y el delito en s, el 67.5% expres estar completamente informado sobre el tema, mientras que un 25% dijo tener un conocimiento moderado.
Discusin
Sin duda, abordar el tema del ms aberrante resultado de la violencia de gnero, el femicidio, genera ciertos conflictos. Una de las problemticas en esta investigacin ha sido la dificultad para acceder a la informacin jurisdiccional; en materias de reserva legal, existe un tipo especfico que afecta la posibilidad de conocer la existencia de medidas ejecutadas para proteger no solo la identidad de la vctima y sus familiares, sino tambin por el impacto que generan este tipo de delitos. Es fundamental acumular las investigaciones previas, estableciendo conexiones y situando las figuras masculinas y femeninas como antagnicas, ya que es necesario enfrentar esta problemtica. Sin embargo, es a travs de un estudio crtico desde la academia, con una postura neutral y libre de extremismos, que se pueden obtener resultados que evidencien la realidad social y, al mismo tiempo, presenten soluciones efectivas.
El presente proyecto de investigacin se establece desde un enfoque cualitativo en favor de los derechos de las vctimas que han sufrido algn tipo de violencia intrafamiliar.
Justificacin: La violencia de gnero se manifiesta como circunstancias en las que se ejerce violencia contra la mujer, afectando su integridad fsica y emocional. Por ello, los derechos humanos han implementado convenciones como la Convencin de Belm do Par, con el objetivo de garantizar el disfrute de los derechos y libertades de las mujeres en contextos de violencia intrafamiliar. En Ecuador, la violencia de gnero comenz a ser analizada en 1995, segn el Registro Oficial 839 del 11 de diciembre, buscando concienciar sobre este problema. Hasta la fecha, la normativa relacionada con la erradicacin de la violencia contra la mujer est incorporada en el Cdigo Orgnico Integral Penal.
Conclusiones
Contar nicamente con una legislacin que proteja los derechos y libertades de las vctimas de violencia de gnero es insuficiente. Es necesario implementar el principio de garantismo penal y que el Estado planee el aumento de equipos especializados encargados de analizar y asegurar la proteccin de los derechos de las vctimas, especialmente de las mujeres.
Aunque el fenmeno del femicidio no se limita exclusivamente a las clases ms desfavorecidas, se observa una mayor incidencia en entornos socioculturales de bajos recursos, donde predominan niveles educativos bajos y una alta tasa de desempleo o subempleo. Sin embargo, este problema no es exclusivo de estos grupos y requiere una revisin exhaustiva tanto de la normativa nacional como internacional, as como un anlisis de la doctrina, centrndose en casos concretos para comprender la magnitud de este fenmeno en la lucha contra todas las formas de violencia hacia la mujer.
La violencia contra la mujer tiene mltiples causas que no se vinculan nicamente al entorno de la vctima, su situacin econmica o su estatus social, sino que surgen de la interaccin de factores individuales, sociales, educativos, estructurales y polticos. Por lo tanto, su perpetracin no est ligada a una demografa particular, sino a modelos socioculturales y a relaciones de poder en la sociedad. As, es esencial establecer un acceso a la justicia que sea sensible y comprensivo, que considere las dinmicas dentro del fenmeno y garantice que las vctimas puedan llevar a cabo el proceso legal con xito.
Referencias
Maqueda, A. M. (2008). Es la estrategia penal violencia contra las una solucin a la violencia contra las mujeres? Algunas respuestas desde un discurso feminista crtico. solucin a la violencia contra las mujeres? Algunas respuestas desde undiscurso feminista crtico. Valencia: Tirant.
Bourdeiu, P. (2000). La dominacin masculina. Espaa: Anagrama.
Lamas, E. M. (2003). El gnero la construccin cultural de la diferencia sexual. Mexico.
Russell, D. (2006). Definicin de feminicidio y conceptos relacionados. Mxico: Diana Russell y Roberta Harmes.
Bucheli, A. M. (18 de Enero de 2017). Derecho Ecuador. Obtenido de https://www.derechoecuador.com/el-femicidio-un-tipo-penal-o-un-problema-social--
Rosero, M. (24 de Enero de 2019). Diario El Comercio. Obtenido de https://www.elcomercio.com/actualidad/violencia-genero-problema-privado-ecuador.html
2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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