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Herramientas procesales en investigaciones por delitos de corrupci�n en Ecuador
Procedural tools for corruption investigations in Ecuador
Instrumentos processuais nas investiga��es de crimes de corrup��o no Equador
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Correspondencia: fcuenca3@utmachala.edu.ec
Ciencias Sociales y Pol�ticas
Art�culo de Investigaci�n
* Recibido: 26 de enero de 2025 *Aceptado: 24 de febrero de 2025 * Publicado: �20 de marzo de 2025
I. Universidad T�cnica de Machala, Ecuador.
Resumen
Determinar la eficacia de los instrumentos procesales normados en el COIP y su influencia en el combate a la corrupci�n de funcionarios requiere un an�lisis detallado de su aplicaci�n en las investigaciones por delitos de corrupci�n en Ecuador. A trav�s de m�todos anal�tico y descriptivo, se examina la efectividad de estas herramientas procesales, complementado con un enfoque exeg�tico para el estudio de la normativa penal y un m�todo sistem�tico para organizar la informaci�n de distintos cuerpos normativos. Ante la insuficiencia de las t�cnicas ordinarias de investigaci�n frente al fen�meno de la corrupci�n en la funci�n p�blica, las t�cnicas especiales, como la cooperaci�n eficaz, las entregas vigiladas, el uso de informantes y agentes encubiertos, representan alternativas fundamentales para fortalecer los procesos investigativos. Aunque cada una posee caracter�sticas distintivas, todas comparten el objetivo de obtener informaci�n clave y revelar la identidad de los implicados. Su eficacia var�a en funci�n de los par�metros de aplicaci�n y la naturaleza del caso, pero la combinaci�n estrat�gica de m�todos, como el empleo conjunto de un informante o cooperador eficaz con entregas vigiladas en casos de concusi�n, permite optimizar las investigaciones y contribuir de manera significativa al combate contra la corrupci�n.
Palabras Clave: corrupci�n; servidores p�blicos; t�cnicas especiales de investigaci�n.
Abstract
Determining the effectiveness of the procedural instruments regulated in the COIP and their influence in combating corruption by public officials requires a detailed analysis of their application in investigations of corruption offenses in Ecuador. Using analytical and descriptive methods, the effectiveness of these procedural tools is examined, complemented by an exegetical approach to the study of criminal law and a systematic method for organizing information from different regulatory bodies. Given the inadequacy of ordinary investigative techniques in the face of corruption in public office, special techniques, such as effective cooperation, controlled deliveries, and the use of informants and undercover agents, represent fundamental alternatives for strengthening investigative processes. Although each has distinctive characteristics, they all share the objective of obtaining key information and revealing the identity of those involved. Their effectiveness varies depending on the parameters of application and the nature of the case, but the strategic combination of methods, such as the combined use of an informant or effective cooperator with controlled deliveries in extortion cases, allows for the optimization of investigations and a significant contribution to the fight against corruption.
Keywords: corruption; public servants; special investigation techniques.
Resumo
Determinar a efic�cia dos instrumentos processuais regulados na COIP e a sua influ�ncia na luta contra a corrup��o de funcion�rios requer uma an�lise detalhada da sua aplica��o nas investiga��es de crimes de corrup��o no Equador. Atrav�s de m�todos anal�ticos e descritivos, examina-se a efic�cia destas ferramentas processuais, complementadas com uma abordagem exeg�tica para o estudo da regulamenta��o penal e um m�todo sistem�tico para organizar a informa��o de diferentes �rg�os reguladores. Dada a insufici�ncia das t�cnicas ordin�rias de investiga��o face ao fen�meno da corrup��o em cargos p�blicos, t�cnicas especiais, como a coopera��o eficaz, as entregas controladas, a utiliza��o de informadores e agentes infiltrados, representam alternativas fundamentais para fortalecer os processos investigativos. Embora cada um tenha caracter�sticas distintas, todos partilham o objetivo de obter informa��es importantes e revelar a identidade dos envolvidos. A sua efic�cia varia em fun��o dos par�metros de aplica��o e da natureza do caso, mas a combina��o estrat�gica de m�todos, como a utiliza��o conjunta de um informador ou colaborador eficaz com entregas controladas em casos de concuss�o, permite otimizar as investiga��es e contribuir significativamente para o combate � corrup��o.
Palavras-chave: corrup��o; servidores p�blicos; t�cnicas especiais de investiga��o.
Introducci�n
En la historia y el desarrollo jur�dico penal de los pa�ses latinoamericanos se han evidenciado diferentes casos de delitos relacionados a la esfera de corrupci�n en el sector p�blico, por lo que, el sentimiento ciudadano sobre que la funci�n p�blica act�a mal ha sido un recurrente. Cabe mencionar que, la corrupci�n ha existido de manera hist�rica y el repudio ha sido tal que, como menciona Vanegas (2023) desde el a�o 1813 en Venezuela, ya se establec�a el peculado como delito que se castigaba con pena de muerte .
Bajo la misma linea argumental menciona Pinz�n (2020) que la corrupci�n desv�a el buen servicio p�blico hacia la b�squeda de ganancias personales o para terceros mediante la violaci�n de normas previamente establecidas . La preocupaci�n ciudadana se basa en la idea de que el servidor p�blico que comete delitos de corrupci�n queda en la impunidad, adem�s como menciona Ortiz y V�zquez (2021) �si no se hace responsable a la persona que comete un delito de corrupci�n en el sector p�blico se refuerza la idea de que la impunidad incentiva y facilita los actos de corrupci�n .
En este contexto, es necesario identificar y analizar las limitaciones y desaf�os en la aplicaci�n de las herramientas procesales del COIP en la lucha contra la corrupci�n de funcionarios en Ecuador. La evidencia de m�ltiples casos de delitos relacionados con la corrupci�n en el sector p�blico refleja la persistente preocupaci�n social sobre la falta de eficacia en los mecanismos de control y sanci�n. Por ello, la investigaci�n tiene como objetivo evaluar la eficiencia y efectividad de las herramientas procesales en los procedimientos de investigaci�n previstos en el COIP para los delitos de corrupci�n en funcionarios p�blicos.
Para abordar este problema, la investigaci�n se sustenta en m�todos generales y particulares que permiten un an�lisis integral. El m�todo deductivo facilita la interpretaci�n de estas herramientas desde una perspectiva doctrinal, proporcionando conclusiones fundamentadas sobre su eficacia. A su vez, el m�todo anal�tico descompone los factores que limitan la efectividad de los instrumentos procesales, mientras que el m�todo exeg�tico examina la normativa penal nacional para evaluar sus disposiciones relacionadas con los delitos de corrupci�n. Finalmente, el m�todo sint�tico integra los hallazgos obtenidos, ofreciendo una visi�n global del problema y proponiendo soluciones viables.
Dada la creciente sofisticaci�n de los actos de corrupci�n y la obsolescencia de las t�cnicas ordinarias de investigaci�n, es necesario reconocer la idoneidad de las t�cnicas especiales de investigaci�n como herramientas procesales esenciales. Estrategias como la cooperaci�n eficaz, las entregas vigiladas, el uso de informantes y agentes encubiertos no solo fortalecen los procesos investigativos, sino que tambi�n permiten obtener informaci�n clave sobre los responsables de estos delitos. Aunque cada t�cnica tiene caracter�sticas distintivas, su correcta aplicaci�n y combinaci�n estrat�gica, como el uso conjunto de un informante o cooperador eficaz con entregas vigiladas en casos de concusi�n, optimizan significativamente las investigaciones y contribuyen al combate efectivo contra la corrupci�n en la administraci�n p�blica.
METODOLOG�A
La metodolog�a utilizada en esta investigaci�n se enfoca en un enfoque cualitativo, dado que el objetivo es determinar eficacia de las herramientas procesales en las investigaciones por delitos de corrupci�n en Ecuador, sin manipulaci�n de variables. Se adopta un tipo de investigaci�n descriptivo, con la finalidad de exponer la realidad jur�dica de la aplicaci�n de las herramientas procesales, sus efectos y su eficacia en la lucha contra la corrupci�n. Adem�s, se implementa un enfoque anal�tico para examinar las fuentes de informaci�n y un enfoque exeg�tico para interpretar las normas penales ecuatorianas en relaci�n con los delitos de corrupci�n.
El dise�o de la investigaci�n es observacional, ya que no se intervendr� directamente en los casos, sino que se realizar� un an�lisis de la legislaci�n, sentencias y otros documentos relevantes. El estudio es de car�cter transversal, centrado en el an�lisis de las normas y disposiciones del COIP en un momento espec�fico.
La poblaci�n de estudio est� compuesta por documentos legales y fuentes secundarias pertinentes, como sentencias de la Corte Constitucional de Ecuador, informes oficiales de la Fiscal�a General del Estado y la doctrina relacionada con los delitos de corrupci�n y las herramientas procesales del COIP. No se han seleccionado casos judiciales, dado que el an�lisis se basa exclusivamente en la revisi�n de documentos y jurisprudencia.
La recolecci�n de datos se llevar� a cabo mediante la revisi�n documental de fuentes primarias y secundarias, como sentencias de la Corte Constitucional de Ecuador, informes oficiales de la Fiscal�a General del Estado y la doctrina relevante sobre los delitos de corrupci�n y las herramientas procesales del COIP. A trav�s de un an�lisis exhaustivo de estos documentos, se podr� entender c�mo las herramientas procesales han sido aplicadas en la lucha contra la corrupci�n. Para organizar y clasificar los hallazgos obtenidos, se emplear�n gu�as de an�lisis de contenido.
Se respetar�n los principios �ticos en todo momento, garantizando que todos los documentos utilizados sean de acceso p�blico o provengan de fuentes oficiales. Adem�s, no se recopilar�n datos confidenciales ni se vulnerar�n derechos de privacidad. Se mantendr� la honestidad y transparencia en el an�lisis de los documentos, asegurando la integridad de la investigaci�n.
Los criterios de inclusi�n estar�n determinados por la relevancia de los documentos seleccionados, tales como las sentencias judiciales de la Corte Constitucional que tratan la interpretaci�n del COIP y los informes oficiales de la Fiscal�a relacionados con los casos de corrupci�n en el sector p�blico. Se excluir�n aquellos documentos que no est�n directamente vinculados a los objetivos de la investigaci�n o que carezcan de relevancia jur�dica o pr�ctica.
Una limitaci�n que podr�a presentarse es la disponibilidad y accesibilidad de algunos documentos relevantes, ya que ciertos informes oficiales o sentencias pueden no estar completamente disponibles al p�blico. Adem�s, dado que las t�cnicas especiales de investigaci�n son de car�cter reservado, no se puede acceder a sentencias en las que se utilicen dichas t�cnicas, lo cual restringe el an�lisis de estos casos espec�ficos. Sin embargo, se procurar� obtener la mayor cantidad posible de documentos y fuentes relevantes para garantizar un an�lisis completo.
RESULTADOS Y DISCUSI�N
Las t�cnicas especiales de investigaci�n: herramientas procesales en las investigaciones.
La entrada en vigor del COIP , trajo consigo la institucionalizaci�n de herramientas procesales que permitir�an mejorar la capacidad de investigaci�n de la polic�a, fiscal�a y dem�s instituciones adheridas al funcionamiento de la justicia en materia penal. La normativa penal ecuatoriana contiene diferentes herramientas procesales para las investigaciones como lo son las operaciones encubiertas, entregas vigiladas, cooperaci�n eficaz y al informante.
Antes de continuar, es necesario preguntarse �Qu� son las t�cnicas especiales de investigaci�n?� En respuesta a dicha pregunta es necesario citar lo mencionado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2009) que menciona que las t�cnicas especiales de investigaci�n se direccionan a conseguir pruebas suficientes sobre la identidad de personas que realizan actividades criminales en organizaciones complejas o en su defecto, que sirvan para apoyar a pares extranjeros en procesos investigativos .
As� pues, cabe mencionar que las t�cnicas especiales de investigaci�n se constituyen como herramientas de investigaci�n que rozan lo ilegal pero que tal y como lo menciona Bravo (2016) al ser reconocidas por la normativa internacional y legislaci�n interna son permitidas . Por lo cual, cabe afirmar que ante dicha caracter�stica de las t�cnicas especiales de investigaci�n las hace ser excepcionales, puesto que estar tan cerca de lo ilegal conlleva a que se apliquen como ultima medida cuando las t�cnicas convencionales de investigaci�n no son suficientes. As� que, es importante hacer un repaso doctrinal y legal sobre dichas herramientas procesales.
El COIP en su art. 483 define a las operaciones encubiertas de manera err�nea puesto que, la definici�n que otorga la norma penal es m�s bien referente al agente infiltrado y no al agente encubierto o las operaciones encubiertas. Manifiesta Rodriguez (2014) que el agente encubierto es el nombre gen�rico de la t�cnica especial de investigaci�n, pero tiene subg�neros como lo es el agente infiltrado . Por ende, es err�neo el hecho de que el legislador haya establecido el procedimiento de aplicaci�n para el agente infiltrado usando el termino agente encubierto.�
Cabe mencionar que, hay una gran diferencia entre agente encubierto y agente infiltrado puesto que, como lo ha establecido Zafra (2010) la infiltraci�n se refiere a la t�cnica que se emplea para investigar mientras que el agente encubierto es el medio que se utiliza para efectivizar la infiltraci�n . Debido a esto, es clave afirmar que el agente encubierto es el medio que se emplea para poder hacer efectiva la infiltraci�n del agente de la fuerza p�blica del Estado en los grupos delincuenciales. Seg�n Fernandez y Garc�a (2010) las operaciones encubiertas mediante la modalidad de agente infiltrado se dan cuando un agente del poder p�blico acepta ingresar a una organizaci�n criminal mediante una identidad falsa con el fin de descubrir la trama criminal .
Es necesario recalcar que el art. 483 del COIP establece la ausencia de responsabilidad penal y administrativa del agente encubierto, pero se eximir� �nicamente cuando los delitos que deba cometer no sean de iniciativa propia, sino ajena y que respondan a ser necesarios para el desarrollo de la investigaci�n. Es necesario mencionar que el agente encubierto sigue un procedimiento especifico normado en el art. 484 que reglamenta su actividad.
Si bien las t�cnicas especiales de investigaci�n tienen como objetivo recabar informaci�n del cometimiento de delitos y sobre los responsables, cada una difiere en su concepto. Por ejemplo, la operaci�n encubierta aplicada mediante el agente infiltrado es un actuar directo del poder p�blico del Estado en las actividades delincuenciales mientras que, la entrega vigilada tiene una naturaleza diferente puesto que, responde a ser un ejercicio donde el poder p�blico del Estado no interviene ante el cometimiento del delito, sino lo permite de manera controlada evitando da�os graves con el fin de recabar informaci�n.
El art. 485 del COIP establece el concepto de las entregas vigiladas, siendo as� que su prop�sito es identificar e individualizar a las personas que se encuentren realizando actividades il�citas, pero tambi�n conocer sus planes. Menciona Yol (2015) que las entregas vigiladas se basan en dejar circular remesas con el fin de verificar la forma en la cual se mueven . En Ecuador, fiscal�a permitir� en las entregas vigiladas que las acciones delincuenciales que tengan como objetivo mover, entregar o dar remesas, se ejecuten mediante el control de los posibles da�os con el objetivo de confirmar las sospechas previas de la existencia de delitos.
El error mencionado anteriormente, ocurrido por parte del legislador al intentar integrar las operaciones encubiertas, se repite con la cooperaci�n eficaz. En el art. 491 del COIP se establece el concepto de la cooperaci�n eficaz; en resumidos rasgos se la define como la entrega de informaci�n sobre el cometimiento de delitos por parte del procesado. Tal concepto, siendo tan amplio no es preciso y objetivo, m�s bien, mezcla diferentes conceptos de otras t�cnicas de investigaci�n como lo son los delatores y los arrepentidos.
Existen diversos autores que confunden la conceptualizaci�n de arrepentido con delator como cuando, por ejemplo, menciona Moscato (2013) que err�neamente se define al arrepentido como la persona que ha sido imputada por un delito y que buscando eximirse de la pena o rebajarla brinda informaci�n a la autoridad judicial . Este concepto es correcto si se utiliza para describir al delator, no como lo refiri� el autor para describir al arrepentido. Cabe destacar que, como ha establecido Gascon (2001) que el agente encubierto es el instrumento para infiltrarse y tomar contacto con personas susceptibles de administrarle informaci�n sobre el cometimiento de delitos .
En tanto, el delator es aquella persona que se encuentra dentro de un proceso penal pero que, para obtener beneficios procesales referentes a la pena, otorga informaci�n relevante para el proceso. Por su naturaleza, al ser imputado solamente puede otorgar informaci�n una vez mientras que, el arrepentido puede otorgar informaci�n de manera permanente ya que contin�a siendo parte de la organizaci�n criminal. En tanto, bajo la linea argumental de Montoya (1998) la cooperaci�n eficaz por sus inusuales caracter�sticas se le considera como una de las herramientas procesales de investigaci�n m�s eficientes en el �mbito criminal .
Cabe recalcar que, la informaci�n que se obtenga mediante el uso de la cooperaci�n eficaz deber� ser constatada por otros medios de prueba, y all� resulta importante utilizar diferentes t�cnicas especiales de investigaci�n en un mismo caso. La informaci�n aportada por el cooperador eficaz, por ejemplo, que refiera a que se est�n entregando d�divas con el objetivo obtener beneficios procesales � cohecho � podr�an ser comprobadas mediante la aplicaci�n de entregas vigiladas. Por esta raz�n, es clave afirmar que la aplicaci�n de t�cnicas especiales de investigaci�n como herramientas procesales se deber�an de considerar como herramientas que aumentan su eficiencia en conjunto.
Bajo la misma l�nea argumental, el art. 495 del COIP establece la t�cnica especial de investigaci�n del informante y la define como aquella persona que otorga informaci�n a la autoridad del poder p�blico del Estado competente sobre el cometimiento o posible cometimiento de un delito y que as� se puedan realizar investigaciones para comprobar dicha informaci�n.
Es necesario analizar desde la doctrina la figura del informante, que seg�n Ariz�bal y Saavedra (2017) es la persona que reporta informaci�n sobre hechos delictivos que se debe de acreditar como evidencia en un proceso penal, en aras de que el cometimiento de actos delictivos es de inter�s p�blico . Cabe destacar que, el informante no es un agente encubierto puesto que no pertenece a la autoridad y tampoco es un cooperador eficaz ya que no forma parte de los hechos delictivos sobre los cuales informa, sino que es un tercero ajeno al proceso, sin intereses directos en el mismo.
Debido al �ltimo p�rrafo del art. 495 del COIP, es necesario destacar que la informaci�n otorgada por el informante no es por s� misma una prueba. Por lo dicho, la informaci�n que entrega el informante funciona como un impulso para investigar, es por tanto que, la informaci�n dada por el informante es ineficiente en materia probatoria ya que, como menciona Vaca (2024) esta podr�a darse de mala fe con intenciones de involucrar a personas inocentes a un proceso con la intenci�n de causar da�o . Es necesario afirmar que, por las circunstancias y por la naturaleza del informante, su eficiencia es bastante baja.
Sostiene Ramos (2017) que la Constituci�n ecuatoriana establece la regulaci�n de principios e instituciones que permiten la lucha en contra de la corrupci�n . Con base en lo mencionado, es necesario destacar el hecho que, la normativa penal ecuatoriana, prev� una diversidad de t�cnicas especiales de investigaci�n que pueden ser usadas para revelar delitos de corrupci�n y a sus responsables.
Los delitos de corrupci�n: conceptualizaci�n y efectos en general
La corrupci�n es considerada como un problema que se encuentra arraigado en el ejercicio de la funci�n p�blica, y como efecto de esto la administraci�n p�blica no puede cumplir con su objetivo de suplir las necesidades de los administrados. Como efecto de aquello, la corrupci�n dentro del sector p�blico es uno de los principales problemas estructurales que tiene un Estado de Derecho y establece Zavaleta (2023) que sus efectos no solamente se limitan al funcionamiento de la administraci�n p�blica, sino tambi�n al sector econ�mico social .
Establecen Anilema et al (2022) que los delitos de corrupci�n por su naturaleza generan da�os que desestabilizan a los pa�ses de diversas formas , siendo los m�s afectados los ejes sociales, pol�ticos y econ�micos. Por tanto, la estabilidad social y la seguridad ciudadana se ven afectadas en gran manera. La ciudadan�a al entender que la seguridad social se ve afectada por la corrupci�n y al notar el estado actual del pa�s tiende a desarrollar sentimientos de indignaci�n y desconfianza sobre el servir p�blico al responsabilizarlo directamente sobre las condiciones materiales y pol�ticas en las que viven.
Lo mencionado anteriormente no es solo es cuesti�n de un grupo cerrado de la poblaci�n, sino una percepci�n bastante generalizada. La Fundaci�n Ciudadania y Desarrollo (2023) determin� que el 73% de los ecuatorianos consideraron que en el a�o 2022 los delitos de corrupci�n tuvieron un aumento en el pa�s y que por dicha raz�n sienten desconfianza de los servicios p�blicos . De tal manera, es l�gico asumir que los efectos de los delitos de corrupci�n no se limitan �nicamente al bien jur�dico protegido, sino que tiene efectos diversos dentro de la sociedad.
En t�rminos pr�cticos, la corrupci�n se define como una plaga que permanece en el Estado, que como expone Ugaz (2019) la corrupci�n trae consigo consecuencias corrosivas en la sociedad y que menoscaba a la democracia . Adem�s, es necesario resaltar que la corrupci�n es el comportamiento antijur�dico que, en cierta forma, se encuentra prohibido por la normativa penal ya que atenta en contra de la eficiencia de la administraci�n p�blica.
T�cnicas especiales de investigaci�n aplicadas en los delitos de corrupci�n dentro del marco jur�dico ecuatoriano
Si bien la corrupci�n se presenta como un problema grave dentro de la organizaci�n del Estado Ecuatoriana, el poder legislativo de manera hist�rica ha llevado diferentes procesos que han logrado la tipificaci�n de conductas espec�ficas como delitos. Ante la existencia de los delitos de corrupci�n por parte de funcionarios p�blicos se debe de considerar herramientas a emplearse para luchar contra dicho problema, por tanto, afirma Cornejo (2020) que el derecho penal se presenta como la herramienta m�s aclamada para sancionar y expulsar de la funci�n p�blica a los servidores que incurren estos delitos .
En l�nea con el p�rrafo anterior, el COIP establece diferentes tipos penales que tienen como bien jur�dico protegido la eficiencia de la administraci�n p�blica, entre los cuales resaltan el peculado, cohecho y concusi�n. Dichos tipos penales tienen una similitud en com�n, que el sujeto pasivo del delito son los servidores p�blicos o las personas en potestades estatales, pero tambi�n tienen una diversidad de caracter�sticas que los hacen diferentes.
Cabe mencionar que el delito de peculado es una trasgresi�n en contra del dinero del pueblo . Dicha definici�n desde la doctrina es general, pero permite tener conocimiento b�sico acerca de la naturaleza. El COIP en su art. 278 define al peculado como el accionar de un servidor p�blico que para beneficio de si mismo o de terceros abusa, dispone, apropia o distrae bienes, dineros, piezas, t�tulos, documentos que se encuentran a su cargo.
Respecto del delito de peculado, es clave mencionar que la idoneidad de la aplicaci�n de las operaciones encubiertas para investigar este delito es correcta puesto que, cuando se usa este mecanismo no es para averiguar un delito, ya que el delito existente es el presupuesto para poder usar la t�cnica, sino que, como se�alan Neira et al (2022) se usar� para poder recoger evidencia sobre otros delitos y el grado de participaci�n de las personas .
Indica Campero (2012) que es importante resaltar que el peculado se encuentra vinculado al cometimiento de delitos de organizaciones criminales relacionadas a la fabricaci�n y tr�fico de sustancias sujetas a fiscalizaci�n . Por ende, este delito no es aislado, sino que se conecta directamente a redes m�s grandes de crimen estatal y de crimen organizado. Por consiguiente, aplicar operaciones encubiertas podr�a permitir que se logre descubrir una trama de crimen organizado estatal desde la investigaci�n de un delito inicial.
Por otro lado, con una conceptualizaci�n bastante similar al peculado, se establece el delito de cohecho. El COIP en su art. 280 lo define como aquel cometido por el servidor p�blico que recibe o acepta beneficios econ�micos o de cualquier tipo, de manera personal o mediante otra persona, con la intenci�n de hacer, omitir, agilizar, retardar o condicionar cuestiones relativas a su cargo. Adem�s, es clave mencionar que, como ha afirmado Rusca (2023) �el cohecho es un acuerdo bilateral que carece de legalidad y que se configura cuando dos personas adquieren obligaciones il�citas .
Respecto a c�mo se produce el delito, �ste se materializa con la recepci�n del beneficio, por tanto, la entrega vigilada es de vital importancia al caso. Al emplearse las entregas vigiladas se puede lograr descubrir v�as de tr�nsito, modos de operaci�n, actividades conexas al delito y diferentes elementos de prueba . Siendo el caso, al momento de lograr realizar una entrega controlada de manera correcta en casos de cohecho se podr�a lograr descubrir la identidad de otras personas relacionadas en las redes de tr�fico de ofertas de beneficios estatales.
Como se estableci� en el apartado anterior, el cohecho es un delito que necesita la actividad de dos partes, la parte que solicita el beneficio y la persona a la que se le pide el beneficio. Debido a aquello, la herramienta procesal investigativa que presenta la mayor idoneidad para usarse es la cooperaci�n eficaz bajo su modalidad de arrepentido. Relata Miranda (2022) que la cooperaci�n eficaz es un pacto entre el titular de la acci�n penal p�blica y la persona que ha sido oprimida por el poder de la autoridad para solicitarle beneficios . Por ende, es necesario que la investigaci�n se lleve a cabo mediante la figura de arrepentido puesto que, es indispensable que la persona abandone el beneficio que se le otorgo.
Cabe adem�s mencionar que, aumenta la eficiencia de las t�cnicas especiales de investigaci�n cuando se usan en conjunto. En el caso mencionado anteriormente, es indispensable contar con el indicio de que se va a cometer una entrega referente a un delito para poder emplear la entrega vigilada. Por tanto, bajo la linea narrativa de Solomon (1992) se puede afirmar que el informante cumple con la funci�n de otorgar informaci�n que se mantendr�a en secreto si no fuese por su accionar . Es clave resaltar la utilidad de la figura del informante para recabar informaci�n, puesto que, este funcionar� como un informante de indicios para que luego, mediante la aplicaci�n de otras t�cnicas, como las entregas vigiladas, dicha informaci�n se corrobore.
La concusi�n tambi�n atenta contra la eficiencia de la administraci�n p�blica, el art. 281 del COIP lo establece como el comportamiento donde el servidor p�blico o la persona que act�a en potestad del estado y en sus funciones propias solicita de manera abusiva para s� o para terceros derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones que no son debidas. Si bien la definici�n de la norma penal describe el accionar del servidor p�blico cuando incurre en el delito, no describe correctamente las circunstancias de c�mo ocurre el mismo.
Siguiendo la l�nea argumentativa, como han desarrollado Guevara y Pinto (2022) que para que se consuma el delito de concusi�n la persona que es agraviada deber� de sentir miedo por el poder p�blico de la persona que solicita el beneficio . Es decir, el peculado se configura adem�s con la presencia de un medio coercitivo como lo es el poder y que, adem�s, tiene mayor presencia en instituciones p�blicas donde el poder estatal se denota m�s fuerte como lo es la funci�n judicial o funciones p�blicas relacionadas a la aplicaci�n de la justicia. Es importante resaltar el hecho de que siempre habr� una persona en la cual recaiga el pedido y, por tanto, esa persona es la id�nea para colaborar con la justicia.
Como se ha podido analizar en l�neas anteriores, los delitos de corrupci�n que atentan en contra de la eficiencia de la administraci�n p�blica generan una gran diversidad de efectos negativos en la sociedad. En consecuencia, la Corte Constitucional del Ecuador (2024) en su sentencia 12-23-JC/24 , estableci� que:
La corrupci�n judicial no puede ser tolerada. Por el contrario, deben de adoptarse todas las medidas necesarias para erradicarla, entre ellas, investigar y sancionar a los juzgadores si incurren en pr�cticas corruptas en los procesos sometidos a su conocimiento o si infringen sus deberes de independencia e imparcialidad, teniendo en cuenta los efectos nocivos que genera la corrupci�n judicial en las v�ctimas, la sociedad y el Estado. (par. 156)
La CCE reconoce la importancia de realizar procedimientos para erradicar la corrupci�n, nombrando as� a las investigaciones como un medio para lograr dicho objetivo. Adem�s, la CCE tambi�n identifica la importancia de la lucha en contra de la corrupci�n, puesto que esta tiene efectos tanto para las personas inmersas dentro de un proceso � refiri�ndose a la corrupci�n en los sistemas de justicia � ya que afecta sus derechos relacionados al debido proceso, hasta en la sociedad de manera directa ya que un efecto de la misma es erosionar la confianza en la administraci�n de justicia y en el servicio p�blico.
En la misma l�nea argumental, la CCE (2021) en su dictamen no. 1-21-OP/21� se refiri� a los actos de corrupci�n y como quiz�s las herramientas procesales con las que se cuenta actualmente no son suficientes para llevar a cabo la lucha en contra de dicha problem�tica, expresando que:
La Corte reconoce tambi�n que la lucha contra la corrupci�n requiere un cambio paradigm�tico y estructural en las formas tradicionales en las que operan el gobierno y la justicia. Un abordaje m�s efectivo de este fen�meno exige comprender que la corrupci�n no est� constituida s�lo por actos tipificados penalmente, sino por todas aquellas pr�cticas que suponen un abuso o desv�o del poder, y que son particularmente graves si ese poder, que puede provenir de distintas fuentes, trasciende de la esfera privada. Adem�s, es necesario comprender que el impacto del abuso o desviaci�n de poder es institucional y no se agota en las consecuencias econ�micas. En ese sentido, la lucha contra la corrupci�n constituye un fen�meno complejo respecto del cual las medidas tradicionales contempladas en el ordenamiento jur�dico actual podr�an llegar a ser ineficaces. (par. 19)
As� que, la lucha en contra de la corrupci�n necesita que se den cambios urgentes dentro de la estructura del estado, debido a que la corrupci�n no solo se conforma por los delitos que reconoce la norma penal, sino tambi�n por actos donde los funcionarios p�blicos desv�an su poder. Adem�s, los da�os de la corrupci�n no solamente se limitan a la esfera econ�mica como en el mal uso de los bienes estatales o en la solicitud de dinero por parte de servidores p�blicos para realizar su trabajo, sino que tiene otras diferentes aristas a las cuales afecta.
CONCLUSIONES
Las herramientas procesales reconocidas como t�cnicas especiales de investigaci�n en el COIP tienen diferentes niveles de eficiencia por diversos factores como la dificultad material y legal de su aplicaci�n. Por ejemplo, las operaciones encubiertas solo por su conceptualizaci�n por parte del legislador ya generan problemas y por ende, no es clara al momento de describir el modo de operaci�n de la misma. Adem�s, el nivel de dificultad de encontrar un servidor del poder p�blico del Estado dispuesto a introducirse dentro de una organizaci�n criminal aumenta su nivel de dificultad de aplicaci�n ya que, aunque la norma penal prevea la exoneraci�n de responsabilidad penal, civil y administrativa, parece ser que para el poder p�blico del Estado y sus agentes esto no es suficiente, por tanto, su efectividad y aplicaci�n son m�nimas en delitos de corrupci�n de funcionarios p�blicos.
El caso se repite con las entregas vigiladas ya que se necesita de informaci�n previa para poder aplicarse, por tanto, son dependientes de otras fuentes de informaci�n o de investigaci�n para ser aplicadas. Luego, su eficiencia es relativamente baja, pero esto no es imposible de solventar ya que, utilizar herramientas procesales de investigaci�n en conjunto maximiza los resultados. Un ejemplo claro de esto es la utilizaci�n del informante para recabar informaci�n que por la naturaleza de la figura no es considerada como prueba, pero s� como un indicio para plantear una entrega vigilada o controlada en delitos como la concusi�n, donde se pretende la entrega de bienes para poder recibir beneficios en la aplicaci�n de la justicia.
Por otro lado, aunque las figuras de cooperaci�n eficaz e informante compartan similitudes como el hecho de proveer informaci�n al ente encargado de las investigaciones, estas mismas son muy diferentes. La cooperaci�n eficaz al ser un puente entre la investigaci�n de los delitos y el procesado se considera de las t�cnicas de investigaci�n m�s eficientes. Por tanto, es el nexo m�s directo que se tiene para investigar y que, adem�s, ofrece beneficios al cooperador por motivo de que la informaci�n que otorgue sea id�nea al caso, por ende, si coopera de manera eficaz su recompensa ser� mayor.
Caso diferente al del informante, que por su naturaleza de no saber si tiene intereses o no en el proceso o si la informaci�n que otorga es real, su eficiencia probatoria y como t�cnica de investigaci�n es solo indiciaria ya que, como lo menciona de manera directa la normativa penal, la informaci�n dada por el informante no ser� considerada como medio de prueba. De manera que, aunque el informante otorgue informaci�n sobre redes de corrupci�n, esta informaci�n no podr� ser usada como prueba o testimonio tanto por la reserva de identidad como por su falta de idoneidad y confiabilidad.
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