Pueblos indgenas y derecho a la consulta previa, libre e informada en proyectos extractivos
Indigenous peoples and the right to free, prior, and informed consultation in extractive projects
Povos indgenas e o direito consulta livre, prvia e informada em projetos extrativos
![]() |
Correspondencia: freddy.soriab@ug.edu.ec
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 15 de marzo de 2025 *Aceptado: 25 de abril de 2025 * Publicado: 31 de mayo de 2025
I. Abogado, Magister, Docente de la Universidad de Guayaquil UG, Ecuador.
Resumen
Este artculo analiza el derecho a la consulta previa, libre e informada como un mecanismo de proteccin de los pueblos indgenas frente a los impactos de los proyectos extractivos. En el contexto latinoamericano y particularmente en Ecuador, este derecho ha sido reconocido tanto en la Constitucin como en instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT. Sin embargo, su aplicacin prctica enfrenta obstculos significativos relacionados con la falta de voluntad poltica, la debilidad institucional y la presin de intereses econmicos. El estudio parte de un enfoque cualitativo y jurdico, utilizando mtodos descriptivos, bibliogrficos y fenomenolgicos. A travs del anlisis de casos emblemticos, se evidencia que la consulta previa en muchas ocasiones ha sido una formalidad carente de eficacia real. Se propone la necesidad de fortalecer la institucionalidad, reconocer la jurisdiccin indgena y establecer protocolos de consulta culturalmente adecuados. El respeto al derecho a la consulta no solo protege territorios y culturas, sino que representa un requisito indispensable para avanzar hacia un modelo de desarrollo justo e intercultural.
Palabras clave: consulta previa; pueblos indgenas; proyectos extractivos; derechos colectivos; Ecuador; derechos humanos; Constitucin.
Abstract
This article analyzes the right to free, prior, and informed consent as a mechanism for protecting Indigenous peoples from the impacts of extractive projects. In Latin America, and particularly in Ecuador, this right has been recognized both in the Constitution and in international instruments such as ILO Convention 169. However, its practical implementation faces significant obstacles related to a lack of political will, institutional weakness, and pressure from economic interests. The study uses a qualitative and legal approach, utilizing descriptive, bibliographic, and phenomenological methods. Through the analysis of emblematic cases, it is evident that prior consultation has often been a formality lacking in real effectiveness. It proposes the need to strengthen institutions, recognize Indigenous jurisdiction, and establish culturally appropriate consultation protocols. Respect for the right to consultation not only protects territories and cultures but also represents an indispensable requirement for advancing toward a fair and intercultural development model.
Keywords: prior consultation; Indigenous peoples; extractive projects; collective rights; Ecuador; human rights; Constitution.
Resumo
Este artigo analisa o direito ao consentimento livre, prvio e informado como mecanismo de proteo dos povos indgenas contra os impactos de projetos extrativistas. Na Amrica Latina, e particularmente no Equador, esse direito reconhecido tanto na Constituio quanto em instrumentos internacionais como a Conveno 169 da OIT. No entanto, sua implementao prtica enfrenta obstculos significativos relacionados falta de vontade poltica, fragilidade institucional e presso de interesses econmicos. O estudo utiliza uma abordagem qualitativa e jurdica, utilizando mtodos descritivos, bibliogrficos e fenomenolgicos. Por meio da anlise de casos emblemticos, evidencia-se que a consulta prvia tem sido, muitas vezes, uma formalidade sem real efetividade. Prope-se a necessidade de fortalecer as instituies, reconhecer a jurisdio indgena e estabelecer protocolos de consulta culturalmente adequados. O respeito ao direito consulta no apenas protege territrios e culturas, mas tambm representa um requisito indispensvel para avanar em direo a um modelo de desenvolvimento justo e intercultural.
Palavras-chave: consulta prvia; povos indgenas; projetos extrativistas; direitos coletivos; Equador; direitos humanos; Constituio.
Introduccin
En el contexto de Amrica Latina, la presencia histrica de pueblos indgenas ha generado una profunda interaccin entre los sistemas jurdicos estatales y los sistemas normativos ancestrales. Esta realidad plural demanda la adopcin de mecanismos de reconocimiento y proteccin que garanticen los derechos colectivos de estas comunidades, entre los que destaca el derecho a la consulta previa, libre e informada. Este derecho se encuentra consagrado en instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT), as como en declaraciones universales de derechos indgenas.
El derecho a la consulta previa tiene como propsito asegurar que los pueblos indgenas puedan participar activamente en los procesos de toma de decisiones sobre medidas legislativas o administrativas que afecten sus territorios, identidades culturales o sistemas de vida. Esta participacin debe ser efectiva, culturalmente adecuada y realizada de buena fe, tal como lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en diversos fallos, entre ellos el caso Saramaka vs. Surinam (2007).
En el caso ecuatoriano, la Constitucin de 2008 representa un avance significativo al reconocer a Ecuador como un Estado plurinacional e intercultural. El artculo 57 establece expresamente el derecho de los pueblos indgenas a ser consultados sobre cualquier plan o proyecto que afecte sus derechos colectivos, particularmente en el mbito extractivo. No obstante, la implementacin prctica de este derecho ha sido irregular y objeto de crticas tanto por organismos internacionales como por organizaciones sociales locales.
La expansin de actividades extractivas como la minera, la explotacin petrolera y los megaproyectos hidroelctricos ha generado tensiones con las comunidades indgenas, quienes frecuentemente denuncian la falta de consulta real y efectiva. Estas tensiones revelan una contradiccin estructural entre el modelo de desarrollo econmico basado en el extractivismo y el respeto a los derechos colectivos consagrados en la Constitucin y tratados internacionales ratificados por el Ecuador.
Adems, la Corte Constitucional del Ecuador ha emitido sentencias relevantes sobre la consulta previa, destacando la importancia de su cumplimiento como requisito previo y no posterior a la ejecucin de proyectos. En la Sentencia No. 1149-19-JP/21, se establece que la consulta previa debe ser considerada un mecanismo de dilogo intercultural y no una formalidad administrativa (Corte Constitucional del Ecuador, 2021, p. 12).
Asimismo, el derecho a la consulta est vinculado directamente con el principio de autodeterminacin de los pueblos indgenas, que implica no solo participar en las decisiones que les afectan, sino tambin tener la capacidad de establecer sus prioridades en materia de desarrollo. Este principio se encuentra estrechamente relacionado con la justicia ambiental, ya que muchos proyectos extractivos impactan negativamente en los ecosistemas que sustentan a las comunidades.
En el plano internacional, se han identificado buenas prcticas en pases como Bolivia y Colombia, donde se han desarrollado protocolos propios de consulta construidos por las comunidades, lo que fortalece su participacin y legitimidad. Sin embargo, tambin se observan retrocesos en contextos donde los intereses econmicos priman sobre los derechos humanos, generando conflictos socioambientales y procesos judiciales prolongados.
El presente artculo busca analizar el estado actual del derecho a la consulta previa en Ecuador, explorando sus fundamentos normativos, evolucin jurisprudencial, y los principales obstculos que enfrenta en su implementacin. Adems, se examinan estudios de caso representativos y se comparan experiencias internacionales con el objetivo de identificar prcticas que puedan ser replicadas o adaptadas en el contexto ecuatoriano.
La metodologa empleada ser cualitativa y estar basada en el anlisis documental de normas jurdicas, sentencias y reportes de organismos internacionales. Esta aproximacin permitir evaluar de forma crtica la brecha entre el reconocimiento formal del derecho a la consulta y su aplicacin efectiva en contextos concretos.
En suma, este artculo defiende la tesis de que la consulta previa no debe concebirse como una concesin del Estado, sino como una expresin de los derechos colectivos, esenciales para garantizar la dignidad y supervivencia de los pueblos indgenas. Su cumplimiento efectivo es indispensable para avanzar hacia un modelo de desarrollo sostenible, equitativo y respetuoso con la diversidad cultural del pas.
Se propone, finalmente, que el fortalecimiento institucional, el reconocimiento de los sistemas jurdicos indgenas y la voluntad poltica son elementos clave para consolidar una prctica de consulta que no solo cumpla con estndares legales, sino que se convierta en un verdadero instrumento de justicia social e interculturalidad.
Estado del arte
El derecho a la consulta previa, libre e informada ha sido ampliamente estudiado en el mbito jurdico y antropolgico. Segn Espinosa (2021, p. 45), en Amrica Latina, este derecho ha evolucionado desde una perspectiva meramente formal hasta convertirse en un principio sustancial del derecho internacional de los derechos humanos. Autores como Yrigoyen Fajardo (2015, p. 30) han sealado que su eficacia depende de la voluntad poltica de los Estados y del reconocimiento del pluralismo jurdico. En Ecuador, la Corte Constitucional ha desarrollado una jurisprudencia slida, como en la sentencia No. 1149-19-JP/21, donde se establece que la consulta debe ser previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada (Corte Constitucional, 2021, p. 13).
Diversas investigaciones acadmicas (Luna, 2019; Acosta, 2020) coinciden en que el problema central radica en la distancia entre el reconocimiento normativo y su implementacin prctica. Estudios empricos del CDES (Centro de Derechos Econmicos y Sociales, 2022, p. 21) revelan que en muchos casos las consultas se han desarrollado una vez iniciado el proyecto extractivo, lo que vulnera el carcter preventivo del derecho. Adems, se identifica una falta de protocolos nacionales claros y una dbil articulacin entre el Estado y las organizaciones indgenas.
Marco terico
El derecho a la consulta previa tiene sus races en el principio de autodeterminacin de los pueblos indgenas, reconocido en el artculo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos. En el marco del Convenio 169 de la OIT, este derecho no es una mera formalidad, sino una obligacin legal vinculante. Segn Sieder (2018, p. 64), constituye un pilar del pluralismo jurdico y del respeto a la diversidad cultural.
Desde la perspectiva del constitucionalismo transformador, como seala Ramiro vila Santamara (2011, p. 89), los derechos colectivos no pueden analizarse desde una lgica individualista, sino desde una dimensin comunitaria e intercultural. La Constitucin del Ecuador de 2008 reconoce a los pueblos indgenas como sujetos de derechos colectivos, cuyas normas y procedimientos deben ser respetados en procesos que afecten su territorio y formas de vida.
Tambin se recurre al enfoque de justicia ambiental, que vincula el derecho a la consulta con la sostenibilidad ecolgica y la proteccin del hbitat tradicional de los pueblos originarios. Esto implica reconocer que la afectacin no solo es econmica, sino tambin espiritual, simblica y cultural (Gudynas, 2015, p. 102).
Estudios de caso y experiencias internacionales
En Ecuador, el caso del Pueblo Kichwa de Sarayaku contra el Estado ecuatoriano (Corte IDH, 2012) marc un precedente importante. La Corte Interamericana determin que el Estado haba violado el derecho a la consulta al autorizar actividades petroleras en territorio indgena sin consentimiento previo. En Colombia, la Corte Constitucional ha desarrollado estndares robustos para la consulta, como en la Sentencia SU-123/18, que obliga al Estado a suspender proyectos que no cumplan este requisito. En Bolivia, la Ley de Consulta a los Pueblos Indgenas (Ley N. 222) gener controversias, ya que fue considerada impuesta y sin legitimidad por varias comunidades.
Internacionalmente, destacan los protocolos autnomos de consulta en Canad y los modelos de decisin indgena en Australia, donde se reconoce mayor autonoma a las comunidades en la gestin de sus recursos.
Normativa ecuatoriana sobre consulta previa
Constitucin del Ecuador (2008): Artculo 57, numeral 7.
Ley Orgnica de Recursos Hdricos (2014): Exige consulta previa en megaproyectos.
Ley de Participacin Ciudadana: Incorpora la obligacin de consulta, aunque no especfica para pueblos indgenas.
Sentencias relevantes: Corte Constitucional No. 1149-19-JP/21, 001-10-SIN-CC, 22-18-IN/21.
Normativa internacional vigente: Convenio 169 de la OIT, Declaracin de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas (2007).
Metodologa
Este trabajo aplica una metodologa jurdica cualitativa, combinando tres enfoques:
Mtodo Descriptivo: Se describe el estado actual del derecho a la consulta previa en Ecuador y Amrica Latina.
Mtodo Bibliogrfico: Se analizan fuentes primarias (constitucin, leyes, tratados internacionales) y secundarias (libros, artculos, jurisprudencia).
Mtodo Fenomenolgico Jurdico: Se examinan las experiencias subjetivas de los pueblos indgenas en la aplicacin real del derecho a la consulta, a travs del estudio de casos judiciales y anlisis doctrinal.
Discusin y resultados
Definicin: La consulta previa es un derecho colectivo y un deber estatal, no una simple audiencia pblica.
Ejemplos de implementacin y resultados
Proyecto |
Comunidad Afectada |
Hubo Consulta? |
Resultado |
ITT-Yasun |
Waorani |
Parcial |
Accin de proteccin favorable |
Hidroelctrica Manduriacu |
Nacionalidad Kitu Kara |
No |
Protestas y demandas legales |
Minera Fruta del Norte |
Shuar |
No efectiva |
Conflicto activo |
Nota:
Elaboracin propia con base en datos del CDES (2023).
Fuente: Centro de Derechos Econmicos y Sociales, Informe Anual 2023
Explicacin: La mayora de los proyectos extractivos analizados no cumplieron plenamente con el estndar de consulta, generando resistencia y judicializacin.
Cuestiones ticas: La consulta previa plantea dilemas ticos relacionados con la legitimidad del consentimiento, el riesgo de cooptacin por parte de actores econmicos, y la manipulacin de procesos participativos que no reflejan la voluntad real de las comunidades.
Conclusiones
El derecho a la consulta previa, libre e informada es un instrumento fundamental para garantizar la dignidad, la autonoma y la supervivencia de los pueblos indgenas frente a los impactos de los proyectos extractivos. En Ecuador, aunque existe un marco normativo avanzado, su aplicacin ha sido deficiente. Es urgente superar la brecha entre la norma y la prctica, estableciendo mecanismos eficaces de cumplimiento y sancin. Solo as se podr avanzar hacia una democracia intercultural real y una justicia ambiental inclusiva.
Recomendaciones
Aprobar una ley especfica de consulta previa que defina etapas, plazos y sanciones.
Fortalecer la institucionalidad intercultural con participacin indgena.
Reconocer los protocolos propios de las comunidades como instrumentos jurdicos vlidos.
Garantizar el acceso a la justicia y medidas cautelares efectivas.
Promover la educacin jurdica intercultural en jueces y funcionarios.
Referencias
1. Acosta, A. (2020). El Buen Vivir como alternativa al desarrollo. Quito: Abya Yala.
2. CDES. (2022). Informe anual sobre derechos colectivos. Quito: CDES.
3. Corte Constitucional del Ecuador. (2021). Sentencia No. 1149-19-JP/21.
4. Corte IDH. (2012). Caso del Pueblo Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador.
5. Espinosa, M. (2021). Pluralismo jurdico y pueblos indgenas. Bogot: Siglo del Hombre.
6. Gudynas, E. (2015). Extractivismos y justicia ambiental. Montevideo: CLAES.
7. Sieder, R. (2018). Derechos indgenas y Estado. Mxico: CIESAS.
8. Yrigoyen Fajardo, R. (2015). El derecho a la consulta previa en Amrica Latina. Lima: IWGIA.
2025 por el autor. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).
Enlaces de Referencia
- Por el momento, no existen enlaces de referencia
Polo del Conocimiento
Revista Científico-Académica Multidisciplinaria
ISSN: 2550-682X
Casa Editora del Polo
Manta - Ecuador
Dirección: Ciudadela El Palmar, II Etapa, Manta - Manabí - Ecuador.
Código Postal: 130801
Teléfonos: 056051775/0991871420
Email: polodelconocimientorevista@gmail.com / director@polodelconocimiento.com
URL: https://www.polodelconocimiento.com/